TEXTO PAGINA: 50
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G37/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 20 de febrero de 2004 vos Disciplinarios toma conocimiento de la falta incurri- da, encontrándose aún facultada la Comisión para ac-cionar; Que, de conformidad con el numeral 2) del artículo 139º de la Constitución Política del Perú, ninguna autoridad pue-de avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdic-cional ni interferir en el ejercicio de sus funciones, tampo-co puede dejar sin efecto las resoluciones que han pasadoen autoridad de cosa juzgada, ni cortar procedimientos entrámite, ni modificar sentencias, ni retardar su ejecución.Asimismo, el artículo 4º del Texto Único Ordenado de laPoder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, señala que toda persona está obligada a acatar y darcumplimiento a las decisiones judiciales, emanadas de au-toridad judicial competente, en sus propios términos, sinpoder calificar su contenido o sus fundamentos, restringirsus efectos o interpretar sus alcances; por tanto no co-rresponde a la Comisión hacer ningún tipo de calificaciónsobre la sentencia emitida, dado la prohibición establecidapor la Carta Magna y la norma antes señalada; Que, la Comisión precisa que el Dr. Bobadilla, fue re- puesto a la Administración Pública mediante Resoluciónde la Gerencia General Nº 535-2003-MP-GG del 4 de se-tiembre del 2003, sin embargo, el citado servidor omitiócomunicar a la institución que aun estaba vigente el perío-do de inhabilitación, dispuesto por la Sala Mixta de la Cor-te Superior de Amazonas, sentencia confirmada por la SalaPenal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de Lima,con Resolución Nº 04 de octubre del 2002, reingresando alMinisterio Público no obstante la prohibición expresa; Contando con el visto del Gerente Central de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 161º del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto SupremoNº 005-90-PCM y de acuerdo con las facultades conferi-das por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 690-2001-MP-FN; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESTITUIR al servidor JUAN AN- DRES BOBADILLA CALDERON, Médico I de la Divisiónde Exámenes Clínicos Forenses Lima-Norte, por los fun-damentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo Segundo.- REMITIR copia de los actuados al Procurador Público, encargado de los Asuntos Judicialesdel Ministerio Público, para que inicie las acciones legales,en relación a la conducta del Dr. Bobadilla, quien ha venidolaborando en la institución, no obstante que aun estabavigente el período de inhabilitación, de acuerdo a la sen-tencia confirmada por la Sala Permanente de la Corte Su-prema de Justicia de Lima. Artículo Tercero.- Remitir copia autenticada de la pre- sente Resolución a la Gerencia Central de Personal, alÓrgano de Control Institucional, Presidencia del Consejode Ministros y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL RIVERA BUSTAMANTE Gerente General 03597 SBS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G72 /G63/G6F/G6D/G6F/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G64/G65/G6C/G20/G42/G61/G6E/G2D/G63/G6F/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G6E/G64/G65/G72/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G48/G69/G73/G70/G61/G6E/G6F/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN SBS Nº 191-2004 Lima, 11 de febrero de 2004EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Santander Cen- tral Hispano S.A., para que se autorice al señor GUSTAVOOSCAR MARIOSA LÓPEZ como su representante en elPerú, en sustitución del señor GONZALO DE LA PRESI-LLA ARROYO; y,CONSIDERANDO: Que, con fecha 6 de octubre del 2003, el Banco San- tander Central Hispano S.A., entidad financiera domici-liada en España, debidamente representada conformea sus Estatutos vigentes por el señor JOSÉ IGNACIOBENJUMEA CABEZA DE VACA, mediante instrumentopúblico, otorgó poderes al señor GUSTAVO OSCARMARIOSA LÓPEZ para representar al Banco Santan-der Central Hispano S.A. en el Perú; Que, el otorgamiento de poderes al señor GUSTA- VO OSCAR MARIOSA LÓPEZ consta por firmas lega-lizadas por el Dr. Jesús Guardo Santamaría del Cole-gio de Notarios de Madrid, legalizadas a su vez por laDra. Carmen Guijarro Gonzáles en representación delRegistro General y del Notariado, con firma a su vezlegalizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores deMadrid, por el Consulado General del Perú Madrid -España y por el Ministerio de Relaciones Exteriores delPerú; Estando informado por las Superintendencias Ad- juntas de Banca y Asesoría Jurídica mediante InformesNº DESF "C"-17-2004 y Nº 105-2004-LEG; y, De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 43º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema deSeguros y Orgánica de la Superintendencia de Bancay Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en ade-lante Ley General; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor GUSTAVO OSCAR MARIOSA LÓPEZ a actuar como representante en el Perúdel Banco Santander Central Hispano S.A., en sustitucióndel señor GONZALO DE LA PRESILLA ARROYO. En elejercicio de sus actividades, el nuevo representante debe-rá sujetarse a lo establecido en el Capítulo V del Título II dela Sección Primera de la Ley General. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 03550 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G65/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G45/G41/G46/G20/G50/G45/G52/G55/G20/G53/G2E/G41/G2E/G46/G2E/G49/G2E/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN CONASEV Nº 10-2004-EF/94.10 Lima, 12 de febrero de 2004 VISTOS: El Expediente Nº 2003027410 y el Informe Nº 041-2004- EF/94.55 de fecha 6 de febrero de 2004, presentados porla Gerencia de Intermediarios y Fondos, con la opinión fa-vorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Gerencial Nº 003-2003-EF/ 94.55 de fecha 23 de julio de 2003, se otorgó a Small En-terprise Assistance Funds y a los señores José GuillermoGarcía Herz y José Raimundo Morales Llosa, la autoriza-ción de organización de Small Enterprise Assistance FundsPerú Sociedad Administradora de Fondos de InversiónS.A.C. o SEAF PERU S.A.F.I. S.A.C.; Que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 12º de la Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Admi-nistradoras, Decreto Legislativo Nº 862, modificada porla Ley Nº 27641 y en el artículo 22º del Reglamento deFondos de Inversión y sus Sociedades Administrado-ras, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 042-