Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2004 (14/02/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 14 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 262205

acuerdo a lo establecido en el anexo "D" de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese como Documento Oficial Publico (D.O.P.) MORDAZA SIERRALTA FAIT Director General de Capitanias y Guardacostas Anexo "A" CLASIFICACION DE INSTALACIONES DE RECEPCION DE RESIDUOS DE MEZCLAS OLEOSAS, AGUAS SUCIAS Y BASURAS I. INSTALACION DE RECEPCION TERRESTRES Son consideradas Instalaciones de Recepcion Terrestres aquellas instalaciones que esten situadas en tierra firme; y clasificadas de acuerdo a los tipos de desechos generados por buques o residuos de carga que reciban. Las instalaciones portuarias receptoras se clasifican en las siguientes categorias: a. Marpol anexo I: Las que reciben desechos generados por buques o residuos de carga oleosos y semisolidos (lodos o borras) de los buques incluidos en el anexo I del Convenio Marpol 73/78. b. Marpol anexo IV: Las que reciben aguas sucias de los buques, incluidas en el anexo IV del Convenio Marpol 73/78. c. Marpol anexo V: Las que reciben Residuos solidos de los buques, incluidas en el anexo V del Convenio Marpol 73/78. d. Otros desechos y residuos: MORDAZA los desechos o residuos no incluidos en las anteriores categorias y de los que el buque tenga necesidad de desprenderse. Se incluyen en este apartado materiales tales como baterias electricas desechadas, restos de material procedente de obras de mantenimiento realizadas a bordo (forros de aislamiento termico, restos de revestimientos de pintura), etc. II. INSTALACIONES DE RECEPCION ACUATICAS Son consideradas Instalaciones de Recepcion Acuaticas, las instalaciones situadas a bordo de un buque, embarcacion, MORDAZA, gabarra, ponton, u otro artefacto MORDAZA similar que tenga o no propulsion propia, solo se limitaran al recojo y almacenamiento temporal de los residuos de mezclas oleosas, aguas sucias y basuras procedentes de naves, para su posterior entrega a una instalacion de Recepcion Terrestre. III. SERVICIOS DE GESTION DE RESIDUOS DE MEZCLAS OLEOSAS, AGUAS SUCIAS Y BASURAS Son considerados "Servicios de Gestion de Residuos de Mezclas Oleosas, Aguas Sucias y Basuras" aquellas instalaciones de Recepcion Terrestres dedicadas al acopio segregado de dichos residuos para su reciclaje y/o tratamiento, para lo cual deberan ser empresas legalmente constituidas y presentarse como una alternativa de desarrollo de una buena practica ambiental orientada a prevenir y reducir la contaminacion acuatica y a desarrollar mejores habitos, actitudes y valores en las personas y empresas con su ambiente. Anexo "B" LINEAMIENTOS A SEGUIR PARA LA ELABORACION DE "PLANES DE RECEPCION Y MANIPULEO DE RESIDUOS DE MEZCLAS OLEOSAS, AGUAS SUCIAS Y BASURAS EN PUERTOS Y OTRAS INSTALACIONES DE RECEPCION" A.- PUERTOS 1. Los planes abarcaran todos los tipos de desechos generados por buques y residuos de carga procedentes de buques que normalmente MORDAZA escala en el puerto, y se elaboraran en funcion del tamano de este ultimo y del MORDAZA de buques que MORDAZA escala en el. 2. En los planes se abordaran los siguientes elementos: a. Evaluacion de las necesidades de instalaciones portuarias receptoras, en funcion de los buques que normalmente MORDAZA escala en el puerto.

b. Descripcion del MORDAZA y la capacidad de las instalaciones portuarias receptoras. c. Descripcion pormenorizada de los procedimientos de recepcion y recogida de desechos generados por buques y residuos de carga. d. Descripcion del regimen de tarifas. e. Procedimientos para senalar supuestas deficiencias de las instalaciones portuarias receptoras. f. Procedimientos de consulta permanente con usuarios del puerto, empresas prestadoras de servicios de recoleccion transporte, tratamiento y disposicion final de residuos de mezclas oleosas, aguas sucias y basuras, operadores de terminales y otras partes interesadas; y g. MORDAZA y cantidades de desechos generados por buques y residuos de carga recibidos y manipulados. 3. Ademas, deberan figurar en los planes la siguiente informacion complementaria: a. Una lista de la normativa aplicable y los tramites pertinentes para la entrega. b. Identificacion de la persona o personas responsables de la aplicacion del plan. c. Una descripcion del equipo y procesos de pretratamiento del puerto, si existen. d. Una descripcion de metodos de registro del uso real de las instalaciones portuarias receptoras. e. Una descripcion de metodos de registro de las cantidades de desechos generados por buques y residuos de carga recibidos; y f. Una descripcion de la eliminacion de los desechos generados por buques y los residuos de carga. 4. Los procedimientos de recepcion, recogida, almacenamiento, tratamiento y eliminacion deberan ser conformes en todos sus aspectos a un plan de gestion ambiental adecuado. 5. Informacion relevante que debera ponerse a disposicion de todos los usuarios del puerto: a. Breve referencia a la importancia fundamental de una correcta entrega de los desechos generados por buques y residuos de carga. b. Situacion de las instalaciones portuarias receptoras y/o Servicios de Gestion de Residuos de Mezclas Oleosas, Aguas Sucias y Basuras correspondientes a cada puerto con un diagrama o mapa para su facil localizacion. c. Lista de los desechos generados por buques y residuos de carga habitualmente tratados. d. Lista de los puntos de contacto, los operadores y los servicios ofrecidos, asi como de la oficina de informacion portuaria. e. Descripcion de los procedimientos de entrega. f. Descripcion del regimen de tarifas; y g. Procedimientos de notificacion de supuestas deficiencias de las instalaciones portuarias receptoras. 6. La informacion a la que hace referencia el apartado anterior se redactara y distribuira en idioma ingles a los buques extranjeros cuya tripulacion no conozca el espanol. B.- OTRAS INSTALACIONES DE RECEPCION La instalacion de recepcion de residuos de mezclas oleosas, aguas sucias y basuras en terminales portuarios, terminales pesqueros, terminales de carga de hidrocarburos, refinerias, astilleros, muelles, marinas, chatas, diques y varaderos, para que cumplan con los objetivos que se busca, debera reunir los siguientes requisitos: 1. Capacidad suficiente para los volumenes esperados, tomando en cuenta la frecuencia de llegada de las naves. 2. Capacidad apropiada para el amarre, atraque, conexion y/o recoleccion de residuos de las naves. 3. Evitar demoras innecesarias a las naves debido al alto costo de la nave detenida. 4. Que cuente con espacio suficiente para evitar situaciones peligrosas y permitir futura expansion. 5. Asegurar la calidad de los efluentes. Las instalaciones de recepcion que deban descargar sus efluentes tratados al mar, directa o indirectamente, deben asegurarse que el contenido de contaminantes en el efluente no supere los limites maximos permisibles y estandares de calidad establecidos por las autoridades sanitarias y/o ambientales del Ministerio de Salud; asi como establece los res-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.