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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (14/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G32/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 14 de febrero de 2004 convertidos en combustible líquido, puede incluir la elabo- ración de productos diferentes a los combustibles como en los lubricantes, asfaltos, breas, solventes, etc. - Radicación : Acción de radicar, arraigar, establecerse en un lugar. - Residuos de carga : Los restos de cualquier material del cargamento que se encuentren a bordo en bodegas decarga o tanques y que permanecen una vez completados los procedimientos de descarga y las operaciones de lim- pieza, incluidos los residuos resultantes de las operacionesde carga, descarga y los ocasionados por los derrames. - Slops: Son mezclas típicas de un petrolero obtenidas por decantación que recibe las aguas de lavado de los tan-ques de carga y, en algunos casos, aguas de sentinas de los espacios de máquinas. - Terminales de Carga de hidrocarburos : Instalación donde las empresas de explotación de hidrocarburos, las plantas de procesos y los oleoductos, reciben y cargan hi- drocarburos a buques y/o artefactos navales de recepción. - Terminal Portuario : Es un área en la cual se encuen- tran ubicadas las instalaciones portuarias, comprende esta definición el área de mar, la cual es ocupada por los mue-lles, rompeolas y área de mar operativa así como áreas de almacenaje y edificios administrativos. - Terminal Pesquero : Son las instalaciones que sirven de base a flotas de buques, embarcaciones pesqueras; dis- ponen de instalaciones adecuadas para la recepción y con- servación de los productos de las capturas, e inclusive parala transformación industrial de dichos productos. - Instalación de Recepción: Lugar donde se almace- nan y/o tratan los residuos de mezclas oleosas, aguas su-cias y basuras. - Varadero: Lugar donde varan las embarcaciones para resguardarlas o para limpiar sus fondos o componerlos. 03001 ECONOMÍA Y FINANZAS /G4C/G69/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G45/G6A/G65/G2D /G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G6F/G73/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G50/G72/G6F/G76/G65/G6E/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G46/G75/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G22/G52/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73 /G4F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G65/G73/G22 ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 026-2004-EF (El Decreto Supremo de la referencia fue publicado en la edición del 13 de febrero de 2004) LINEAMIENTOS PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJECUCIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS DE LOS GOBIERNOS LOCALES PROVENIENTES DE LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO “RECURSOS ORDINARIOS PARA LOS GOBIERNOS LOCALES” Vistos, el Oficio Nº 028-2004/MIMDES/DM y el Oficio Nº 037-2004-MIMDES-VMM remitidos a la Dirección Na- cional del Presupuesto Público mediante los cuales el Mi- nisterio de la Mujer y Desarrollo Social hace llegar un pro-yecto de Directiva conteniendo lineamientos, en conside- ración a lo establecido en el numeral 7.4 del artículo 7º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004, Ley Nº 28128, se establece lo siguiente: Artículo 1º.- OBJETIVO Establecer normas de carácter técnico y operativo para la distribución y ejecución de los recursos presupuestarioscorrespondientes a los Gobiernos Locales por la Fuente de Financiamiento 17. “Recursos Ordinarios para los Go- biernos Locales”, compuesta por : - El Programa del Vaso de Leche, - El Decreto Supremo Nº 051-88-PCM,- El Decreto Legislativo Nº 622 y los Decretos Ley Nºs. 25702 y 25988, - Los Programas y Proyectos Sociales en el ámbito de los Gobiernos Locales que consideran: las transferencias para los Proyectos de Infraestructura Social y Productiva; Comedores, Alimentos por Trabajo y Hogares y Albergues;y Transferencias para Otras Acciones Nutricionales y de Asistencia Solidaria.Artículo 2º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Los presentes lineamientos son de aplicación para los Gobiernos Locales, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y PROVIAS RURAL del Ministerio deTransportes y Comunicaciones. Artículo 3º.- BASE LEGAL - Ley de Bases de la Descentralización, aprobada por Ley Nº 27783. - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867. - Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 27972. - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, aprobada por Ley Nº 28112. - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, aprobada por Ley Nº 27209. - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, aprobada por Ley Nº 28128. - Ley Marco del Presupuesto Participativo, aprobada por Ley Nº 28056 y su Reglamento aprobado por Decreto Su- premo Nº 171-2003-EF. - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobada por Ley Nº 27793. - Bases para la Estrategia de Superación de la Pobreza y Oportunidades Económicas para los Pobres, aprobadaspor Decreto Supremo Nº 002-2003-PCM. - Reglamento de Organización y Funciones del Minis- terio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MIMDES. - Cronograma de Transferencias para el año 2003 a Gobier- nos Regionales y Locales de Fondos, Proyectos y ProgramasSociales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM. - Transferencia de los Fondos, Proyectos y Programas So- ciales, aprobada por Decreto Supremo Nº 088-2003- PCM. - Decreto Supremo Nº 098-2003-PCM que modifica el anexo del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM. - Resolución Directoral Nº 047-2003-EF/76.01, que aprueba la Directiva Nº 003-2004-EF/76.01 - Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Proceso Presupues- tario de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2004 y laDirectiva Nº 001-2004-EF/76.01 - Directiva para la Apro- bación, Ejecución y Control del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2004. Artículo 4º.- NORMAS GENERALES 4.1. Entiéndase que los “Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales” a que se refiere el inciso 7.4 del artículo 7º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Públi-co para el Año Fiscal 2004; así como el artículo 19º de la Directiva Nº 003-2004-EF/76.01 “Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Proceso Presupuestario de los Go-biernos Locales para el Año Fiscal 2004” son los siguientes: a. Los recursos a ser transferidos a las municipalida- des por concepto de : o Programa del Vaso de Leche. o Decreto Supremo Nº 051-88-PCM. o Decreto Legislativo Nº 622 y los Decretos Ley Nºs. 25702 y 25988. b. Los recursos a ser transferidos a las Municipalidades a propuesta del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -MIMDES y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - PROVÍAS RURAL, según corresponda, los que constitu- yen transferencias programáticas condicionadas, destinadasexclusivamente al financiamiento de los Programas y Pro- yectos de Lucha Contra la Pobreza, de conformidad con lo señalado en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Su- premo Nº 036-2003-PCM, son los siguientes: o Transferencias para Proyectos de Infraestructura So- cial y Productiva a cargo del Ministerio de la Mujer y Desa- rrollo Social. o Transferencias para Proyecto de Infraestructura So- cial y Productiva-Programa de Mantenimiento Rutinario de Caminos Vecinales de PROVÍAS RURAL a cargo del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones. o Transferencias para Comedores, Alimentos por Tra- bajo y Hogares y Albergues a cargo del Ministerio de laMujer y Desarrollo Social.