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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (10/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G37/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 10 de febrero de 2004 de mayor circulación de la localidad, así como, mediante carteles en el local del Proyecto Especial. Artículo 22º.- Plazo para suscripción de contrato Dentro de los treinta (30) días calendario de publicado el resultado del sorteo en el diario oficial y en uno de mayorcirculación de la localidad los beneficiarios favorecidosdeberán suscribir el respectivo contrato de compraventade la parcela adjudicada. Si algún beneficiario favorecido no suscribiese el con- trato dentro del plazo señalado, se tendrá por abandonadasu solicitud, adjudicándose la parcela a quien le corres-ponda según el orden de mérito de los postulantes sortea-dos conforme al inciso c) del Artículo 20º. CAPÍTULO III DE LA VALORIZACIÓN DE LAS TIERRAS Y DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA Artículo 23º.- Valorización de los terrenos habilita- dos y eriazos Los Comités de Adjudicación de cada Proyecto Especial son los encargados de establecer el valor de adjudicaciónde los terrenos habilitados, previa opinión de la Agencia dePromoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN. El valor de adjudicación de los terrenos eriazos se ajus- tará al arancel de los terrenos eriazos aprobado por el Con-sejo Nacional de Tasaciones. Artículo 24º.- Forma de pago del terreno El valor de venta se establecerá en moneda nacional, considerándose la tasa de interés compensatorio del trein-ta por ciento (30%) de la Tasa Activa Promedio en MonedaNacional. Será abonado semestralmente en el período dediez (10) años, incluidos los dos (2) primeros años de gra-cia, dentro del cual no se cobra ni el capital ni intereses. No obstante, el adjudicatario podrá cancelar el valor total del terreno a la suscripción del contrato u ofrecer menorplazo para el pago del valor del terreno. Artículo 25º.- Del contrato de compraventa La transferencia de propiedad a favor de los beneficiarios de la adjudicación se efectuará mediante contrato de compra-venta, con reserva de propiedad a favor del Estado hasta lacancelación total del precio, de acuerdo al modelo que apare-ce en el Anexo Nº 8, la que se inscribirá como carga en elRegistro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral dela localidad; salvo que cancele el valor total antes de la sus-cripción del contrato, en cuyo caso la traslación de dominio afavor del adjudicatario será sin reserva ni limitación alguna. El adjudicatario no podrá vender el terreno adquirido hasta la cancelación total del precio. Artículo 26º.- Del Proyecto Técnico de Desarrollo El Proyecto Especial en coordinación con el adjudica- tario, elaborarán el respectivo Proyecto Técnico de Desa-rrollo para la parcela adjudicada, que formará parte delcontrato de compraventa, que se elaborará de acuerdo alos lineamientos que aparecen en el anexo Nº 7. Artículo 27º.- Licencia de uso de agua El contrato de compraventa del terreno habilitado da de- recho al adjudicatario a obtener del Administrador Técnicode Distrito de Riego de la jurisdicción, la licencia de uso deagua, de acuerdo a la reserva de agua otorgado al Proyec-to Especial en función del uso racional del recurso hídrico. Respecto de los terrenos eriazos, el uso de aguas sub- terráneas será otorgado por el Administrador Técnico deDistrito de Riego en función de la disponibilidad del recur-so hídrico y de acuerdo a la legislación de la materia. El cobro de la tarifa por el uso de las aguas, se hará con arreglo a la legislación de la materia. TÍTULO III ADJUDICACIÓN A LOS BENEFICIARIOS DE LA LEY Nº 28042 Artículo 28º.- Plazo de presentación de solicitudes Dentro del plazo máximo de sesenta (60) días calenda-rio de publicado el presente reglamento, las personas que consideren estar dentro de la condición de beneficiariosde la Ley Nº 28042, descrito en el Artículo 6º, dirigirán so-licitud de adjudicación del terreno que tienen bajo pose-sión, al respectivo Proyecto Especial, consignando susnombres y apellidos, número de su Documento Nacionalde Identidad o Libreta Electoral, domicilio, describiendo elterreno objeto de solicitud en cuanto a su ubicación, linde-ros y otras características topográficas, de acuerdo al mo-delo que aparece en el anexo Nº 9. Si los beneficiarios previstos por la Ley se encontra- sen agrupados en alguna organización representativa,Asociación o Comité, la solicitud podrá ser presentada através de ésta, suscrita por su representante legal, con-forme al Modelo del Anexo 10, acompañándose la rela-ción de beneficiarios a nombre de quienes se presentala solicitud y los documentos, por cada uno de ellos, queacrediten el cumplimiento de los requisitos que el Artí-culo 29º exige. Artículo 29º.- Requisitos para solicitantes de adju- dicación como posesionarios Para acreditar la posesión del terreno en forma contí- nua, pacífica y pública, por lo menos desde el 28 de juliode 2000, dedicado permanentemente a actividades agro-pecuarias, el interesado deberá presentar, a su elección: a) Documentos que acrediten préstamos o adelantos de préstamos por crédito agrario, otorgado por institucio-nes bancarias, como Cajas Rurales u otras institucionesdel sistema financiero nacional. Dichos documentos debe-rán contener los datos que permitan identificar al prediomateria de adjudicación, b) Comprobantes de Pago de pago realizados por el posesionario por concepto de adquisición de insumos, ma-teriales, equipos, maquinarias u otros necesarios para ini-ciar, ampliar o diversificar la campaña agrícola y las activi-dades económicas del solicitante. Dichos recibos deberáncontener los datos que permitan identificar al predio mate-ria de solicitud. c) Contrato de fecha cierta, de compraventa de la pro- ducción agraria o pecuaria, conteniendo los datos que per-mitan identificar al terreno. d) Cualquier otra prueba que acredite de manera feha- ciente la posesión del terreno por parte del solicitante. e) Adicionalmente, el solicitante deberá presentar una Declaración Jurada - conforme al Modelo del Anexo 12-,de no ocupar de manera indebida, tierras o terrenos eria-zos o habilitados de propiedad de terceros, distinto a laparcela de 5 has. cuya adjudicación directa se solicita. Asimismo, y de ser el caso, deberá presentar un docu- mento que acredite de manera fehaciente, la devolucióndel terreno a su propietario. Artículo 30º.- Inspección ocular al terreno objeto de solicitud Presentada la solicitud, la Comisión de Adjudicación se- ñalada en el Artículo 8º, dispondrá la realización de unainspección ocular en el terreno , en el día y hora que deter-minará, con el objeto de constatar la actividad agropecua-ria a la que está dedicado el terreno, así como, la posesiónpacífica y pública del solicitante, citándose a éste, en eldomicilio señalado en la solicitud. La inspección de campo se realizará con participación de un ingeniero verificador del Proyecto Especial Titula-ción de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricul-tura, levantándose el acta respectiva. Artículo 31º.- Documentación a ser entregada a la Comisión de Adjudicación Cada Proyecto Especial pondrá a disposición de la Co- misión de Adjudicación, la documentación de la que dis-ponga sobre los posesionarios existentes en terrenos delProyecto Especial. Artículo 32º.- Evaluación y pronunciamiento sobre solicitudes Efectuada la inspección ocular, dentro de un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario, contados desde elvencimiento del plazo de presentación de solicitudes esta-blecido en el Artículo 28º, la Comisión de Adjudicación pro-