TEXTO PAGINA: 86
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G39/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 21 de febrero de 2004 /G41/G64/G65/G63/G75/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G30/G35/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G41/G43/G53/G53/G2C /G61/G6C/G20/G6D/GE1/G78/G69/G6D/G6F/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G2D/G74/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F ACUERDO DE CONCEJO Nº 21-2004-ACSS Santiago de Surco, 16 de febrero de 2004 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha, en atención al Dictamen Nº 010-2004-CAJ/MSS, emitido por la Comisión de Asuntos Jurídicos; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 05-2004-ACSS, se ratificó el Acuerdo de Concejo Nº 13-2003-ACSS de fe-cha 12.FEB.2003, que ratificó la Escala Remunerativa delPersonal de la Municipalidad de Santiago de Surco, apro-bada por Resolución Nº 854-2001-RASS de fecha21.DIC.2001; Que, teniendo en cuenta la publicación del Reglamento Interno de Concejo, se deberá de adecuar a dicho marconormativo la retribución del señor Alcalde durante el ejerci-cio 2004, la misma que se encuentra debidamente incluidaen el Presupuesto Institucional de Apertura 2004 de laMunicipalidad, dándose riguroso cumplimiento a lo dispues- to en el artículo 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, en ese sentido resulta necesario modificar el Acuerdo de Concejo Nº 05-2004-ACSS del 9.ENE.2004,debiéndose adecuar sus alcances al máximo permitido delartículo 13º del Reglamento Interno del Concejo; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9º numeral 28), 21º, 41º y 44º de la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura yaprobación del Acta, por Unanimidad, se adopto el siguiente: ACUERDO 1. Adecuar el Acuerdo de Concejo Nº 05-2004-ACSS, al máximo establecido en el artículo 13º del ReglamentoInterno de Concejo aprobado por Ordenanza Nº 170-MSS. 2. Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Acuerdo. 3. Encargar a la Secretaria General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se regístrese, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 03635 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F /G64/G65/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G52/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C ORDENANZA Nº 005-2004-MDLP La Perla, 24 de enero del 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLAPOR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24.1.2004, el Dictamen emitido por la Comisión de Asun-tos Legales, sobre el Proyecto de Ordenanza de Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Per-la, elaborado por la Dirección de Servicios Sociales y Cul- turales; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalida- des en su artículo 102º, regula la organización y estructura del Concejo de Coordinación Local Distrital, que está cons- tituido por el Alcalde, quien lo preside pudiendo delegar talfunción en el Teniente Alcalde, los Regidores Distritales y los representantes de las Organizaciones Sociales de Base, Juntas Vecinales, gremios de trabajadores de empleados ycualquier otra forma de organización de nivel distrital como un órgano de coordinación y concertación de las Munici- palidades Distritales; Que, el artículo 9º inciso 8) de la Ley Nº 27972, que establece que es atribución del Concejo Municipal, apro- bar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efectolos acuerdos; Que, el artículo 104º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece las funciones del Consejode Coordinación Local Distrital establecido como una de sus funciones la de coordinar y participar en la programa- ción del presupuesto participativo distrital y el Plan de De-sarrollo Municipal Distrital Concertado; Que, el tercer párrafo del artículo 102º de la Ley Nº 27972, establece “los representantes de la sociedad civilson elegidos democráticamente por un período de dos (2) años entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones a nivel distrital que se haya inscrito en elRegistro que abrirá para tal efecto, la Municipalidad Distri- tal siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de tres años de actividad institucional comproba-da”, motivo por el cual las organizaciones interesadas en participar en las elecciones para elegir a sus representan- tes ante el Consejo de Coordinación Local Distrital por unperíodo de dos (2) años deberá previamente registrarse en el padrón correspondiente; Que, la visión de la Municipalidad Distrital de La Perla, se sustenta en un gobierno local, democrático, representativo planificador y concertador para lograr el desarrollo humano en una participación ciudadana con la finalidad de reconocerla importancia de las propuestas de las organizaciones de la comunidad y fortalecer los mecanismos de participación y las prácticas democráticas de la ciudadanía organizada enbúsqueda conjunta de soluciones y toma de decisiones; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de laLey Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades con el voto UNÁNIME de los señores(as) Regidores(as) y con la dis- pensa de lectura y aprobación del Acta se ha dado la si-guiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento para el Pro- ceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de laMunicipalidad Distrital de La Perla, el cual forma parte inte- grante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encárguese a la Dirección de Ser- vicios Sociales y Cultural, la Oficina de Participación Veci- nal, la Oficina de Planificación, Presupuesto, Racionaliza- ción, Estadística e Informática, el cumplimiento de la pre-sente Ordenanza. REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- FINALIDAD DE LA ORDENANZA La presente Ordenanza tiene por finalidad normar los procedimientos por los cuales las organizaciones de la