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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (20/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 53

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G37/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 20 de febrero de 2004 Artículo 4º.- En los montos de obra a que se refiere el Art.2º se comprende el total de las partidas por materiales,mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastosgenerales y utilidad del contratista que corresponde a esosmontos. Artículo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplica-ción de los Factores de Reajuste, cuando éstos derivan delos aumentos de mano de obra. Artículo 6º.- Los factores totales que se aprueba por la presente Resolución, serán acumulativos por multiplicaciónen cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por elINEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a faltade éste, desde la fecha del contrato respectivo. Artículo 7º.- Los departamentos que comprenden las Áreas Geográficas son los siguientes: ANEXO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 060-2004-INEI CUADRO DE FACTORES DE REAJUSTE DERIVADOS DE LA VARIACIÓN DE PRECIOS DE TODOS LOS ELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN EL COSTO DE LAS OBRAS DE EDIFICACIÓN CORRESPONDIENTES AL PERÍODO DEL 1 AL 31 DE ENERO DEL 2004 ÁREAS OBRAS DE EDIFICACIÓN Edificación de 1 y 2 Pisos Edificación de 1 y 2 Pisos Edificación de 3 y 4 Pisos Edificación de 3 y 4 Pisos GEOGRÁFICAS (T erminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) Nºs. M.O. Resto T otal M.O. Resto T otal M.O. Resto T otal M.O. Resto T otal Elem. Elem. Elem. Elem. 1 1.0013 1.0059 1.0072 1.0016 1.0044 1.0060 1.0013 1.0078 1.0091 1.0017 1.0055 1.0072 2 1.0014 1.0053 1.0067 1.0017 1.0031 1.0048 1.0013 1.0072 1.0085 1.0018 1.0044 1.00623 1.0013 1.0069 1.0082 1.0015 1.0060 1.0075 1.0012 1.0091 1.0103 1.0017 1.0068 1.00854 1.0014 1.0054 1.0068 1.0016 1.0043 1.0059 1.0013 1.0081 1.0094 1.0018 1.0055 1.00735 1.0014 1.0053 1.0067 1.0016 1.0038 1.0054 1.0013 1.0077 1.0090 1.0018 1.0051 1.00696 1.0013 1.0060 1.0073 1.0016 1.0050 1.0066 1.0013 1.0080 1.0093 1.0017 1.0059 1.0076 03594 OSIPTEL /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G33/G2D /G32/G30/G30/G33/G2D/G43/G44/G2F/G4F/G53/G49/G50/G54/G45/G4C/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G65/G6C/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65 /G53/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G6C/G61/G6D/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G55/G73/G75/G61/G72/G69/G6F/G73 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 016-2004-CD/OSIPTEL Lima, 13 de febrero de 2004 MATERIA : Resolución que modifica la Resolución de Consejo Directivo Nº 003-2003-CD/OSIPTEL, que aprobóel Reglamento de Organización y Funciones del TRASU VISTO:El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, mediante el cual se modifica la Resolución de Con-sejo Directivo Nº 003-2003-CD/OSIPTEL, que aprobó elReglamento de Organización y Funciones del Tribunal Ad-ministrativo de Solución de Reclamos de Usuarios - TRA-SU; CONSIDERANDO:Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 58º del Reglamento General del Organismo Supervisor de Inver-sión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, este Or-ganismo tiene competencia exclusiva para conocer y re-solver los reclamos presentados por los usuarios contraempresas operadoras, en segunda instancia; Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 59º del citado Reglamento, OSIPTEL a través del TRASUresuelve los reclamos de usuarios, de acuerdo con las nor-mas contenidas en la Directiva de Atención de Reclamosa) Área Geográfica 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. b) Área Geográfica 2: Ancash, Lima, Provincia Consti- tucional del Callao e Ica. c) Área Geográfica 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huanca- velica, Ayacucho y Ucayali. d) Área Geográfica 4: Arequipa, Moquegua y Tacna.e) Área Geográfica 5: Loreto.f) Área Geográfica 6: Cusco, Puno, Apurímac, y Madre de Dios. Regístrese y comuníquese.EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe de Usuarios que emite OSIPTEL y demás normas com-plementarias; Que mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 015- 99-CD/OSIPTEL, se aprobó la Directiva que establece lasnormas aplicables a los procedimientos de atención de re-clamos de usuarios de servicios públicos de telecomunica-ciones; Que asimismo, mediante Resolución de Consejo Directi- vo Nº 003-2003-CD/OSIPTEL, se aprobó el Reglamentode Organización y Funciones del TRASU; Que el Artículo 9º del Reglamento mencionado en el párrafo precedente, establece que el TRASU elegirá entrelos Vocales al Presidente y Vicepresidente por el períodode un año. Asimismo, menciona las funciones generalesdel Presidente del TRASU; Que el Artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del TRASU establece que los Vocales percibenlos honorarios que fije el Consejo Directivo de OSIPTEL,salvo que sean funcionarios o empleados de OSIPTEL; Que este Organismo ha considerado conveniente preci- sar las funciones del Presidente del TRASU y establecerque cada Vocal perciba sus honorarios en función a lasresponsabilidades asignadas; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 193; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modificar el Artículo 9º de la Resolu- ción de Consejo Directivo Nº 003-2003-CD/OSIPTEL, queaprobó el Reglamento de Organización y Funciones delTribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usua-rios - TRASU, de acuerdo con el siguiente texto: "Artículo 9º.- Presidencia de las sesiones El TRASU elige entre los Vocales al Presidente y Vice- presidente por el período de un año. En la elección partici-pan, únicamente los Vocales titulares.Son funciones del Presidente del TRASU: 1. Definir la agenda de las sesiones de Sala Plena, en coordinación con la Secretaría Técnica del TRASU. 2. Convocar las sesiones de Sala Plena.3. Presidir y dirigir las sesiones de Sala Plena.