Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2004 (03/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 3 de MORDAZA de 2004

Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003PCM, la designacion del funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA se efectuara mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocara MORDAZA de la resolucion de designacion en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, a fin de dar cumplimiento a las normas citadas en los considerandos precedentes, es necesario designar al funcionario de esta MORDAZA Superior de Estudios, responsable de la elaboracion y actualizacion del referido portal; En merito a lo dispuesto por el Senor Rector en Proveido Nº 1556-2004-R-UNFV, de fecha 16.6.2004, de conformidad con la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar, a partir de la fecha, al Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director del Centro Universitario de Computo e Informatica, responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, en cumplimiento del Articulo 5º de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Los Vicerrectorados Academico y Administrativo, las Oficinas Centrales de Planificacion, de Logistica y Servicios Auxiliares, de Recursos Humanos, de Asesoria Juridica, Economico Financiera, de Comunicaciones e Imagen Institucional, asi como la Secretaria General, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolucion; Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA VIANA MORDAZA Rector 12468

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Autorizan contratar servicio de soporte tecnico para productos Oracle mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 259-2004-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 23 de junio de 2004 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 003-2004/GAF/LOG emitido por la Subgerencia de Logistica y el Informe Legal Nº 168-2004GAJ emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, como los Memorandums Nº 200-2004(GPPC) y Nº 182-2003/ GSIS(CP) de las Gerencias de Planificacion, Presupuesto y Cooperacion y de Sistemas respectivamente; CONSIDERANDO: Que, el ano 2001, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, convoco a la Licitacion Publica Internacional Nº 001-2001-CONSUCODE, segun relacion de Items para la contratacion de Software y Hardware, otorgandose la buena pro del Item 1 "Adquisicion de Software y Soporte Tecnico" a la Empresa Sistemas Oracle del Peru S.A;

Que, con fecha 23 de MORDAZA de 2003 mediante memorando Nº 182-2003/GSIS(CP), la Gerencia de Sistemas, solicita la ampliacion de la cobertura del servicio de Soporte Tecnico para los Productos ORACLE, procediendose a convocar a la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 148-2003-2003CONSUCODE, en consideracion a los montos fijados por el Ministerio de Economia y Finanzas para las Entidades de Tratamiento Empresarial en ese ano, otorgandose la buena pro a Empresa Sistemas Oracle del Peru S.A.; Que, con fecha 5 de MORDAZA de 2004 mediante memorando Nº 162-2004/GSIS(CP), la Gerencia de Sistemas, solicita la contratacion del servicio anual de Soporte Tecnico para los Productos ORACLE, habiendo la Subgerencia de Logistica fijado el valor referencial en el monto de S/ . 25,809.30, por lo que corresponde convocar a una Adjudicacion Directa Selectiva; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CONSUCODE correspondiente al periodo 2004, aprobado por Resolucion Nº 007-2004-CONSUCODE/PRE, considera en el numero de referencia Nº 9, la Contratacion del Servicio de Soporte Tecnico para los productos ORACLE mediante una Adjudicacion Directa Selectiva; Que, mediante memorando Nº 045-2004-2004/ SGSC(WPC) del 19 de MORDAZA del 2004, la Subgerencia de Soporte y Comunicaciones, emite el Informe Tecnico, senalando que el CONSUCODE usa productos ORACLE para cubrir las necesidades del Sistema Integrado de Gestion Administrativa (SIGA), el mismo que actualmente esta siendo utilizado en diferentes modulos por la Gerencia de Presupuesto, la Subgerencia de Logistica y la Subgerencia de Personal y la renovacion del servicio de soporte tecnico le permitira a la Entidad reducir el indice de fallas por problemas de vulnerabilidad, permitiendo mayor eficiencia y adecuado funcionamiento de los productos ORACLE, acceso a la informacion tecnica sobre los productos y aplicaciones en Internet, poder utilizar las ultimas versiones de los productos, como el soporte tecnico para la solucion de problemas tecnicos, entre otros servicios adicionales, por lo que en consideracion a que dicho soporte tecnico y actualizacion es realizada directa y unicamente por la Empresa ORACLE del Peru, recomienda se adopten las gestiones para su contratacion; Que, mediante el memorando Nº 200-2004(GPPC)la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Cooperacion informa respecto a la disponibilidad presupuestal para la Contratacion del Servicio de Soporte Tecnico para los productos ORACLE, por lo que es factible proceder a la contratacion del citado servicio; Que, mediante memorando Nº 437-2004 (GAF) del 21 de junio del 2004, la Gerencia de Administracion y Finanzas solicita informe legal a efectos de exonerar la contratacion del servicio de soporte tecnico para productos ORACLE, por tratarse de un servicio que no admite sustitutos, adjuntando el Informe Nº 003-2004(GAF/LOG) de la Subgerencia de Logistica en el que se senala que corresponde exonerar del MORDAZA de seleccion su contratacion por ser un servicio que no admite sustitutos, asi como adjunta la Carta s/n de fecha 25 de MORDAZA del 2004 de la empresa ORACLE del Peru S.A., donde se senala expresamente que el es proveedor unico, dado que la matriz ORACLE Corporacion lo indica asi, siendo la unica empresa en el Peru que puede comercializar los productos Oracle (licencias) y brindar el servicio de Soporte Tecnico en el MORDAZA, de manera exclusiva; no teniendo distribuidores autorizados; Que, el inciso f) del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, exonera de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos, de conformidad con dicha MORDAZA legal, la misma se realizara mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, debiendo ser aprobadas en el caso de CONSUCODE, mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo MORDAZA de su expedicion un informe tecnico legal previo, debiendo ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, como remitirse la Resolucion a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego dentro del Plazo de diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, en virtud del articulo 20º de la citada Ley; Que, asimismo se senalan en los articulos 105º y 116º

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