TEXTO PAGINA: 48
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G35/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 6 de febrero de 2004 cial El Peruano. COFIDE contará con un plazo de tres (3) meses desde la entrada en vigencia de la presente Reso-lución para adecuarse a las disposiciones del Reglamentopara la Supervisión de los Riesgos de Mercado Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 02460 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G61/G20/G6C/G61 /G72/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G46._/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F/G73/G20/G65/G20/G69/G6E/G2D /G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6D/G65/G64/G69/G6F /G64/G65/G6C/G20/G73/G6F/G66/G74/G77/G61/G72/G65/G20/G53/G55/G43/G41/G56/G45/G2C/G20/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G32/G2E/G31/G34 CIRCULAR Nº B-2129-2004 Lima, 3 de febrero de 2004 CIRCULAR Nº B- 2129-2004 F-0469-2004 S-0605-2004 CM-0316-2004 CR-0185-2004 EAF-0219-2004 AGD-0139-2004 EDPYME- 0107-2004 FOGAPI- 0020-2004 ESF-0007-2004 AFP-0037-2004 ETF-0004-2004 -------------------------------------------------------------- Ref.: Remisión de Estados Financieros e información complementaria por medio del software SUCA-VE, versión 2.14 -------------------------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que, en uso de las atribu- ciones que le confiere el numeral 13 del artículo 349º de laLey General del Sistema Financiero y del Sistema de Se-guros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Se-guros, Ley Nº 26702 y sus normas modificatorias, en ade-lante Ley General, esta Superintendencia ha consideradopertinente actualizar la versión del software “Submódulo de Captura y Validación Externa” (SUCAVE), de acuerdo con las disposiciones siguientes: 1. Alcance La presente norma es de aplicación a las empresas señaladas en los literales A, B y D del artículo 16º de laLey General, a los Almacenes Generales de Depósito, alFondo de Garantía para Préstamos a la Pequeña Industria(FOGAPI), al Banco de la Nación, al Banco Agropecuario,a la Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE), a lasAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP),y a las Empresas de Transferencias de Fondos (ETF), enadelante empresas, según corresponda. 2. Finalidad La presente norma tiene por finalidad incorporar en el Software SUCAVE versión 2.14 los siguientes cambios: 2.1. Tratándose de las empresas señaladas en el literal A del artículo 16º de la Ley General, el Banco de la Nación,el Banco Agropecuario y la Corporación Financiera deDesarrollo (COFIDE), conforme con la Resolución SBS Nº1455-2003, se modifica el formato 0109 correspondienteal Anexo Nº 9 denominado “Posiciones Afectas a RiesgoCambiario”. 2.2. Tratándose de las Financieras, Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, Cajas Rurales de Ahorro y Crédito,Entidades de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa –EDPYME y Empresas de Arrendamiento Financieros, con-forme con la Circular SBS Nº F-464-2003, CM-311-2003,CR-180-2003, EDPYME-103-2003 y EAF-214-2003, se haampliado la aplicabilidad del Formato 0107, Anexos 01-A y02-B correspondiente al Anexo Nº 7 “Medición del Riesgode Tasa de Interés”.2.3. Tratándose de las Empresas de Arrendamiento Fi- nancieros, conforme con la Circular SBS Nº EAF-215-2003,se ha ampliado la aplicabilidad del Formato 0116, Anexos01 y 02 correspondiente al Anexo Nº 16 “Cuadro de Liqui-dez por Plazos de Vencimiento”. 2.4. Tratándose de las Empresas de Transferencias de Fondos (ETF), conforme con la Circular SBS Nº ETF-003-99, se incorpora el Formato 0601, Anexos 01 y 02 – Resu-men de Transferencias de Fondos. 2.5. Se ha agregado una opción para la identificación de formatos que no registran movimiento en el período de re-porte porque la empresa no realiza ese tipo de operaciones.De esta manera, las empresas deberán remitir todos los for-matos que le sean aplicables, de acuerdo al anexo adjunto. 3. Contenido de la versión 2.14 del software SUCAVE La versión 2.14 del software SUCAVE comprende los formatos que se señalan en el anexo que forma parte de lapresente Circular. En dicho anexo se indica la periodici-dad, el plazo máximo de presentación y las empresas alas cuales son aplicables los referidos formatos. 4. Características de la información a remitir La información financiera, contable y estadística conte- nida en los formatos a remitirse mediante el software SU-CAVE debe expresarse, según corresponda, en NuevosSoles con dos decimales o en Dólares de los Estados Uni-dos de América con dos decimales, salvo que para deter-minados formatos, en sus respectivas hojas de instruccio-nes, se indique específicamente otra forma de expresión. 5. Validación de la información La información contenida en la mayoría de los formatos se valida con el Balance de Comprobación, por lo que seránecesario recibir la conformidad de dicho Balance previa-mente al envío de los demás formatos, de lo contrario és-tos serán automáticamente rechazados. Las empresas deberán recuperar por medio del SUCAVE el resultado de las validaciones adicionales que se efectúan enesta Superintendencia, como respuesta a su envío. Si el resul-tado obtenido indicase que la información contiene errores, lasempresas deberán efectuar los procesos de reversión, correc-ción y nuevo envío de la correspondiente información. Se con-siderará que el proceso ha culminado cuando dicho resultadono muestre error alguno. En caso contrario, se considerará quela información no fue remitida, encontrándose las empresasen causal de infracción, a partir del vencimiento del plazo máxi-mo de presentación de la información indicado en el anexo dela presente Circular, y sujetas a las sanciones establecidas enel Reglamento de Sanciones. 6. Contraseña confidencial para la remisión de la información La veracidad de la información que se remita por medio del SUCAVE es de responsabilidad del Directorio y de laGerencia General, tal como se establece en los artículos87º y 92º de la Ley General, por lo que se recomienda es-tablecer adecuados controles tanto para su remisión comopara la utilización de la contraseña confidencial que le fue-ra alcanzada a las empresas oportunamente. 7. Diseños de registro e instrucciones de la versión y sus actualizaciones Los diseños de registro y las instrucciones para el reporte de los formatos que se incorporan y modifican con la versiónSUCAVE 2.14, así como las especificaciones técnicas corres-pondientes a la presente versión, se encuentran disponiblesen el servidor ftp.sbs.gob.pe, directorio sucave/2.14 de esta Superintendencia, pudiendo acceder a éste desde Internet uti-lizando la identificación del usuario y contraseña habituales. Las actualizaciones posteriores correspondientes a la ver- sión SUCAVE 2.14 serán comunicadas a las empresas me-diante Oficios Múltiples que emita este órgano de control. 8. Vigencia Las disposiciones de la presente Circular entrarán en vi- gencia a partir del envío de la información correspondiente almes de enero de 2004, quedando derogada a partir de dichafecha, la Circular SBS Nº B- 2126-2003, F-0466-2003, S-0604-2003, CM-0313-2003, CR-0182-2003, EAF-0217-2003, AGD-0138-2003, EDPYME-0105-2003, FOGAPI-0019-2003, ESF-006-2003, AFP-0035-2003 del 2 de diciembre de 2003. Atentamente, JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros