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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G39/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 22 de febrero de 2004 encima de las atribuciones principales, esenciales, que constituyen la razón de ser de la referida Gerencia, en-carnadas en articular el derecho fundamental contenidoen el numeral 17 del artículo 2º de la Constitución Políti-ca del Estado, y brindar los espacios de participaciónnecesaria para el ejercicio de este derecho; Que, no obstante lo señalado en el párrafo anterior, el Numeral 03 del Anexo N° 03 del Cuadro de Infraccio-nes y Sanciones de la Ordenanza N° 112, Régimen deAplicación de Sanciones Administrativas de la Munici-palidad de Miraflores, tipifica una serie de infraccionescuya sanción se le atribuye a la Gerencia de Fomento, Cultura y Turismo, pero que no necesariamente son com- patibles con sus esenciales atribuciones, generando unaburocratización innecesaria que no le permite cumplir acabalidad su rol dentro del desarrollo de la política cultu-ral del distrito; Que, por tal motivo, se ha revisado con minuciosi- dad el listado de Infracciones y Sanciones contenido en el precitado Numeral 03 del Anexo N° 03 del Cua-dro de Infracciones y Sanciones de la Ordenanza N°112, Régimen de Aplicación de Sanciones Adminis-trativas de la Municipalidad de Miraflores, advirtien-do que, en efecto, se tipifica una serie de infraccio- nes cuya sanción, en esencia, no le corresponde a la Gerencia de Fomento, Cultura y Turismo, encajandomás bien con la naturaleza de otras áreas que for-man parte de la Estructura Administrativa de esta Co-muna; Que, el propósito de esta medida es el de dotar de un mayor dinamismo a la Gerencia de Fomento, Cultura y Turismo, para que ésta, en cumplimiento de sus finesnormativamente establecidos, sea un canal eficaz parala plasmación, en la realidad, del derecho fundamental ala cultura, y de las políticas que en ese sentido han sidoestablecidas por la presente gestión municipal; De conformidad con lo establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Con-cejo con dispensa de aprobación del Acta aprobó porUNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA Modificatoria del Numeral 03 del Anexo N° 03 del Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Ordenanza N° 112 Artículo 1º.- Objeto: Modificase el Numeral 03 del Anexo N° 03 del Cuadro de Infracciones y Sanciones dela Ordenanza N° 112, publicado en el Diario Oficial ElPeruano con fecha 2 de enero de 2003, en los siguien-tes términos: Código de Infracción, Código de Infracción, descripción, y órgano descripción y sancionador órgano sancionador (Originario) (Modificado por esta norma) 03-101 Permitir trabajar a menores de 01-154 Permitir trabajar a menores18 años en salones de billar, cabarets, de 18 años en salones de billar,centros nocturnos, boites y discotecas – cabarets, centros nocturnos, boites -Gerencia de Fomento, Cultura y Turismo Gerencia de Comercialización 03-102 Permitir el ingreso de menores de 01- 155 Permitir el ingreso de meno- edad a los salones de baile, discotecas res de edad a los salones de baile,exclusivas para mayores de edad, y a peñas discotecas exclusivas para mayoresy similares, boites, casinos, salones de de edad, y a peñas y similares, bingo, salones de juego (billas y billares), y boites, casinos, salones de bingo, similares – Gerencia de Fomento, Cultura salones de juego (billas y billares), y y Turismo similares – Gerencia de Comercialización 03-103 Expender revistas o vídeos 01-156 Expender revistas o vídeospornográficos a menores de edad – pornográficos a menores de edad -Gerencia de Fomento, Cultura y Turismo Gerencia de Comercialización 03-104 Permitir el ingreso de menores sin 01-157 Permitir el ingreso de la compañía de sus padres o responsables menores sin la compañía de sus a locales de hospedaje – Gerencia de padres o responsables a locales deFomento, Cultura y Turismo hospedaje – Gerencia de ComercializaciónCódigo de Infracción, Código de Infracción, descripción, y órgano descripción y sancionador órgano sancionador (Originario) (Modificado por esta norma) 03-203 Permitir el propietar io y/o el 01-158 Permitir el propietario y/o el conductor que en el establecimiento o local conductor que en el establecimientose ejerza la prostitución clandestina – o local se ejerza la prostitución Gerencia de Fomento, Cultura y Turismo clandestina – Gerencia de Comercialización 03-204 Consumir bebidas alcohólicas en la ......... Consumir bebidas alcohólicasvía pública y/o en el interior de vehículos en la vía pública y/o en el interior de alterando el orden público - Gerencia de vehículos alterando el orden público Fomento, Cultura y Turismo – Subgerencia de Operaciones. 03-302 Perturbar la tranquilidad de los ......... Perturbar la tranquilidad de vecinos – Gerencia de Fomento, Cultura los vecinos – Subgerencia de y Turismo Operaciones. 03-303 Permitir el consumo o venta de ......... Permitir el consumo o venta drogas – Gerencia de Fomento, Cultura de drogas – Subgerencia de y Turismo Operaciones. 03-501 Presentar a la autoridad municipal ......... Pres entar a la autoridad documentos falsos y/o adulterados – municipal documentos falsos y/oGerencia de Fomento, Cultura y Turismo adulterados – Secretaría General 03-502 Formular denuncia maliciosa o sin ......... Form ular denuncia maliciosa fundamento ante la autoridad municipal – o sin fundamento ante la autoridad Gerencia de Fomento, Cultura y Turismo municipal – El órgano que corres- ponda en función de la materiade la denuncia 03-503 Abrir el establecimiento antes de 01-159 Abrir el establecimiento antescumplido el plazo señalado en el Cuadro de cumplido el plazo señalado en elde Infracciones y Sanciones, para la Cuadro de Infracciones y Sanciones,clausura temporal – Gerencia de Fomento, para la clausura temporal - Gerencia Cultura y Turismo de Comercialización 03-701 No izar la bandera nacional o colo- ........ No izar la bandera nacional o carla en forma indebida en las fechas y colocarla en forma indebida en lasoportunidades señaladas por la autoridad fechas y oportunidades señaladas correspondiente - Gerencia de Fomento, por la autoridad correspondiente – Cultura y Turismo Subgerencia de Operaciones. 03-702 Encontrarse los símbolos patrios ........ Enco ntrarse los símbolos en mal estado, deteriorados o antihigiénicos patrios en mal estado, deteriorados – Gerencia de Fomento, Cultura y Turismo o antihigiénicos - Subgerencia de Operaciones. Artículo 2º.- Vigencia de la norma: La presente norma entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publica-ción en el Diario Oficial El Peruano, declarándose la compe-tencia plena de la Gerencia de Fomento, Cultura y Turismo,en la tramitación de los respectivos procedimientos adminis-trativos sancionadores generados con anterioridad a tal vi- gencia, de acuerdo con lo que establece la Ordenanza N° 112, así como también el artículo 63º de la Ley N° 27444,Ley del Procedimiento Administrativo General. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 03658 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F /G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 ORDENANZA Nº 146 Miraflores, 17 de febrero de 2004 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha; y,