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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (27/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G32/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 27 de febrero de 2004 por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Regla- mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM,y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001 - Adminis-tración General del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, de acuerdo al cuadro que, como Anexo, formaparte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que el Jefe de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General ponga en co-nocimiento del Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones del Estado - CONSUCODE y de la Comi-sión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa -PROMPYME, la modificación efectuada a través de lapresente resolución. Artículo 3º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones de la Unidad Ejecutora 001 - Administración Ge-neral se encuentra a disposición del público en general enla página web http://www.mtc.gob.pe y en la Dirección deAbastecimiento de la Oficina General de Administracióndel Ministerio de Transportes, ubicada en Av. 28 de JulioNº 800 - Lima, donde podrá ser revisado y/o adquirido alprecio de costo de su reproducción. Artículo 4º.- La Secretaría General queda encargada de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi-cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguien-tes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 03940 VIVIENDA /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G76/GED/G63/G74/G69/G6D/G61/G73 /G64/G65/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G6F/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G2D /G74/G6F/G20/G54/G65/G63/G68/G6F/G20/G50/G72/G6F/G70/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 058-2004-VIVIENDA Lima, 26 de febrero de 2004 CONSIDERANDO:Que, las conclusiones números 65 y 67 del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, señalan que lasvíctimas de la violencia terrorista deben recibir atenciónpreferente por parte del Estado, sugiriendo la implementa-ción de un "Programa Integral de Reparaciones"; donde secombinan reparaciones individuales y colectivas, simbóli-cas y materiales de resarcimiento; Que, resulta necesario implementar mecanismos di- rigidos a las personas que fueron víctimas del terroris-mo, en el marco del Proyecto Techo Propio, con el obje-to de poder otorgar un trato preferencial a dicho sectorpoblacional, siendo necesario modificar para dicho pro-pósito el Reglamento Operativo del Bono Familiar Ha-bitacional, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº247-2003-VIVIENDA, para incorporar dicho concepto; Conforme a lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento, su Reglamento, aprobado median-te Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y el DecretoSupremo Nº 030-2003-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modificación del Reglamento Operativo del Bono Familiar Habitacional Incorpórese el numeral 1.46 al artículo 1º y el numeral 13.8 al artículo 13º del Reglamento Operativo del BonoFamiliar Habitacional, aprobado por Resolución MinisterialNº 247-2003-VIVIENDA, los que quedarán redactados dela siguiente manera: "1.46 Víctima del Terrorismo: La persona que ha sido reconocida y registrada por la autoridad competente como víctima del terrorismo.""13.8.- Puntos por Víctima del Terrorismo Se otorgarán diez (10) puntos adicionales, en los ca- sos en que el Grupo Familiar Postulante: a) El jefe (a) de familia o dependientes tuvieran la con- dición de víctimas del terrorismo; b) El jefe (a) de familia haya perdido a su cónyuge y/o dependientes por causas de acto terrorista; y, c) El jefe (a) de familia haya perdido a sus padres o a uno de ellos por acto terrorista y que en la oportunidad delsuceso aquel se hubiera encontrado bajo su dependen-cia." Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 04076 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6D/G65/G6A/G6F/G72/G61/G72 /G6C/G61/G20/G61/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G65/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G65/G73 /G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G56/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G2C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79 /G53/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 059-2004-VIVIENDA Lima, 26 de febrero de 2004 CONSIDERANDO:Que, el Supremo Gobierno dentro de sus políticas para la Reforma del Estado, ha propuesto que los di-versos Sectores implementen medidas para mejorar laatención de los administrados en las Entidades Públi-cas; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento, dentro de sus atribuciones y facultades como enterector del Sector VIVIENDA, dicta las políticas de atenciónal usuario, para beneficiar a un mayor número de adminis-trados; De conformidad con lo establecido en las Leyes Nºs. 27779 y 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIEN-DA; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Atención al Público los días Sába- dos A partir del día sábado 6 de marzo del 2004, todas las oficinas de atención al público a nivel nacional de las si-guientes Entidades e Instancias atenderán al público, adi-cionalmente a sus horarios habituales, los días sábadosde 9 a.m. a 5 p.m.: Banco de Materiales S.A.C. - BANMAT. Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda - Fon- do MIVIVIENDA. Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL. Servicio Nacional de Normalización, Capacitación e Investigación para la Industria de la Construcción - SEN-CICO. La Vitrina Inmobiliaria, a cargo de la Dirección Nacional de Vivienda. Artículo Segundo.- Ejecución de la Medida en el Marco de Austeridad La implementación de la medida dispuesta en el ar- tículo anterior, no deberá generar mayores gastos enlas Entidades e Instancias citadas. Asimismo, éstasdeberán establecer un sistema de turnos y de días dedescanso, para que la carga horaria laboral no se veaincrementada. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 04077