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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (29/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 59

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G35/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 29 de febrero de 2004 la inclusión de dicho en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del año en curso a efecto de no incurriren un viejo e insubsanable error que acarrearía en lanulidad del proceso; Que, en efecto habiéndose publicado la segunda con- vocatoria de la Licitación Pública Nacional Nº 001-2003- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GSRC, el 1 de enero del presente año y no habiéndose publicado en elDiario Oficial El Peruano, el Plan Anual de Adquisicio-nes del ejercicio 2004 de la Entidad convocante dondeincluya el proceso de selección en mención; se incurri-ría en un error insubsanable a no haberse observado lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 7º del Re- glamento y el último párrafo del numeral 2 de las dispo-siciones específicas de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE(PRE), aprobado mediante Resolución Nº200-2001-CONSUCODE(PRE) y publicada el 14.12.01en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 34º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado señala que en cualquier esta-do del proceso de selección, hasta antes del otorgamientode la Buena Pro, la Entidad que convoca puede cance-larlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuan-do desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asigna- do tenga que destinarse a otros propósitos de emergen-cia (...); Que, en presente caso y por los motivos expuestos en los párrafos precedentes en el proceso de selecciónde la Licitación Pública Nacional Nº 001-2003-GOBIER- NO REGIONAL AMAZONAS/GSRC-Adquisición de tu- bería perfilada PVC, se ha suscitado unas de las causa-les que motivan a la cancelación del proceso estableci-das en el artículo 34º de la Ley, específicamente aquellareferida por razones de fuerza mayor o caso fortuito; Estando a lo actuado y contando con las visaciones de la Oficina Subregional de Planeamiento y Presupues- to, Administración y de la Dirección Subregional de Infra-estructura y Medio Ambiente; y en uso de las atribucio-nes conferidas por la Resolución Presidencial RegionalNº 002-2003-PR/Amazonas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la cancelación del Pro- ceso de Licitación Pública Nacional Nº 001-2003-GO-BIERNO REGIONAL AMAZONAS/GSRC - para la ad-quisición de tubería perfilada PVC. Artículo Segundo.- Devolver a las empresas adqui- rentes de Bases Administrativas el pago de derecho deadquisición de las mismas. Artículo Tercero.- Comuníquese la presente Resolu- ción a los miembros del Comité Especial, encargado dela Licitación Pública Nacional Nº 001-2003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GSRC- para la adquisición de tubería perfilada PVC. Artículo Cuarto.- Encargar la publicación de la pre- sente resolución en el Diario Oficial El Peruano a la Ofi-cina Subregional de Administración y se realice de acuer-do a lo señalado en la normatividad vigente. Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolución a las áreas correspondientes del Gobierno RegionalAmazonas. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. GUILLERMO BAQUEDANO CALLAO GerenteGerencia Subregional Condorcanqui 04249 /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G63/G65/G73/G65/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G65/G78/G20/G43/G54/G41/G52/G20/G41/G6D/G61/G7A/G6F/G6E/G61/G73 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 076-2004 Chachapoyas, 24 de febrero de 2004VISTOS: El Informe Final Nº 008-2004-GOB.REG.AMAZO- NAS-CR/CEPAD, de fecha 13 de febrero del 2003; el In-forme Nº 060-2001-CG/A242, "EXAMEN ESPECIAL ALOS CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRA- CIÓN REGIONAL AMAZONAS PERÍODO ENERO 1998 - JUNIO 2000"; y, CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 017- 2004-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, del 15 de enero del 2004, se instauró proceso administrativodisciplinario a los ex Presidentes Ejecutivos del ex Con-sejo Transitorio de Administración Regional de Amazo-nas - CTAR AMAZONAS; Ing. JESÚS CORONEL LE-YVA, Ing. MIGUEL AGUILAR TORRES, y al Ing. VÍCTOR RAÚL ZAPATA RODRÍGUEZ; y a los ex Secretarios Téc- nicos del ex CTAR AMAZONAS: Eco. JORGE CRUZA-LEGUI DELGADO, Ing. OSCAR ALTAMIRANO QUISPE,y al Ing. HERNÁN CORVERA VALDIVIA; Se le imputa al procesado Ing. Jesús Coronel Leyva, ex Presidente Ejecutivo del ex CTAR Amazonas, el ha- ber incumplido el Artículo 13º Incs. c) e i) del Art. 14º del Reglamento de Organización y Funciones del CTARAMAZONAS, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, y la inobservancia del Artículo 48º de la LeyNº 26703, para el otorgamiento de beneficios económicospor concepto de trabajos en jornada adicional, producti- vidad y por dedicación exclusiva al cargo, sin sustento técnico legal y al margen de la normatividad presupues-taria; Que, con fecha 30 de enero del 2004, el procesado presenta su descargo contra esta observación, argumen-tos que la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios ha tenido en cuenta al momento de recomendar se absuelva del cargo imputado al citado exfuncionario; Respecto, al Ing. Miguel Aguilar Torres, ex Presiden- te Ejecutivo del ex CTAR Amazonas, se le imputa el ha-ber incumplido el Artículo 13º Incs. c) e i) del Art. 14º del Reglamento de Organización y Funciones del CTAR AMAZONAS, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, y la inobservancia del Artículo 48º de la LeyNº 26703, para el otorgamiento de beneficios económicospor concepto de trabajos en jornada adicional, producti-vidad y por dedicación exclusiva al cargo, sin sustento técnico legal y al margen de la normatividad presupues- taria; asimismo, el haber otorgado beneficios económi-cos afectando grupos genéricos de gastos que no co-rresponden, inobservando los Arts. 41º y 48º de la LeyNº 26703 y Art. 47º de la Ley Nº 27209; Que, habiendo sido notificado válidamente el procesa- do en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 23 de enero del 2004, NO ha cumplido con absolver los cargos impu-tados, por lo que la Comisión Especial de Procesos Ad-ministrativos Disciplinarios, luego de realizar las investi-gaciones del caso y examinado las pruebas existentes,no habiéndose desvirtuado los cargos, recomienda se le imponga sanción disciplinaria de cese temporal sin goce de remuneraciones por el plazo de cuatro (4) me-ses, al haber cometido falta de carácter disciplinario pre-vista en el Art. 28º Incs. d) y f) del Decreto Legislativo Nº276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remu-neraciones del Sector Público; Se imputa al Ing. Víctor Raúl Zapata Rodríguez, ex Presidente Ejecutivo del ex CTAR Amazonas, el haberincumplido el Artículo 13º Incs. c) e i) del Art. 14º delReglamento de Organización y Funciones del CTARAMAZONAS, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, y la inobservancia del Artículo 48º de la Ley Nº 26703, para el otorgamiento de beneficios económicos por concepto de trabajos en jornada adicional, producti-vidad y por dedicación exclusiva al cargo, sin sustentotécnico legal y al margen de la normatividad presupues-taria; el haber otorgado beneficios económicos afectan-do grupos genéricos de gastos que no corresponden, inobservando los Arts. 41º y 48º de la Ley Nº 26703 y Art. 47º de la Ley Nº 27209; por haberse efectuado de-