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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (13/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 76

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G31/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 13 de febrero de 2004 Que, existen en el distrito de Chorrillos, numerosas pa- rejas que viven en unión de hecho y que desean formalizarsu Estado Civil, contrayendo Matrimonio; Que, proteger a la familia y promover el matrimonio como Institución Natural y Fundamental de la Sociedad caute-lando su legalidad y seguridad jurídica, es deber que los gobiernos locales tienen; y, Que, la Oficina de Registro Civil ha recomendado cele- brar el Matrimonio Civil Comunitario con ocasión de cele-brarse el día de San Valentín, asimismo el 181º Aniversa-rio de la Inmolación del Mártir José Olaya Balandra, resul-tando pertinente autorizar la celebración por dicha fecha, asimismo brindar apoyo en los Matrimonios Comunitarios organizados por las diferentes Parroquias de nuestra juris-dicción; Que, estando a lo antes expuesto, a lo establecido en el Libro de Familia, Arts. 233º, 234º y 248º del Código Civil, alas facultades conferidas al Concejo en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, Art. 9º, el Concejo Muni- cipal, aprobó por unánime, la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Artículo 1º.- Autorizar la celebración del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse los días 13 de febrero y 26de junio del 2004, así como brindar autorización para losMatrimonios Comunitarios organizados por las diferentesParroquias de nuestra jurisdicción. Artículo 2º.- Establézcase por derecho de celebración de Matrimonio Civil Comunitario, descrito en el artículo pre- cedente, un único pago ascendente a la suma de S/. 62.00(SESENTIDÓS Y 00/100 Nuevos Soles). Artículo 3º.- Las parejas contrayentes podrán inscri- birse para el Matrimonio Civil Comunitario hasta el 05 defebrero del 2004 para el Matrimonio Civil Comunitario del 13 de febrero y hasta el 16 de junio para Matrimonio Civil Comunitario del 26 de junio del 2004, plazo en el que ven-cerá la presentación de expedientes matrimoniales. Artículo 4º.- Las parejas interesadas en contraer Matri- monio Civil Comunitario, deberán cumplir con presentar lossiguientes documentos: a. Partida de Nacimiento original de cada uno de los contrayentes o, en su defecto la respectiva Dispensa Judi-cial. b. Original y copia de los documentos de Identidad de cada uno de los contrayentes. c. Declaración Jurada del domicilio de cada uno de los contrayentes, según formato. d. Certificado Médico.e. Recibo de Pago por el derecho de celebración del Matrimonio, debidamente cancelado. f. Dos (2) testigos mayores de edad, por cada contra- yente, adjuntando copia de sus documentos de identidad. En caso de contrayentes viudos o divorciados, además deberán presentar: a. Partida original de Defunción o Partida de Matrimo- nio con la respectiva Acta de Disolución en anotación mar- ginal, según sea el caso. b. Declaración Jurada legalizada ante Notario Público, que acredite tener o no la administración de los bienes dehijos habidos en anterior matrimonio. Artículo 5º.- Ordénese a la Unidad de Registro Civil la publicación de la relación de las parejas que contraeránMatrimonio Civil en la referida fecha, durante ocho (8) díasen el periódico mural de la Municipalidad. Artículo 6º.- Encargar a la Secretaría General del Con- cejo y la Unidad de Registro Civil el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 02940MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G6F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G56/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G4D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G6A/G75/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 060-2003-MDI Independencia, 30 de diciembre del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Vistos; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de diciembre del dos mil tres, el Memorando Nº 1463-2003- GDU-MDI de 16 de diciembre del 2003 expedido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; Informe Técnico Nº 1087-2003-SGCCU/GDU/MDI de 10 de setiembre del 2003, ex- pedido por la Subgerencia de Catastro y Control Urbano; Informe Nº 140-2003-GAJ/MDI de 30 de diciembre del 2003expedido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Dictamen Nº 008-2003/CDUT/MDI de 30 de diciembre del 2003 por los cuales se solicita la Aprobación del Plan de Reorde-namiento de Vehículos Menores en el distrito de Inde- pendencia; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Cons- titucional, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su compe-tencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funcio- nes normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldía, las funcio- nes ejecutivas; Que, el artículo 195º numeral 8. de la Constitución es- tablece que los gobiernos locales tienen competencia para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materiade transporte colectivo, circulación y tránsito; Que, mediante Ordenanza Nº 032-2002-MDI se aprobó el Reglamento de Transporte Público Especial de Pasaje-ros y Carga Doméstica en Vehículos Menores del distrito de Independencia; Que, mediante Ordenanza Nº 039-2003-MDI, publica- da en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de febrero de 2003, la Municipalidad Distrital de Independencia apro- bó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas- RAS; asimismo, mediante Decreto de Alcaldía Nº 005- 2003-MDI de 21 de marzo del 2003 se aprobó el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas, el mismo que fue ratificadomediante Ordenanza Nº 047-2003-MDI de 9 de julio del 2003, norma que contempla infracciones y sanciones so- bre la materia; Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 032-2003/ MTC de 21 de junio del 2003 establece que las municipali- dades deberán aprobar y poner en ejecución un Plan deReordenamiento de Vehículos Menores en sus respecti- vas jurisdicciones; Que, en sesiones de fechas 27 de octubre y 4 de noviembre del 2003 la Comisión de Desarrollo Urbano ha evaluado, analizado y efectuado recomendaciones a la pro- puesta remitida por la Gerencia de Desarrollo Urbano; Que, con fechas 12, 13 y 14 de noviembre del 2003 la propuesta de Plan de Reordenamiento de Vehículos Me- nores fue expuesto a la Comisión Técnica Mixta de Vehí-culos Menores así como a los representantes legales de las empresas de transportistas en vehículos menores del distrito de Independencia, recibiéndose las sugerencias yrecomendaciones sobre el particular, incorporándose al plan aquellas que se encontraban enmarcadas dentro de los dispositivos legales; Que, mediante Dictamen Nº 008-2003/CDUT/MDI de 30 de diciembre del 2003, la Comisión de Desarrollo Urba-