Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2004 (13/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, viernes 13 de febrero de 2004 POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 25 de noviembre del 2003, aprobo por UNANIMIDAD, la presente Ordenanza; Que, la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralizacion, reconoce a las Municipalidades como los organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Q u e, l a L e y N º 2 7 7 8 3 , L ey d e B a s e s d e l a Descentralizacion, establece que los gobiernos locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos y en la gestion publica; participacion que se canaliza a traves de los espacios de consulta, coordinacion, concertacion y vigilancia existentes y los que los gobiernos locales establezcan de acuerdo a ley; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 116º contempla como Organo de los Gobiernos Locales a las Juntas Vecinales Comunales; Que, se hace necesario reglamentar la organizacion y funcionamiento de las Juntas Vecinales Comunales, a fin de que cumplan con las funciones que la normatividad vigente les asigna; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar el REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF), DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES, el cual consta de 13 (trece) articulos y 2 (dos) Disposiciones Finales, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Facultar al senor MORDAZA a fin de que dicte las disposiciones complementarias con el objeto de dar cabal cumplimiento a la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza se publicara en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA SCHWARTZ R. MORDAZA 03028

ambiente conforme a lo dispuesto en la MORDAZA anteriormente indicada; Que, el Articulo 80º del Reglamento Interno del Concejo de la Municipalidad de Chorrillos, aprobado mediante Ordenanza Nº 050-MDCH, senala las Comisiones Permanentes del Concejo Municipal, sin considerar la Comision Permanente de Ecologia y Medio Ambiente; Que, asimismo resulta pertinente indicar que tal y como lo establece el Articulo 9º Inc. 15) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 es atribucion de los Regidores el constituir Comisiones Ordinarias y Especiales de Regidores conforme al Reglamento Interno; Que, estando a lo MORDAZA expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y el MORDAZA unanime de los senores asistentes miembros del Concejo Municipal se emite la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- MODIFICAR el Art. 80º del Reglamento Interno de Concejo de la Municipalidad de Chorrillos, el cual fuera aprobado mediante Ordenanza Nº 050MDCH por el siguiente texto : "Articulo 80º Las Comisiones Permanentes del Concejo son las siguientes: a) COMISION DE OBRAS, DESARROLLO MORDAZA, TRANSPORTE Y HABILITACION URBANA. b) COMISION DE SERVICIOS PUBLICOS. c) COMISION DE MAESTRANZA. d) COMISION DE SERVICIO SOCIAL, EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES. e) COMISION DE RENTAS. f) COMISION DE ADMINISTRACION, PLANIFICACION, PRESUPUESTO E INFORMATICA. g) COMISION DE ASUNTOS LEGALES. h) COMISION DE ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE. El cuadro de sus integrantes sera establecido a propuesta del MORDAZA, en la primera Sesion Ordinaria, anual que celebra el Concejo. Un Regidor puede integrar hasta tres (3) Comisiones, pero el Concejo puede aprobar excepciones de esta regla". Articulo Segundo.- ENCARGUESE, a la Secretaria General del Concejo la difusion y el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 02937

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Modifican el articulo 80º del Reglamento Interno del Concejo
ORDENANZA Nº 059/MDCH Chorrillos, 20 de enero del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Chorrillos en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 050-MDCH, del 29 de agosto del 2003 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de setiembre del 2003, se aprobo el Reglamento Interno del Concejo de la Municipalidad de Chorrillos, el mismo que entro en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 73º Inc. d) Las Municipalidades son competentes para emitir Normas Tecnicas Generales en materia de Organizacion del Espacio Fisico y uso del Suelo asi como sobre proteccion y conservacion del ambiente, ejerciendo funciones especificas sobre la proteccion y conservacion del

Autorizan celebracion de matrimonios civiles comunitarios
ORDENANZA Nº 060-MDCH EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Visto, en Sesion Ordinaria del Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado y la Comunidad protegen a la familia, promueven el Matrimonio, reconociendoseles como Institutos Naturales y Fundamentales de la Sociedad, al MORDAZA del Art. 4º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el Codigo Civil en su Art. 233º establece que la regulacion juridica de la familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru;

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