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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (21/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 91

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G39/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 21 de febrero de 2004 Gobierno Provincial de Chiclayo, de fecha 27 de enero del 2004, relacionada a las observaciones subsanadas de laLicitación Pública Nº 001-2003-GPCH, Programa del Vasode Leche Segunda Convocatoria; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucio- nal del Título IV de la Constitución Política del Estado de1993, señala el Artículo 194º que las MunicipalidadesProvinciales, tienen autonomía política, económica y ad-ministrativa; concordante con el artículo II del Título Pre- liminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autono-mía política, económica y administrativa en los asuntosde su competencia; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 757-2003- GPCH/A, de fecha 23 de junio del 2003, se dispone la nulidad de oficio del proceso de Licitación Pública Nº 001-2003-GPCH, Adquisición de Leche cruda entera devaca, para el Programa del Vaso de Leche del Gobier-no Provincial de Chiclayo, debiendo Retrotraerse dichoproceso a la etapa de formulación de bases yconvocatoria; Que, mediante el Informe del visto, presentado por el Comité Especial del Programa del Vaso de Leche, confor-mado por Resolución de Alcaldía Nº 1196-2003-GPCH/A,de fecha 26 de setiembre del 2003, dan cuenta a este des-pacho que se han subsanado las observaciones realiza-das por CONSUCODE a la segunda convocatoria de la Licitación Pública Nº 001-2003-GPCH, en lo referente a que se ha cumplido con remitir a dicho Organismo copiadel Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del año2003; así como su publicación de la referida Resolución enel Diario Oficial El Peruano; Que, asimismo las observaciones realizadas por CON- SUCODE a las bases y convocatoria de la indicada Licita- ción, son causales de Nulidad de dicho proceso, por lo queel Comité propone la declaración de la Nulidad de Oficiode todo el proceso; Que, la Segunda Convocatoria de la indicada Licitación no fue culminada en razón de haberse dado por concluida la designación de la presidenta y de un miembro titular del Comité Especial de Vaso de Leche conformado medianteResolución de Alcaldía Nº 839-A-GPCH/2003, lo que cons-tituye otra causal para la declaratoria de nulidad de la Se-gunda Convocatoria; Que, atendiendo a las recomendaciones formuladas por el nuevo Comité Especial de Vaso de Leche conformado mediante Resolución de Alcaldía Nº 1196/2003-GPCH/A,de fecha 26 de setiembre del 2003, es necesario emitir laResolución de Alcaldía declarando la Nulidad de Oficio dela Licitación Pública Nº 001-2003-GPCH en su segundaconvocatoria; Que, según lo prescrito por el inciso 2) del artículo 10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley Nº 27444, son vicios del Acto Administrativo quecausan su nulidad de pleno derecho, el defecto o la omi-sión de alguno de sus requisitos de validez, por lo que elefecto de la declaración de nulidad del acto adminis- trativo, es retrotraer el proceso, conforme a lo dispuesto por el numeral 12.1) del artículo 12º de la Ley antes aco-tada, y en el caso de autos debe ser de todo el procesode Licitación; Que, asimismo la nulidad será conocida y declarada por la Autoridad superior de quien dictó el acto adminis- trativo, conforme a lo señalado en el numeral 11.2 del artí- culo 11º de la Ley del Procedimiento Administrativo Gene-ral - Ley Nº 27444, en el presente caso está siendo decla-rada por el Titular del Pliego mediante la presente Resolu-ción; Estando a lo expuesto con la opinión de los Órganos competentes del Gobierno Provincial de Chiclayo y en uso de las competencias otorgadas por el artículo 20º inciso 6)de la Ley Nº 27972; y, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFI- CIO de todo el Proceso de Licitación Pública Nº 001-2003-GPCH, en su Segunda Convocatoria, en todo sus extre-mos, sobre la Adquisición de Leche cruda entera de vaca,para el Programa del Vaso de Leche del Gobierno Provin- cial de Chiclayo, por los fundamentos expuestos en la par-te considerativa de la presente Resolución, de conformi-dad a lo prescrito en el inciso 2) del artículo 10º de la Leydel Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444,concordante con el numeral 12.1 del artículo 12º de la Ley antes acotada. Artículo Segundo.- DISPONER que la Subgerencia de Tesorería y Finanzas, devuelva el valor de las BasesAdministrativas a los postores que lo adquirieron en dichoproceso de Licitación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Se- cretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de ley ycumplir con hacer de conocimiento a la Contraloría Gene-ral de la República y a CONSUCODE el contenido de lapresente. Dada en Palacio Municipal, a los dieciocho días del mes de Febrero de 2004 Regístrese, publíquese y cúmplase. ARTURO CASTILLO CHIRINOS Alcalde del Gobierno Provincial de Chiclayo 03605 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORROPÓN - CHULUCANAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G6F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G2D /G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G2C/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2004-MPM-CH EL ALCALDE DE LA PROVINCIA DE MORROPÓN - CHULUCANAS POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Morropón - Chulucanas, en Sesión Ordinaria Nº 001-2004-MPM-CH,de fecha 30 de enero del presente año; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Cons-titucional, señala que las Municipalidades tienen autono-mía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldía las funciones ejecutivas; Que, el Art. 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece una estructura administrativa geren-cial, sustentándose en los principios de programación, eje-cución, supervisión, control, legalidad, economía y trans- parencia; Que, el numeral 3 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece además, quees atribución del Concejo Municipal aprobar el régimende organización interior y funcionamiento del gobiernomunicipal; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 270-2003- MPM-CH, de fecha 10 de octubre del 2003, se declaróen Emergencia Administrativa y Financiera a la Municipa-lidad Provincial de Morropón - Chulucanas, tal como loestablece la Vigésima Disposición Complementaria dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por el lap- so de noventa días, para efectuar las reformas, cambios, reorganizaciones y demás actos administrativos y pre-supuestales que fueran indispensables para optimizarsus recursos y funciones;