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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (13/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 73

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G31/G37/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 13 de febrero de 2004 locador deberá ser objetiva y se efectuará en función de la naturaleza de las prestaciones a su cargo; Que, de conformidad con el artículo 20º de la Ley en mención, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del artículo 19º, se aprobarán mediante Resolu-ción del Titular del Pliego de la Entidad, la misma que re- quiere de un informe técnico legal previo; Que, mediante el Informe Técnico Legal Nº 04-78- 00001090, de fecha 30 de enero de 2004, la Gerencia de Asuntos Legales señala que el SAT tiene por finalidad or- ganizar y ejecutar la administración, fiscalización y recau-dación de todos los ingresos tributarios de la Municipali- dad Metropolitana de Lima, así como imponer, controlar y cobrar las papeletas impuestas por infracciones al Regla-mento del Servicio Público de Transporte Urbano e Interur- bano de Pasajeros y al Reglamento Nacional de Tránsito dentro de la jurisdicción de la referida municipalidad; Que, como consecuencia del desarrollo de estas fun- ciones, el SAT y sus funcionarios son sujeto de eventuales denuncias, las mismas que motivan ejercer la oportunadefensa de sus derechos. Asimismo, por su parte el SAT requiere iniciar las respectivas acciones penales contra administrados y terceras personas que cometan actos de-lictivos contraviniendo los intereses de la entidad; Que, por otro lado, el SAT cuenta con procesos en ma- teria penal que se encuentran en etapa de investigación anivel policial y del Ministerio Público, es decir, en etapa pre judicial y que requieren un adecuado asesoramiento legal; Que, según lo expuesto, resulta imprescindible la con- tratación de un Estudio de Abogados de prestigio que cuen- te con una vasta experiencia en el campo del derecho pe- nal, a fin de que se encargue de la asesoría legal respectoa los procesos que en dicha materia se encuentren en trá- mite, así como de aquellos que se inicien durante el perío- do de su contratación en los que el SAT, sus funcionarios yex funcionarios formen parte, en etapa pre judicial, ya sea a nivel policial o ante el Ministerio Público; Que, el Estudio Loli Portocarrero Abogados S.C.R.L. cuenta con amplia experiencia y reconocido prestigio en la asesoría legal especializada, con mayor incidencia en el ámbito del derecho penal, habiendo brindado asesoramientoa importantes instituciones del sector público; Que, asimismo resulta importante destacar que el Es- tudio Loli Portocarrero Abogados S.C.R.L. ha prestado an-teriormente sus servicios de asesoría legal al SAT en pro- cesos similares en el campo del derecho penal, defendien- do eficientemente los intereses institucionales y demos-trando gran solvencia profesional y capacidad en dicho ámbito; Que, por otro lado, el valor referencial del servicio indi- cado asciende a S/. 142,000.00 (Ciento Cuarenta y Dos Mil con 00/100 Nuevos Soles), incluido todo tipo de tribu- tos y gastos necesarios, por un período de once mesescomprendidos desde el 1 de febrero hasta el 31 de diciem- bre de 2004, correspondiendo realizar una Adjudicación Directa Pública para la contratación de dicho servicio; Que, el informe de la Gerencia de Asuntos Legales con- cluye que, es procedente la exoneración del proceso de selección de Adjudicación Directa Pública por la suma deS/. 142,000.00 (Ciento Cuarenta y Dos Mil y 00/100 Nue- vos Soles), incluido todo tipo de tributos y gastos necesa- rios, por el plazo antes indicado, para la contratación delservicio de asesoría legal externa con el Estudio Loli Por- tocarrero Abogados S.C.R.L., toda vez que concurren los presupuestos de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, debiendo proceder a contratarse mediante un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, el artículo 105º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado establece que, de producirse algún supuesto de exoneración que determine la necesidad de efectuar procesos de Adjudicación deMenor Cuantía, la adquisición o contratación deberá lle- varse a cabo mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla los requisi-tos establecidos en las Bases, con autorización expresa del Titular del Pliego o de la máxima autoridad administra- tiva de la entidad, según corresponda; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, sus disposiciones complementarias y modifi- catorias, la Directiva Nº 11-2001-CONSUCODE/PRE y enuso de las facultades establecidas en el artículo 6º del Edic- to Nº 227, Estatuto del SAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración por causal de ser- vicios personalísimos del proceso de selección de Adjudi- cación Directa Pública para la contratación del servicio deasesoría legal externa del Estudio Loli Portocarrero Abo- gados S.C.R.L. en los procesos penales que se encuen- tren en trámite, así como los que se inicien durante el pe-ríodo de su contratación en defensa de los intereses del SAT, sus funcionarios y ex funcionarios, en etapa pre judi- cial. Dicha contratación se efectuará por un plazo de oncemeses, desde 1 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2004, y por la suma máxima de S/. 142,000.00 (Ciento Cuarenta y Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido todotipo de tributos y gastos necesarios. Artículo 2º.- La contratación aprobada mediante la pre- sente Resolución será financiada con recursos propios dela entidad, encontrándose dicho gasto debidamente pre- supuestado e incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT correspondiente al año 2004. Artículo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administración proceda a la contratación indicada mediante un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía y conforme a lo prescri-to por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Artículo 4º.- Disponer a la Gerencia de Administración efectúe la publicación de la presente Resolución en el Dia- rio Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión, y remita una copia de la misma yde los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes, conforme lo establece el artículo 20º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM y el artículo 115º de su Reglamento aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ALBERTO ACHING ASHUY Servicio de Administración Tributaria 02962 MUNICIPALIDAD DE BREÑA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G79/G20/G41/G64/G6D/G69/G2D /G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 104-MDB Breña, 9 de febrero del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO:El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha y con dispensa del trámite de aproba-ción del Acta; VISTO:El Dictamen de la Comisión de Planeamiento y Presu- puesto y Administración de Recursos y el Informe Nº 18-2004-SGAT -GAR/MDB de fecha 6 de febrero del 2004 de la Subgerencia de Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado y su modificatoria dispuesta por la Ley Nº 27680, es- tablece que los Gobiernos Locales tienen autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia; Que, la Norma IV de Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Su-