Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2004 (21/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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GERENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD Nº ORDEN 030.01.1

NORMAS LEGALES
ANEXO DE LA ORDENANZA Nº 174-MSS

MORDAZA, sabado 21 de febrero de 2004

INFRACCION % U.I.T. Por carecer de carne de salud los trabajadores (manipuladores de alimentos) del establecimiento comercial dedicado a la comercializacion, elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas Por encontrarse el carne de salud vencido de los trabajadores (manipuladores de alimentos) del establecimiento comercial dedicado a la comercializacion , elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas Por incumplir el conductor del establecimiento comercial dedicado a la elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas con las disposiciones relativas a la capacitacion obligatoria de los manipuladores de alimentos Por permitir que en el establecimiento comercial dedicado a la elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas laboren manipuladores de alimentos incumpliendo con las disposiciones de higiene personal y aquellas destinadas a la atencion al publico . Por permitir que en el establecimiento comercial dedicado a la elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas, laboren manipuladores de alimentos enfermos o con signos visibles de enfermedad. Por no contar el establecimiento comercial dedicado a la elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas con servicios higienicos o no mantenerlos limpios, con la adecuada instalacion sanitaria, ventilacion y con los implementos necesarios, sin perjuicio de ordenarse la clausura transitoria o definitiva del mismo. Por no contar el establecimiento comercial dedicado a la elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas con las condiciones de ventilacion, iluminacion, libre acceso que impidan o limiten una adecuada atencion y seguridad de los usuarios, sin perjuicio de ordenarse la clausura transitoria o definitiva del mismo. Por no contar el establecimiento comercial dedicado a la elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas con las estructuras fisicas en buen estado de conservacion e higiene, sin perjuicio de ordenarse la clausura transitoria o definitiva del mismo. Por no abastecerse de agua potable y contar con sistemas apropiados de disposicion de agua servidas y residuos solidos el establecimiento comercial dedicado a la elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas, sin perjuicio de ordenarse la clausura transitoria o definitiva del mismo. Por no proteger, conservar, almacenar y/o transportar de acuerdo a las normas sanitarias el conductor del establecimiento comercial los alimentos y bebidas para su comercializacion, sin perjuicio de ordenarse la clausura transitoria o definitiva del mismo. Por no contar el establecimiento comercial dedicado a la elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas con equipos operativos que aseguren la cadena de frio cuando se almacenen y expendan los mismos. Por negarse el conductor del establecimiento comercial que realiza la elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas a la inspeccion, a la toma de muestras, destruccion, inmovilizacion y/o decomiso de los mismos, sin perjuicio de ordenarse la clausura transitoria o definitiva del mismo. Por comercializar alimentos y bebidas no aptos para el consumo humano, sin perjuicio de ordenarse clausura transitoria o definitiva del establecimiento comercial y de formularse la denuncia penal correspondiente Por comercializar alimentos y bebidas sin el respecitvo registro sanitario obligatorio, a excepcion de aquellos alimentos en estado natural como granos, frutas, hortalizas, carnes, huevos, entre otros, sin perjuicio de ordenarse la inmovilizacion o decomiso de los mismos y de formularse la denuncia penal correspondiente. Por comercializar alimentos y bebidas con fecha de vencimiento expirada, falsificados, con envases abollados, adulterados, de origen desconocido, deteriorados, contaminados o sin rotulo, incluyendo aquellos alimentos en estado natural como granos, frutas, hortalizas, carnes, huevos, entre otros, sin perjuicio de ordenarse la inmovilizacion o decomiso de los mismos y formularse la denuncia penal correspondiente. Por exhibir, almacenar y/o comercializar alimentos junto a productos toxicos como detergentes, jabones, desinfectantes y otros de alto riesgo, sin perjuicio de ordenarse la inmovilizacion o decomiso de los mismos. Por permitir la presencia de mascotas y animales domesticos en los ambientes del establecimiento comercial dedicados a la elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas, sin perjuicio de ordenarse su retencion. 5%

SANCION MEDIDA COMPLEMENTARIA

030.01.2

2.5%

030.01.3

10%

030.01.4

10%

030.01.5

10%

030.01.6

15%

CLAUSURA TRANSITORIA O DEFINITIVA

030.01.7

15%

CLAUSURA TRANSITORIA O DEFINITIVA

030.01.8

15%

CLAUSURA TRANSITORIA O DEFINITIVA CLAUSURA TRANSITORIA O DEFINITIVA

030.01.9

15%

030.01.10

20%

CLAUSURA TRANSITORIA O DEFINITIVA

030.01.11

15%

030.01.12

30%

CLAUSURA TRANSITORIA O DEFINITIVA

030.01.13

40%

CLAUSURA TRANSITORIA O DEFINITIVA INMOVILIZACION DECOMISO

030.01.14

40%

030.01.15

40%

INMOVILIZACION DECOMISO

030.01.16

15%

INMOVILIZACION DECOMISO

030.01.17

20%

RETENCION

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