Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (14/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G32/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 14 de febrero de 2004 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G64/G6F/G72/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G50/G52/G4F/G41/G4D/G41/G5A/G4F/G4E/GCD/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0145-2004-AG Lima, 13 de febrero de 2004 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Coordinador Nacional del Programa para el Desarrollo de la Amazonía - PROAMAZO-NÍA, adscrito al Despacho del Ministro de Agricultura; De conformidad con la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura - Decreto Ley Nº 25902, su Reglamento de Or-ganización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. Ed- win Peñaherrera Del Águila en el cargo de Coordinador Nacio- nal del Programa para el Desarrollo de la Amazonía - PRO- AMAZONÍA, adscrito al Despacho del Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LEÓN RIVERA Ministro de Agricultura 03125 DEFENSA /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73/G20/G61/G20/G6F/G66/G69/G2D /G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G43/G75/G72/G73/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G74/G6F/G73/G20/G45/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G45/G73/G74/G72/G61/G74/G65/G67/G69/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G45/G73/G63/G75/G65/G6C/G61/G20/G53/G75/G2D/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 043-2004-DE/EP/A-1.a.4 Lima, 6 de febrero de 2004 Visto, el Oficio Nº 3001 C-4.a.1/B/05.00 del 18 de di- ciembre del 2003, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, la Vigésimo Quinta Política del Estado del Acuerdo Na- cional promueve la participación de la Fuerzas Armadas en la Defensa Regional, la Seguridad Hemisférica y las Misiones dePaz en el marco de la Organización de las Naciones Unidas; Que, el inciso e) del Artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de susfunciones participar a través de los organismos pertinen- tes, en las misiones de Paz internacionales a que se com- promete el Estado Peruano de acuerdo a Ley; Que, entre los objetivos estratégicos generales y polí- ticas del Sector Defensa, se encuentra la participación en actividades de carácter regional, continental y/o mundial,en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multi- nacionales de Paz o Seguridad; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de aus- teridad y racionalidad del gasto en el Sector Público, viene reduciendo al mínimo indispensable las autorizaciones delos viajes al exterior, considerándose aquellos que se en- marcan en Capacitación que no puede realizarse en el Perú; Que, mediante Hoja de Recomendación Nº 193 SUB DIR EDUC/C-2.a.05.00 de noviembre del 2003, el Coman- do del Ejército designó en misión de estudios al Coronel de Ingeniería EP Gaspar JIMÉNEZ PEÑA, para participar enel Curso Especial de Altos Estudios de Política y Estrate- gia en la Escuela Superior de Guerra de Brasil, en el perío- do comprendido del 8 de marzo al 23 de julio del 2004; Que, el inciso 2.c. del Artículo 14º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, establece que no se encuentran comprendidos dentro de lasdisposiciones de austeridad los pagos de remuneraciones, re-tribuciones, dietas o cualquier bonificación, asignación y bene- ficios en moneda extranjera o indexada a ésta, al personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Fuerzas Armadas y Poli- cía Nacional que cumple servicios en el extranjero, asimismola presente autorización de viaje está ceñido a lo que establece los incisos a) y k) del Artículo 15º de la citada Ley, prioriza y determina las acciones necesarias que permitan el cumpli-miento de los objetivos del pliego al menor costo posible así como restringen al mínimo indispensable los viajes fuera del país en comisión de servicios que irroguen gastos al Estado,por lo que se encuentra en arreglo a Ley; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley Nº 27860, Ley Nº 28128, Decreto Supremo Nº 005-87 DE/SG,del 4 de diciembre de 1987 modificado por el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG del 21 de junio del 2001 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, regulan los con-ceptos que debe percibir el personal militar de las Fuerzas Arma- das que viaja al Extranjero en misión de estudios; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Misión de Estudios, al Coro- nel de Ingeniería EP Gaspar JIMÉNEZ PEÑA, para partici- par en el Curso Especial de Altos Estudios de Política y Estrategia en la Escuela Superior de Guerra de Brasil, del8 de marzo al 23 de julio del 2004. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago que corresponda, de acuerdo a los con-ceptos siguientes: PASAJES: LIMA - BRASIL - LIMA US$ 1,622.00 x 1 persona TARIFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO US$ 28.24 x 1 persona Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa-Ejército del Perú, estará a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la misión encomendada, de acuerdo alo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y termino del nombramiento, sin exceder el período total establecido. Artículo 5º.- El citado Oficial Superior, deberá cumplir con sustentar lo señalado en el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a solicitar liberación o exoneración de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 02982 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72 /G64/G65/G20/G4E/G69/G63/G61/G72/G61/G67/G75/G61/G20/G79/G20/G48/G6F/G6E/G64/G75/G72/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G64/G65/G2D/G73/G65/G6D/G70/G65/GF1/G61/G72/GE1/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G4D/G6F/G6E/G69/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G61/G72/G2D/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G41/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G4D/G69/G6E/G61/G73/G20/G41/G6E/G74/G69/G70/G65/G72/G2D /G73/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 053-2004-DE-SG Lima, 13 de febrero de 2004CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 “Ley de Requisitos para la Autorización y Consentimiento para el Ingreso de Tro-