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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (22/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 36

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G39/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 22 de febrero de 2004 2002-TR, para lo cual la Dirección de Bienestar Social hará entrega de una constancia para el control respecti-vo. c) El procedimiento para obtener la autorización de operación en la vía pública, así como el derecho anualque le corresponde, serán incorporados al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Munici- palidad de La Victoria. Artículo 9º.- Todo Lustrador de Calzado debe cum- plir con las siguientes condiciones: a) Debe contribuir con la Seguridad Ciudadana del entorno de su puesto. b) Portar obligatoriamente el fotocheck otorgado por su Sindicato. c) Exhibir el tarifario Oficial de sus servicios dentro del módulo de acuerdo al Mercado o Zona. Artículo 10º.- Los Trabajadores del Servicio de Lus- trado de Calzado deberán usar obligatoriamente el uni-forme de trabajo establecido por la Municipalidad, suBase Sindical y la FENTRALUC. a) UNIFORME DE INVIERNO ; Camisa de color azu- lino manga larga, chompa azul marino cuello “V”, panta-lón de color azul marino, gorra color azul marino. b) UNIFORME DE VERANO ; Camisa de color azuli- no manga corta, pantalón de color azul marino, gorra colorazul marino. Artículo 11º.- Los Lustradores de Calzado como miembros integrantes de la Red Turística del distrito deLa Victoria, serán capacitados para brindar InformaciónTurística al Público en general en coordinación con laDirección de Bienestar Social de la Municipalidad. CAPÍTULO V 5.- DE LAS PROHIBICIONES Artículo 12º.- Los conductores de los módulos están prohibidos de: a) Prestar servicios distintos al de Lustrador de Cal- zado y actividades afines. b) Atender en su módulo en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas u otras substancias tóxicas. c) Protagonizar o provocar escándalos públicos.d) Colocar junto o adherido a su módulo cualquier otra instalación adicional o aditamentos aéreos. e) Utilizar megáfonos, equipos de música, amplifica- dores de sonido y otros medios generadores de ruidos molestos que atenten contra la tranquilidad pública. f) Emplear a persona distinta a la autorizada en el artículo 5º. g) Ser propietarios o conductores de otros estableci- mientos comerciales formales o informales. h) Usar o conducir más de un módulo en la vía públi- ca, cualesquiera sea el rubro en el que se desempeñe. i) Traspasa, subarrendar, ceder o vender el módulo a terceros. CAPÍTULO VI 6.- DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y DE SANCIONES Artículo 13º.- La Dirección de Rentas y la Dirección de Seguridad Ciudadana son los órganos administrati-vos encargados del estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 14º.- Se considera infracción a las acciones u omisiones de los comerciantes cuando éstos transgre-dan las normas establecidas en la presente Ordenanzau otras disposiciones Municipales, en cuyo caso el con-ductor se hará acreedor de las sanciones correspondien- tes, de conformidad con el Cuadro de Infracciones y San- ciones aprobado por Ordenanza Nº 028-MDLV y el Re-glamento de Aplicación de Sanciones aprobado por Or-denanza Nº 033-MDLV; llegando incluso a la revocatoriade la Autorización Municipal.DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Dirección de Rentas, a la Dirección deBienestar Social y la Dirección de Seguridad Ciudada- na. Segunda.- La presente ORDENANZA entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Tercera.- Facúltese al señor Alcalde para que me- diante un Decreto de Alcaldía, establezca las disposi- ciones complementarias que permitan el mejor cumpli- miento de la presente Ordenanza. Cuarta.- Deróguese las disposiciones y normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, comunique, publique y cumpla. ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde 03703 MUNICIPALIDAD DE LURÍN /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6C /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G64/G65/G20/G76/GED/G61/G73/G20/G79/G20/G65/G73/G70/G61/G63/G69/G6F/G73/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G6F/G6A/G6F/G20/G79/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G2D/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G73/G69/G64/G75/G6F/G73/G20/G73/GF3/G6C/G69/G64/G6F/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 019-2004-MDL Lurín, 13 de febrero del 2004 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN POR CUANTO: Visto en Sesión de Concejo Extraordinaria de la fe- cha, celebrada en la Biblioteca Municipal de la Zona "B",presidida por el señor Alcalde José Luis Ayllón Miní y con la asistencia de los señores Regidores José Arakaki Nakamine, Rafael Romero Dreyfus, Elsa Andrade Vilca,Leonor Casimiro Reyes, Jorge Laviña Pérez y CarlosCuadros Solís, el Informe Nº 008-2004-DAG/MDL, pre-sentado por la Dirección de Administración General; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vistos la Dirección de Administración General informa la necesidad deDeclarar en Situación de Urgencia el Servicio de Lim-pieza de Vías y Espacios Públicos y el Servicio de Re- cojo y Transporte de Residuos Sólidos del distrito de Lurín, por lo tanto, se tiene que efectuar la contrataciónde una persona natural o jurídica para que brinde el ser-vicio actuando de conformidad con el Art. 21º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado; Que, al amparo de los artículos 19º inciso c) y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-01-PCM y su Reglamento, las entidades del Estado seencuentran facultadas a declarar la Urgencia ante la even-tualidad de la inexistencia de determinados bienes o ser- vicios cuyo suministro es de esencial necesidad, que- dando así exonerados de la convocatoria al proceso deselección que corresponda; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes para el Año Fiscal 2004 de la Municipalidad de Lurínfue aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 013- 2004-ALC/ML de fecha 19 de enero del presente año; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, ha cumplido con evacuar el Informe Nº 039-2004/OAL/MDL, informe legal