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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G37/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 20 de febrero de 2004 2003-EF/94.10, mediante escrito presentado el 29 de octubre de 2003, se solicitó ante esta Comisión Nacio-nal la autorización de funcionamiento de Small Enter-prise Assistance Funds Perú Sociedad Administradorade Fondos de Inversión S.A.C.; Que, con fecha 14 de noviembre de 2003, esta Comi- sión Nacional efectuó una visita de inspección a las ofi-cinas donde funcionará Small Enterprise AssistanceFunds Perú Sociedad Administradora de Fondos de In-versión S.A.C.; Que, mediante Oficio Nº 5609-2003-EF/94.55 del 25 de noviembre de 2003, se hicieron de conocimiento deSmall Enterprise Assistance Funds Perú Sociedad Ad-ministradora de Fondos de Inversión S.A.C., las obser-vaciones determinadas luego de evaluada la informaciónpresentada, habiéndose subsanado las mismas median-te escritos de fecha 3 de febrero de 2004; Que, de conformidad con la documentación que obra en el expediente, Small Enterprise Assistance FundsPerú Sociedad Administradora de Fondos de InversiónS.A.C. ha cumplido con lo previsto en el artículo 22ºdel Reglamento de Fondos de Inversión y sus Socieda-des Administradoras; y, Estando a lo dispuesto en el inciso a) del artículo 2º del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CO-NASEV, aprobado por el Decreto Ley Nº 26126; así comoen el Texto Único de Procedimientos Administrativos deCONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2002-EF; y a lo acordado por el Directorio de CONASEV re-unido en sesión de fecha 9 de febrero de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento de Small En- terprise Assistance Funds Perú Sociedad Administradorade Fondos de Inversión S.A.C., la cual también puede utili-zar la abreviatura SEAF PERU S.A.F.I. S.A.C. para admi-nistrar únicamente fondos de inversión y disponer su ins-cripción en la sección correspondiente del Registro Públi-co del Mercado de Valores. Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigen- cia el día de su notificación. Artículo 3º.- Transcribir la presente resolución a Small Enterprise Assistance Funds Perú Sociedad Administra-dora de Fondos de Inversión S.A.C. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA BARRIGA SAN MIGUEL Presidente 03311 INDECOPI FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 011-2004-INDECOPI/DIR Mediante Carta Nº 0168-2004/PRE-INDECOPI, el Ins- tituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Pro-tección de la Propiedad Intelectual, solicita se publique Fede Erratas de la Resolución de la Presidencia del Directo-rio de Indecopi Nº 011-2004-INDECOPI/DIR, publicada enla edición del 18 de febrero de 2004. DICE:CONSIDERANDO:(segundo párrafo)(...), la vigencia del mismo concluye con fecha 18 de febrero de 2004; DEBE DECIR: CONSIDERANDO: (segundo párrafo)(...) la vigencia del mismo concluye con fecha 15 de febrero de 2004;DICE: RESUELVE:(...)Artículo 3º.- (...) que se encontrasen en trámite, al 18 de febrero de 2004, ante la citada Comisión (...) DEBE DECIR:RESUELVE:(...)Artículo 3º.- (...) que se encontrasen en trámite, al 15 de febrero de 2004, ante la citada Comisión (...) 03567 I N E I /GCD/G6E/G64/G69/G63/G65/G73/G20/G55/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73 /G73/G65/G69/G73/G20/GE1/G72/G65/G61/G73/G20/G67/G65/G6F/G67/G72/GE1/G66/G69/G63/G61/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73 /G61/G20/G65/G6E/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G34 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 059-2004-INEI Lima, 17 de febrero del 2004CONSIDERANDO: Que, la Undécima Disposición Complementaria y Transito- ria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional deEstadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices Unificados de Precios para la aplicación de lasFórmulas Polinómicas de Reajuste Automático de los elemen-tos que determinen el costo de las obras; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha ela- borado el Informe Nº 02-01-2004-DTIE, referido a los ÍndicesUnificados de Precios para las seis (6) Áreas Geográficas 1, 2, 3,4, 5 y 6, correspondientes al mes de enero del 2004 y que cuentacon la aprobación de la Comisión Técnica del INEI, por lo queresulta necesario expedir la Resolución Jefatural correspondien-te, así como disponer su publicación en el Boletín Mensual deIndicadores de Precios de la Economía, que contiene la informa-ción oficial de los Índices Unificados de Precios de la Construc-ción; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Fun-ciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Índices Unificados de Precios para las seis (6) Áreas Geográficas correspondientes al mesde enero del 2004, que en Anexo debidamente autenticadoforma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los departamentos que comprenden las Áreas Geográficas a que se refiere el Art. 1º, son los siguientes: Área 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ca- jamarca, Amazonas y San Martín. Área 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica. Área 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacu- cho y Ucayali. Área 4: Arequipa, Moquegua y Tacna.Área 5: Loreto.Área 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios. Artículo 3º.- Los Índices Unificados de Precios, corres- ponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de obray otros elementos e insumos de la construcción, agrupadospor elementos similares y/o afines. En el caso de productosindustriales, el precio utilizado es el de venta ex fábrica inclu-yendo los impuestos de Ley y sin considerar fletes. Regístrese y comuníquese.EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe