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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (06/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 40

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G35/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 6 de febrero de 2004 Artículo Vigésimo.- DISPONER que los encargados de las Mesas de Partes tradicionales de los Juzgados Pe-nales para procesos con Reos en Cárcel, tengan a su car-go el control de firmas de los procesados y sentenciadosen materia de medidas coercitivas, bajo responsabilidad. Artículo Vigésimo Primero.- ENCOMENDAR a las señoras doctoras Avigail Colquicocha Manrique y María D.Vidal La Rosa Sánchez, la responsabilidad de coordinarcon los Magistrados a cargo de los Juzgados Penales paraprocesos con Reos en Cárcel, que la información sobrelos procesos judiciales tramitados ante los mismos seadebidamente ingresada al sistema informático, para lo cualcontará con el apoyo del personal de la Oficina de Desa-rrollo de la Presidencia de esta Corte Superior de Justiciay de la Subgerencia de Desarrollo Informático de la Geren-cia de Informática de la Gerencia General del Poder Judi-cial. Artículo Vigésimo Segundo.- ENCARGAR a la Ofici- na Distrital de Control de la Magistratura las labores decontrol y verificación del proceso de registro masivo deinformación en el sistema informático implantado; así comodel fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente Reso-lución Administrativa. Artículo Vigésimo Tercero.- SOLICITAR a la Geren- cia de Informática de la Gerencia General del Poder Judi-cial permanente apoyo a la Mesa de Partes Única de losJuzgados Penales para procesos con Reos en Cárcel,Mesa de Partes de los Juzgados Penales para procesoscon Reos Libres, Mesa de Partes del Juzgado Penal deTurno Permanente y Mesas de Partes tradicionales de losJuzgados Penales, mientras dure el proceso de adecua-ción al nuevo sistema establecido. Artículo Vigésimo Cuarto.- ESTABLECER que la Mesa de Partes Única de los Juzgados Penales para pro-cesos con Reos en Cárcel y la Mesa de Partes de los Juz-gados Penales para procesos con Reos Libres dependanfuncionalmente de la Administración del Nuevo DespachoJudicial y Servicios Judiciales; asimismo, las Mesas dePartes antes indicadas estarán a cargo de un Jefe de Mesade Partes, el cual será designado por la dependencia se-ñalada.Artículo Vigésimo Quinto.- DISPONER que para la optimización del funcionamiento de las dependencias indi-cadas en los artículos primero y segundo de la presenteResolución Administrativa, se efectuará la estandarizacióndel personal jurisdiccional y administrativo de los Juzga-dos Penales para procesos con Reos en Cárcel y con ReosLibres, lo cual será objeto de reglamentación posterior. Artículo Vigésimo Sexto.- ESTABLECER que la Mesa de Partes Única de los Juzgados Penales para procesoscon Reos en Cárcel funcionará en el primer piso de la SedeEdificio "Anselmo Barreto León"; por su parte, la Mesa dePartes de los Juzgados Penales para procesos con ReosLibres, funcionará en el primer piso de la Sede PalacioNacional de Justicia. Artículo Vigésimo Sétimo.- DISPONER que la Ofici- na de Administración Distrital de la Corte Superior de Jus-ticia de Lima, brinde el apoyo logístico necesario a la Ofici-na de Desarrollo de la Presidencia para el adecuado cumpli-miento de lo dispuesto en la presente Resolución Admi-nistrativa. Artículo Vigésimo Octavo.- PONER la presente Resolución Administrativa en conocimiento de la Presi-dencia de la Corte Suprema de la República, Consejo Eje-cutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Ju-dicial, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Ofici-na de Administración Distrital, Oficina de Desarrollo de laPresidencia, Administración del Nuevo Despacho Judicialy Servicios Judiciales, Mesa de Partes Única de los Juz-gados Penales, Administración del Juzgado Penal de Tur-no Permanente, Salas Superiores Especializadas en lo Pe-nal, Juzgados Especializados en lo Penal de Lima, FiscalSuperior Decano de Lima y Dirección del Instituto Nacio-nal Penitenciario, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 02520 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU