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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (27/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G32/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 27 de febrero de 2004 culmine las acciones legales que correspondan contra doña Irene Victoria Marín Chacón; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes yComunicaciones, para que en representación y defensade los intereses del Estado, inicie y culmine las accioneslegales que correspondan contra doña IRENE VICTORIAMARIN CHACÓN, por las razones expuestas en la parteconsiderativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso al mencionado Procura-dor Público, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 03932 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G2D /G6E/G61/G73/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G68/G61/G62/G65/G72/G20/G69/G6E/G63/G75/G72/G72/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E /G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G73/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 136-2004 MTC/11 Lima, 23 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que, doña Rosa Esperanza Morales Cabanillas, median- te solicitudes de Registros Nºs. 2003-012268 y 2003-012266,ambas presentadas con fecha 16 de junio del 2003, en sucalidad de pensionista cesante de este Ministerio, pide se leabone Subsidio por Fallecimiento y Gastos de sepelio por eldeceso de su señor padre don Walter Morales Alva; Que, evaluada la solicitud presentada, el Director de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General deRecursos Humanos remite a la recurrente el Oficio Nº 1112-2003-MTC/11.03 del 14 de julio del 2003 habiendo obser-vado que en la Partida de Nacimiento presentada con elobjeto de acreditar el entroncamiento familiar con el difun-to, sólo se consignaba el nombre de Walter Morales, lo cualdifería del Acta de Defunción y la Boleta de Venta 002 Nº000201 que consignaban los nombres de Walter MoralesAlva y Walter Ramiro Morales Alva, respectivamente; Que, mediante Oficio Nº 001/REMC-03 recibido el 25 de agosto del 2003, doña Rosa Esperanza Morales, da res-puesta en parte al Oficio Nº 1112-2003-MTC/11.03 adjun-tando su Partida de Nacimiento, la misma que fue expedi-da por la Municipalidad Provincial de Contumazá el 15 demayo del 2003; Que, la Oficina General de Recursos Humanos llevó a cabo una fiscalización posterior respecto de las partidasde nacimiento presentadas por la recurrente, expedidas porla Municipalidad Provincial de Contumazá. Esta entidadcontestó con Oficio Nº 396-MPC-2003 señalando que enla Partida de Nacimiento original no se encuentra consig-nado el apellido materno, por lo que considera que dichapartida ha sido adulterada, observándose la palabra Alva,escrita con otro tipo de máquina; Que, el artículo 427º del Código Penal señala con rela- ción al delito de Falsificación de documentos "El que hace,en todo o en parte, un documento falso o adultera uno ver-dadero que pueda dar origen a derecho u obligación o ser-vir para probar un hecho, con el propósito de utilizar el do-cumento, será reprimido, si de su uso puede resultar algúnperjuicio, con pena privativa de libertad no menor de dos nimayor de diez años y con treinta a noventa días-multa sise trata de un documento público, registro público, títuloauténtico o cualquier otro transmisible por endoso o al por-tador y con pena privativa de libertad no menor de dos nimayor de cuatro años, y con ciento ochenta a trescientossesenta y cinco días-multa, si se trata de un documento. Elque hace uso de un documento falso o falsificado, como sifuese legítimo, siempre que de su uso pueda resultar al-gún perjuicio, será reprimido, en su caso, con la mismapena";Que, los hechos descritos relacionados con la adulte- ración de un documento público se encuadrarían dentrodel tipo penal del delito de falsificación de documentos, porlo que es necesario autorizar al Procurador Público delMinisterio de Transportes y Comunicaciones a efectos queinterponga las acciones legales que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encarga- do de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes yComunicaciones, para que en representación y defensade los intereses del Estado, inicie y culmine las accioneslegales que correspondan contra ROSA ESPERANZA MO-RALES CABANILLAS y los que resulten responsables porlos hechos descritos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Pú-blico, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 03933 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G62/G75/G73/G74/G69/G62/G6C/G65 /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 140-2004-MTC/01 Lima, 23 de febrero de 2004 VISTOS:El Informe Técnico Nº 060-2004-MTC/10 de la Oficina General de Administración e Informe Legal Nº 294-2004-MTC/08 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, rela-cionados con la solicitud de la expedición de la ResoluciónMinisterial correspondiente para autorizar la exoneracióndel proceso de selección para la adquisición de combusti-ble para las unidades vehiculares del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 060-2004-MTC/ 10 de la Oficina General de Administración, en la actuali-dad el parque automotor del Ministerio de Transportes yComunicaciones cuenta con una flota de 48 vehículos ope-rativos con una dotación de combustible autorizada, desti-nados a apoyar las labores de la Alta Dirección, así comoal apoyo administrativo y técnico de las Direcciones Gene-rales de Telecomunicaciones y Circulación Terrestre y alas emergencias viales a cargo de la Dirección General deCaminos y Ferrocarriles, ascendiendo el gasto mensualpor concepto de combustible a la suma de S/. 51,210.04; Que, según se desprende del citado Informe Técnico, la Oficina General de Administración es la encargada dehacer efectiva las facilidades que otorga la normatividadpara que el Ministro, Viceministros y funcionarios del másalto nivel puedan desarrollar las funciones propias del car-go sin mayores contratiempos al proporcionarles, entreotros, movilidad con una dotación adecuada de combusti-ble. Asimismo, es la encargada de la atención de combus-tible que requiere la Oficina de Equipo Mecánico de la Di-rección General de Caminos y Ferrocarriles, para el nor-mal desarrollo de sus actividades, para que la referida Ofi-cina movilice la maquinaria pesada para hacer frente a lasemergencias viales que en esta época del año se presen-tan con mayor frecuencia; Que, de acuerdo a los términos del Informe Técnico, el Contrato Nº 511-2002-MTC/15.12 relacionado a la adqui-sición de combustible, ha sido prorrogado mediante unaaddenda por el 30% del monto total del mismo, monto máxi-mo permitido por la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, permitiendo mantener el normal suminis-tro de combustible hasta el 20 de febrero del presente añoaproximadamente;