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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G35/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 29 de febrero de 2004 los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al ejercicio2004, hasta el 15 de marzo del presente año. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Administra- ción Tributaria el cumplimiento de la presente disposi-ción. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Prorróguese los beneficios del 10% y 4% otorgados en la Segunda Disposición Transitoriay Final de la Ordenanza Nº 172-MSS literal A-1 y B-1 respectivamente, a los contribuyentes que cumplan con pagar las cuatro cuotas trimestrales de arbitriosdel 2004, hasta la fecha de vencimiento establecidaen la presente Ordenanza. Segunda.- Los pagos efectuados por los contribuyentes inscritos en el Sistema de Pago Re- currente mediante Tarjeta de Crédito e ingresados a la Municipalidad dentro de los siete (7) días siguien-tes a la fecha de vencimiento señalado en el Artículo1º de la presente Ordenanza, serán considerados sinaplicación de interés moratorio y sin perder el bene-ficio de descuento conferido por la Segunda Disposi- ción Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 172- MSS. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 04243 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G4C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61 /G64/G65/G20/G4F/G62/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G44/G65/G6D/G6F/G6C/G69/G63/G69/GF3/G6E DECRETO DE ALCALDÍA Nº 02-2004-MSS Santiago de Surco, 26 de febrero de 2004 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Informe Nº 07-2004-GDU-GCDL-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, proponiendo la regla-mentación del procedimiento para la obtención de la Li-cencia de Obra para Demolición; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3.6.2 del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalida-des Nº 27972 es función específica exclusiva de lasmunicipalidades distritales, en materia de organiza- ción del espacio físico y uso del suelo, entre otras, el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos ylicencias, y realizar la fiscalización de la construc-ción, remodelación o demolición de inmuebles y de-claratoria de fábrica; Que, el Reglamento de la Ley Nº 27157, aproba- do por Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, define la Licencia de Obra, como la autorización otorgada porla Municipalidad en el ámbito de su jurisdicción, parainiciar cualquier tipo de obra señalada en el Título Idel mencionado Decreto Supremo y que deberán ob-tener obligatoriamente todos los propietarios de te- rrenos; Que, conforme al numeral 78.2 del artículo 78º del Reglamento de la Ley Nº 27157, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 008-2000-MTC, la licencia deobra para demolición se tramitará bajo los procedi-mientos y condiciones establecidos en los artículos 80º al 91º del citado Reglamento, en lo que fuera apli- cable; Que, es necesario determinar los supuestos en los que es aplicable lo establecido en los artículos 80º al91º del Reglamento de la Ley Nº 27157, a efecto de dar transparencia y celeridad al procedimiento de Li-cencia de Obra para Demolición; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 27972; DECRETA: PROCEDIMIENTO DE LICENCIA DE OBRA PARA DEMOLICIÓN Artículo 1º.- MODALIDADES DE LA LICENCIA DE OBRA PARA DEMOLICIÓN La Licencia de Obra para Demolición tiene dos mo- dalidades: a) Demolición Total: Consiste en derribar la tota- lidad de la estructura o estructuras existentes en unlote. b) Demolición Parcial: Consiste en derribar una parte de una estructura existente, manteniendo incó- lume la parte restante. También se aplica a derribaruna de varias estructuras independientes existentesdentro de un lote. Artículo 2º.- REQUISITOS Los requisitos para las dos modalidades de la Licen- cia de Obra para Demolición son los contenidos en elítem 5.04 del Texto Único de Procedimientos (TUPA) apro-bado mediante Ordenanza Nº 94-MSS, modificado porDecreto de Alcaldía Nº 01-2004-MSS. Artículo 3º.- LICENCIA DE OBRA PARA DEMOLI- CIÓN TOTAL Para el caso de Licencia de Obra para Demolición Total no son de aplicación los artículos del 83º al 85ºdel Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, debiendo laSubgerencia de Autorizaciones y Control de Obras otorgar la Licencia de Obra para Demolición previa verificación de la conformidad de la documentaciónpresentada. Artículo 4º.- LICENCIA DE OBRA PARA DEMOLI- CIÓN PARCIAL Para el caso de Licencia de Obra para Demolición Parcial serán de aplicación las disposiciones contenidasen los artículos 80º al 91º del Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC. Artículo 5º.- APLICACIÓN El presente Decreto de Alcaldía será aplicable a to- dos los procedimientos que se inicien a partir de su vi-gencia y para aquellos procedimientos que se encuen-tren en giro sin haber sido calificados por la ComisiónTécnica Calificadora de Proyectos. Artículo 6º.- CUMPLIMIENTO La Gerencia de Desarrollo Urbano y la Subgerencia de Autorizaciones y Control de Obras quedan encarga-das del cumplimiento de la presente norma. DISPOSICIÓN FINAL Única.- Modifíquese en el ítem 5.04 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Munici-palidad, aprobado por Ordenanza Nº 94-MSS modifica-do por Decreto de Alcaldía Nº 01-2004-MSS, los rubros “Autoridad que aprueba el trámite” y “Autoridad que re- suelve el recurso administrativo”, conforme a lo estable-cido en el Anexo que forma parte del presente Decretode Alcaldía. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde