Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2004 (21/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

MORDAZA, sabado 21 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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Gobierno Provincial de Chiclayo, de fecha 27 de enero del 2004, relacionada a las observaciones subsanadas de la Licitacion Publica Nº 001-2003-GPCH, Programa del Vaso de Leche MORDAZA Convocatoria; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Titulo IV de la Constitucion Politica del Estado de 1993, senala el Articulo 194º que las Municipalidades Provinciales, tienen autonomia politica, economica y administrativa; concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 757-2003GPCH/A, de fecha 23 de junio del 2003, se dispone la nulidad de oficio del MORDAZA de Licitacion Publica Nº 001-2003-GPCH, Adquisicion de Leche cruda entera de vaca, para el Programa del Vaso de Leche del Gobierno Provincial de Chiclayo, debiendo Retrotraerse dicho MORDAZA a la etapa de fo r mulacion de bases y convocatoria; Que, mediante el Informe del visto, presentado por el Comite Especial del Programa del Vaso de Leche, conformado por Resolucion de Alcaldia Nº 1196-2003-GPCH/A, de fecha 26 de setiembre del 2003, dan cuenta a este despacho que se han subsanado las observaciones realizadas por CONSUCODE a la MORDAZA convocatoria de la Licitacion Publica Nº 001-2003-GPCH, en lo referente a que se ha cumplido con remitir a dicho Organismo MORDAZA del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ano 2003; asi como su publicacion de la referida Resolucion en el Diario Oficial El Peruano; Que, asimismo las observaciones realizadas por CONSUCODE a las bases y convocatoria de la indicada Licitacion, son causales de Nulidad de dicho MORDAZA, por lo que el Comite propone la declaracion de la Nulidad de Oficio de todo el proceso; Que, la MORDAZA Convocatoria de la indicada Licitacion no fue culminada en razon de haberse dado por concluida la designacion de la presidenta y de un miembro titular del Comite Especial de Vaso de Leche conformado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 839-A-GPCH/2003, lo que constituye otra causal para la declaratoria de nulidad de la MORDAZA Convocatoria; Que, atendiendo a las recomendaciones formuladas por el MORDAZA Comite Especial de Vaso de Leche conformado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1196/2003-GPCH/A, de fecha 26 de setiembre del 2003, es necesario emitir la Resolucion de Alcaldia declarando la Nulidad de Oficio de la Licitacion Publica Nº 001-2003-GPCH en su MORDAZA convocatoria; Que, segun lo prescrito por el inciso 2) del articulo 10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444, son vicios del Acto Administrativo que causan su nulidad de pleno derecho, el defecto o la omision de alguno de sus requisitos de validez, por lo que el efecto de la declaracion de nulidad del acto administrativo, es retrotraer el MORDAZA, conforme a lo dispuesto por el numeral 12.1) del articulo 12º de la Ley MORDAZA acotada, y en el caso de autos debe ser de todo el MORDAZA de Licitacion; Que, asimismo la nulidad sera conocida y declarada por la Autoridad superior de quien dicto el acto administrativo, conforme a lo senalado en el numeral 11.2 del articulo 11º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, en el presente caso esta siendo declarada por el Titular del Pliego mediante la presente Resolucion; Estando a lo expuesto con la opinion de los Organos competentes del Gobierno Provincial de Chiclayo y en uso de las competencias otorgadas por el articulo 20º inciso 6) de la Ley Nº 27972; y, SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de todo el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 001-2003GPCH, en su MORDAZA Convocatoria, en todo sus extremos, sobre la Adquisicion de Leche cruda entera de vaca,

para el Programa del Vaso de Leche del Gobierno Provincial de Chiclayo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, de conformidad a lo prescrito en el inciso 2) del articulo 10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, concordante con el numeral 12.1 del articulo 12º de la Ley MORDAZA acotada. Articulo Segundo.- DISPONER que la Subgerencia de Tesoreria y Finanzas, devuelva el valor de las Bases Administrativas a los postores que lo adquirieron en dicho MORDAZA de Licitacion. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de ley y cumplir con hacer de conocimiento a la Contraloria General de la Republica y a CONSUCODE el contenido de la presente. Dada en Palacio Municipal, a los dieciocho dias del mes de Febrero de 2004 Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Gobierno Provincial de Chiclayo 03605

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORROPON - CHULUCANAS
Aprueban estructura organica administrativa, el Reglamento de Organizacion y Funciones y el Cuadro para Asignacion de Personal de la municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2004-MPM-CH EL MORDAZA DE LA PROVINCIA DE MORROPON - CHULUCANAS POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Morropon - Chulucanas, en Sesion Ordinaria Nº 001-2004-MPM-CH, de fecha 30 de enero del presente ano; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, senala que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, el Art. 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece una estructura administrativa gerencial, sustentandose en los principios de programacion, ejecucion, supervision, control, legalidad, economia y transparencia; Que, el numeral 3 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece ademas, que es atribucion del Concejo Municipal aprobar el regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno municipal; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 270-2003MPM-CH, de fecha 10 de octubre del 2003, se declaro en Emergencia Administrativa y Financiera a la Municipalidad Provincial de Morropon - Chulucanas, tal como lo establece la Vigesima Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por el lapso de noventa dias, para efectuar las reformas, cambios, reorganizaciones y demas actos administrativos y presupuestales que fueran indispensables para optimizar sus recursos y funciones;

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