Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2004 (13/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de febrero de 2004

premo Nº 135-99-EF, faculta a los Gobiernos Locales para que mediante Ordenanza puedan crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 41º del referido Codigo Tributario, establece en su MORDAZA parte, que los Gobiernos Locales, excepcionalmente, pueden con caracter general, condonar el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, es politica de la actual gestion municipal promover mecanismos que faciliten el pago de la deuda tributaria y administrativa, a traves de incentivos que permitan la captacion de recursos economicos para la prestacion efectiva de los servicios publicos; Con las atribuciones que confiere los Incs. 8) y 9) del articulo 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA UN BENEFICIO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO EN LA JURISDICCION DISTRITAL DE BRENA Articulo Primero.- VIGENCIA Y ALCANCE Apruebase un Beneficio Tributario y Administrativo desde el 10 al 28 de febrero del 2004. El beneficio alcanza a infracciones tributarias y administrativas; asimismo, a deudas tributarias correspondientes a los anos de 1996 al 2003 por concepto del Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Impuesto a los Juegos, Impuesto a los Espectaculos Publicos No Deportivos, Tasa de Licencia de Funcionamiento y Arbitrios Municipales. Articulo Segundo.- BENEFICIO TRIBUTARIO GENERAL El beneficio tributario comprende la condonacion de reajustes, intereses moratorios y sanciones. Articulo Tercero.- BENEFICIO ADMINISTRATIVO En el caso de multas administrativas, excepto las infracciones establecidas en la Ordenanza Nº 25-MDB con Codigos 3.100, 3.101, 3.102, 3.106, 3.107, 3.119, 3.120, 3.123, 3.124, 3.134 y 3.135 - Direccion de Desarrollo MORDAZA y las que se impongan en funcion al valor de la obra en cumplimiento de leyes especiales, tendran un descuento del 70% del monto total; en ningun caso, el monto a pagar en aplicacion del presente articulo podra ser inferior a S/. 50.00 Nuevos Soles. Articulo Cuarto.- CONTRIBUYENTES EN MORDAZA DE FISCALIZACION Las deudas tributarias que hayan sido determinadas por acciones de fiscalizacion ejercitadas al MORDAZA del articulo 62º del Codigo Tributario, se encuentran dentro de los alcances de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- FRACCIONAMIENTO DE PAGO Los deudores tributarios podran suscribir convenio de pago fraccionado durante la vigencia de la presente Ordenanza; en este caso, la deuda tributaria tendra un descuento del 50% en reajustes e intereses moratorios. El monto de cada cuota por fraccionamiento no podra ser inferior a S/. 50.00 Nuevos Soles, ni exceder de 12 cuotas. Para acogerse al fraccionamiento de pago, la cuota inicial no podra ser inferior al 20% de la deuda tributaria; salvo, lo dispuesto en al articulo 6º de la presente Ordenanza. La deuda objeto de fraccionamiento no sera inferior a S/. 200.00 Nuevos Soles para personas naturales y S/. 1,000.00 Nuevos Soles para personas juridicas. Articulo Sexto.- Excepcionalmente, atendiendo al interes fiscal, la Subgerencia de Administracion Tributaria podra ampliar hasta 18 meses el plazo de fraccionamiento a que se refiere el articulo 5º de la presente Ordenanza; asimismo, determinar la cuota inicial en porcentaje inferior a lo senalado en el articulo precedente o, de ser el caso, aprobar el pago de la cuota inicial hasta en tres (3) partes, las mismas que seran canceladas a la suscripcion del convenio de pago y conjuntamente con la primera y MORDAZA cuota, respectivamente. Articulo Setimo.- El fraccionamiento contemplado en el articulo precedente no alcanza al Impuesto a los Espec-

taculos Publicos No deportivos en aplicacion del articulo 36º del Codigo Tributario, sustituido por el articulo 6º de la Ley Nº 27393. Articulo Octavo.- CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO DE PAGO CON RESOLUCION DE PERDIDA DE BENEFICIO Los contribuyentes cuya resolucion de perdida de beneficio de fraccionamiento de pago hayan sido debidamente notificadas, podran acogerse a la condonacion de reajustes e intereses a que se refiere la presente Ordenanza; para estos efectos, el deudor tributario debera cancelar el integro de la deuda fraccionada. Articulo Noveno.- CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO DE PAGO CON MAS DE DOS CUOTAS VENCIDAS Los contribuyentes que habiendo incurrido en causal de perdida de beneficio de fraccionamiento de pago y que a la fecha no se les MORDAZA sido notificada la resolucion respectiva, podran restituir la vigencia del convenio de pago siempre que cumplan con la cancelacion de las cuotas vencidas dentro del plazo de vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Decimo.- DEUDAS EN MORDAZA DE COBRANZA COACTIVA Los beneficios que aprueba la presente Ordenanza alcanza a aquellos que se encuentran en MORDAZA de cobranza coactiva. En estos casos, los deudores deberan abonar las costas procesales. Articulo Decimo Primero.- PAGO DE COSTAS PROCESALES Disponer el pago de S/. 10.00 nuevos soles de costas procesales. Articulo Decimo Segundo.- DEUDAS EN MORDAZA DE RECLAMACION Los deudores tributarios que hayan interpuesto reclamacion, apelacion o demanda contencioso administrativa contra multa administrativa, orden de pago, resolucion de determinacion o resolucion de multa tributaria, cualquiera que sea el estado en que se encuentre, podran acogerse a los beneficios que aprueba la presente Ordenanza, previo desistimiento. DISPOSICIONES FINALES Primera.- En lo no previsto en la presente Ordenanza sobre fraccionamiento de pago sera de aplicacion lo dispuesto en la Ordenanza Nº 075-MDB. Segunda.- Suspender temporalmente las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Tercera.- Facultar al Sr. MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia disponga las prorrogas necesarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02970

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Aprueban Reglamento de Organizacion y .unciones de las Juntas Vecinales Comunales
ORDENANZA Nº 01-2004-MDC Cieneguilla, 10 de febrero de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA

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