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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2004 (07/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 40

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G31/G39/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de julio de 2004 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G2D/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G2D/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 488-04-R Callao, 28 de junio de 2004 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Visto el Oficio Nº 543-2004-OASA (Expediente Nº 88079) recibido el 24 de junio de 2004, por cuyo intermedio el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxi-liares solicita autorización para atender los servicios de publicidad de las unidades académicas y administrativas de la Universidad en los diarios: El Comercio, La Repúbli-ca, El Peruano y El Callao; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Nº 007-04-R de fecha 9 de enero de 2004, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones de la Universidad Nacional del Callao, PAAC-UNAC, para el Ejercicio Fiscal 2004; Que, mediante el Oficio del visto el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, comunica los re- querimientos de las Facultades y Dependencias Adminis- trativas, de la publicación de avisos de publicidad en dife-rentes diarios de circulación nacional, y que el costo de contratación de estos servicios de publicidad es de hasta S/. 149,371.25 (Ciento cuarenta y nueve mil trescientossetenta y uno con 25/100 nuevos soles); estando dichos requerimientos de servicios de publicidad para el segundo semestre incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones de la Universidad Nacional del Callao, PAAC-UNAC, para el Ejercicio Fiscal 2004, como proceso de selección de Adjudicación Directa Pública; Que, Art. 19º Inc. h) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece quelas adjudicaciones o contrataciones que se realizan por servicios personalísimos se encuentran exoneradas del proceso de Adjudicación Directa Pública, en concordanciacon el Art. 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM; Que, los Decretos Supremos Nºs. 071-2001-PCM y 128- 2001-PCM precisan que se encuentran expresamente in- cluidos como Servicios Personalísimos los servicios depublicidad que prestan al Estado o entidades del Sector Público los medios de comunicación televisiva, radial, es- crita u otro medio de comunicación en atención a las ca-racterísticas particulares que los distinguen; Que, el Art. 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece, entre otras, que la exoneración de los procesosde Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Di- recta contemplados en el Art. 19º de la citada norma, de- ben llevarse a acabo mediante Proceso de Adjudicaciónde Menor Cuantía, como es el presente caso, con aproba- ción mediante Resolución del Titular del Pliego; Estando a lo glosado; al Informe Técnico Nº 008-OASA- 2004 del 24 de junio de 2004; al Informe Nº 2201-2004-UPEP- OPLA recibido el 24 de junio de 2004; al Informe Nº 615- 2004-AL recibido de la Oficina de Asesoría Legal el 28 dejunio de 2004; a los Arts. 19º y 20º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; a los Arts. 105º, 111º, 113º y 116º de su Reglamento; y, enuso de las atribuciones que le confieren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad y el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º.- APROBAR la Exoneración del proceso de Adjudi- cación Directa Pública para la "Contratación de serviciosde publicidad en los diarios: El Comercio, La República, El Peruano y El Callao", para atender los requerimientos depublicidad de las diversas Facultades y dependencias ad- ministrativas de la Universidad Nacional del Callao, corres- pondiente al segundo semestre del 2004, por las conside-raciones expuestas en la presente Resolución. 2º.- AUTORIZAR al Comité Especial Permanente de Adjudicaciones de Menor Cuantía, para que dentro delmarco de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, el Texto Único Ordenado y el Regla- mento de la Ley, aprobados mediante Decretos SupremosNºs. 012 y 013-2001-PCM y demás normatividad vigente, procedan a la contratación de los referidos servicios de publicidad, mediante un proceso de Adjudicación de Me-nor Cuantía, por el monto total de hasta S/. 149,371.25 (Ciento cuarenta y nueve mil trescientos setenta y uno con 25/100 nuevos soles), incluido IGV, según el siguiente de-talle: DIARIO VAL OR REFERENCIAL (EN NUEVOS SOLES) EL COMERCIO Hasta 81,708.99 LA REPÚBLICA Hast a 25,412.50 EL PERUANO Hasta 37,451.68 EL CALLAO Hasta 4,798.08 -------------------------- TOTAL Hasta 149,371.25 3º.- DISPONER, que el egreso que origine la presente Resolución se cargará al Programa 029: "Educación Supe-rior", Subprograma 076: "Superior Universitaria", Actividad 1-00199: "Desarrollo de la Educación Universitaria", Componente 3-0498: "Desarrollo de la Enseñanza",Específica del Gasto 39: "Otros Servicios de Terceros", con cargo a los recursos directamente recaudados de las Facultades y la administración central. 4º.- Transcribir la presente Resolución a los Vicerrec- tores, Facultades, Escuela de Post Grado, Órgano de Con- trol Institucional, Oficina de Asesoría Legal; Oficina deAbastecimientos y Servicios Auxiliares, Oficina General de Administración, Oficina de Archivo General y Registros Académicos, Oficina de Contabilidad y Presupuesto, Ofici-na de Tesorería, ADUNAC e interesados, para conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese. ALBERTO ARROYO VIALE Rector 12593 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G2D /G6A/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G6C/G69/G2D /G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G79/G20/G61/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G6C/G61/G63/G65 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN CONASEV Nº 068-2004-EF/94.10 Lima, 2 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27693, modificada por la Ley Nº 28009, se creó la Unidad de Inteligencia Financiera tam- bién denominada UIF, con personería jurídica de derecho público, con autonomía funcional, técnica y administrativa,encargada del análisis, el tratamiento y la transmisión de información para prevenir y detectar el lavado de dinero o