Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2004 (14/02/2004)


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a). Programas Permanentes

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 14 de febrero de 2004

- De Prevencion: Debe contemplar la realizacion de actividades destinadas a garantizar la optimizacion de la disposicion final de los residuos a fin de reducir y/o eliminar la contaminacion en la fuente generadora, tales como: mantenimiento de maquinaria y equipo, aplicacion de buenas practicas, capacitacion, control de inventarios, actividades de mejora continua (cambios en procesos, o procedimientos, modificaciones de tecnologias, etc.). - De Monitoreo: Debe permitir obtener bajo permanente vigilancia algunos de los parametros (calidad del agua, etc.); con el objetivo de que sus concentraciones no sobrepasen los Limites Permisibles que la Autoridad Competente considere basicos para controlar la contaminacion. b). Programas Especiales - De Contingencias: Incluira procedimientos, equipos, comunicaciones y personal especialmente asignados a estos eventos, asi como su capacitacion por especialistas externos. Aqui debe presentarse el Programa de Mitigacion correspondiente a los efectos por contaminacion. De Cierre de Operaciones: Debera describir aun cuando solo sea de manera general, los procedimientos y acciones que seguiran en el eventual caso de un cierre de la instalacion con el fin de que el area donde esta ubicada la instalacion no constituya un peligro de contaminacion de mares, MORDAZA y MORDAZA navegables o de dano a la salud, por lo que contemplara la proteccion o remocion, segun sea el caso de infraestructuras peligrosas, la descontaminacion del suelo, etc. Anexo "E" GLOSARIO DE TERMINOS - Agua de sentina: Agua que filtra de diferentes procedencias por los costados, cubierta y tunel de la helice del buque y donde tambien confluyen las filtraciones y residuos de lubricantes, combustibles y aguas de MORDAZA de la sala de maquinas. - Aguas sucias: Aguas provenientes de los desagues y residuos procedentes de inodoros, urinarios, lavaderos, conducto de salida, ubicados en camaras de servicio medico (dispensario, hospital, etc.), desagues procedentes de espacios en que se transportan animales vivos. - Area de mar: Area comprendida entre la linea de mas alta marea hasta las doscientas millas, incluyendo la MORDAZA intermareal. - Artefacto Naval: Aquella construccion MORDAZA destinada a cumplir en el agua funciones de complemento de actividades maritimas tales como recepcion de recursos hidrobiologicos, servicios, etc., o de explotacion de los recursos maritimos, tales como diques, gruas, gabarras, ganguiles, chatas, pontones, plataformas flotantes, balsas u otras similares. - Astillero: Establecimiento flotante y fijo, donde se construyen y reparan buques. - Autoridad Maritima: Es el Director General de Capitanias y Guardacostas de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. - Autoridad Sanitaria: Es el Ministerio de Salud. - Autoridad Gestora del Puerto: La entidad publica a cuyo cargo se encuentra la administracion y gestion de un puerto, embarcadero, terminales maritimas e instalaciones mar adentro, bien MORDAZA de titularidad estatal o autonomica. Dentro de esta denominacion se refiere a la Autoridad Portuaria. - Basuras: Este termino incluye toda clase de restos de viveres, salvo pescado fresco, residuos de faenas domesticas y trabajos rutinarios del buque en condiciones normales de servicio. - Buque: Construccion MORDAZA principal destinada a navegar, cualquiera que sea su clase y con un tonelaje de registro MORDAZA, igual o mayor de 100 TRB. - Despacho: El acto por el cual, la Autoridad Maritima, verifica que los documentos y condiciones de seguridad de la nave estan en orden y pueda zarpar del puerto. - Desechos generados por los buques: Todos los desechos, incluidas las aguas residuales y los residuos distintos a los del cargamento, producidos durante el servicio del buque y que esten regulados por los anexos I, IV y V de Marpol 73/78, asi como los desechos relacionados con el cargamento segun se definen en las Directrices para la aplicacion del anexo V de Marpol 73/78.

- Disposicion final: Procesos u operaciones para tratar o disponer en un lugar adecuado los residuos como MORDAZA etapa de su manejo en forma permanente sanitaria y ambientalmente segura. - Embarcacion: Es la construccion MORDAZA menor de 100 TRB, susceptible de locomocion en el agua, cualquiera que sea sus caracteristicas. - Embarcacion de recreo: Todo MORDAZA de embarcacion, con independencia de su medio de propulsion, destinada a actividades deportivas o de ocio. - Hidrocarburos: Este termino incluye al petroleo en todas sus manifestaciones: crudos, fuel oil, lodos, residuos oleosos, productos de refinacion o derivados del petroleo y las sustancias que figuran en el Anexo I del MARPOL 73/78. - Instalacion de Recepcion: Es aquella instalacion destinada a recibir residuos de mezclas oleosas, aguas sucias y basuras procedentes de naves. - Instalacion portuaria receptora: La entidad gestora o la empresa autorizada para la recepcion de desechos generados por los buques y residuos de carga y, en su caso, para el almacenamiento, clasificacion, tratamiento previo y su traslado a una instalacion de tratamiento autorizada por la Autoridad Sanitaria. Dicha empresa debera estar dotada de los medios, materiales fijos, flotantes o moviles, de personal debidamente calificado, asi como de contar con los procedimientos adecuados para el desarrollo de la actividad de recepcion. - Lastre sucio: Es el agua de lastre contaminada con hidrocarburos adheridos a las MORDAZA y al fondo de los tanques de carga de petroleros; especificamente, es aquel lastre cuyo contenido de hidrocarburos es mayor de 15 ppm y deja rastros visibles en el agua. - Libro de Registro de Hidrocarburos: Es el documento en el que se registran todas las operaciones con movimientos de hidrocarburos y mezclas oleosas a bordo del buque y es de caracter obligatorio. - Limite Permisible: Es la MORDAZA concentracion permitida, que por debajo de MORDAZA la calidad de un cuerpo receptor no es alterado. - Linea de Mas Alta Marea: Se denomina linea de mas alta marea a la interseccion del nivel MORDAZA con la playa adyacente en el momento de la pleamar de sisigias ordinarias. - Lodos: Son residuos de fondos de los tanques de carga o de combustible habituales en los carenados y reparaciones de buques; residuos similares se generan rutinariamente en las operaciones de filtrado y purificado de combustibles y aceites lubricantes, especialmente en buques con motores de propulsion; tambien se acumulan en los fondos de los separadores, lagunas y tanques de decantacion en tierra. - Marpol 73/78: Es el Convenio Internacional para prevenir la contaminacion por los buques, de 1973, modificado por su Protocolo de 1978, en su version vigente. - Marea: Movimiento periodico y alternativo de ascenso y descenso de las aguas MORDAZA, producido por las acciones atractivas MORDAZA y la Luna. - Marina: Instalacion acuatica fija que permite el acceso de embarcaciones menores (yates, veleros, etc.). - Mezclas oleosas: Es cualquier mezcla de hidrocarburos, generalmente con agua de mar; pueden ser lastres sucios, aguas de sentinas, aguas de MORDAZA de tanques de carga de petroleos y aguas con residuos de hidrocarburos. - Muelle: El malecon, anden, rampa o cualquier obra de fabrica o MORDAZA que facilita el embarco y desembarco de la gente y mercancias en un puerto de mar o sirve de abrigo para las embarcaciones. Toma diversos nombres segun las operaciones que se efectuan en el. - Nave: Termino comun utilizado para referirse a buque, embarcaciones o artefactos MORDAZA en forma conjunta o parcial de mas de una. - Pleamar : Nivel MORDAZA de la creciente del mar. - Puerto: Un lugar o MORDAZA maritima que reuna condiciones fisicas, naturales o artificiales y de organizacion que permitan la realizacion de operaciones de trafico portuario de buques, incluyendo las embarcaciones pesqueras y de recreo, autorizado para el desarrollo de estas actividades. - Recepcion: Al acto por el cual la Autoridad Maritima, verifica que los documentos y condiciones de seguridad de la nave esten en orden y fija las normas a que debera sujetarse para su ingreso y permanencia en puerto, de acuerdo a las reglamentaciones correspondientes. - Refineria: Instalacion industrial, en la cual el petroleo, gasolinas naturales u otras MORDAZA de hidrocarburos son

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