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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G31/G39/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de julio de 2004 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la invitación del Banco Central del Uru- guay para que un representante de este Banco Central asista al Encuentro Extraordinario de la Jurisdicción deArgentina, Bolivia, Chile, Paraguay, Uruguay y Perú en el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial a llevar- se a cabo en la ciudad de Montevideo, Uruguay el día 8 dejulio del 2004; Resulta de suma importancia la participación de un re- presentante de nuestra institución en dicho encuentro, paratratar asuntos de interés de la jurisdicción del grupo con- formado por los países anteriormente mencionados; El artículo 69º de la Ley Orgánica del Banco Central establece que nuestra institución representa al país para los fines establecidos en el Convenio Consultivo del Fondo Monetario Internacional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de fecha 1 de juliodel 2004; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Renzo Rossini Miñán, Gerente General (e), a Montevideo, Uruguay del 8al 9 de julio del 2004, para que represente al Banco ante el Grupo de Argentina, Bolivia, Chile, Paraguay, Uruguay y Perú del Fondo Monetario Internacional y Banco Mundialen las deliberaciones del Encuentro Extraordinario. Artículo 2º.- El gasto aproximado que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 545,75Viáticos US$ 400,00 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 28,24 TOTAL US$ 973,99 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduane-ros, cualquiera fuere su clase o denominación. JAVIER SILVA RUETE Presidente 12652 J N E /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G4A/G4E/G45/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G73/G69/G73/G74/G69/G72/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G49/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E /G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G74/G6F/G63/G6F/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G69/G6B/G61/G6C/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61 RESOLUCIÓN Nº 113-2004-P/JNE Lima, 5 de julio de 2004 VISTO: La Carta del Director del Centro de Asesoría y Promo- ción Electoral (CAPEL), Sr. José Thompson, fechada el 3 de junio de 2004. CONSIDERANDO: Que, el Director de CAPEL ha invitado a participar en la II Reunión Especializada de Unidades de Capacitación del Protocolo de Tikal, que se realizará en Bogotá, Repúblicade Colombia, los días 8 y 9 de julio del presente año; Que, el Director de CAPEL señala respecto de los cos- tos de la Reunión que éstos deberán ser asumidos por cadaOrganismo Electoral participante; Que, del análisis del documento Programa Preliminar que adjunta a su carta se constata que la temática versasobre la capacitación electoral; Que, de conformidad con la Ley Orgánica del Jurado Nacio- nal de Elecciones, aprobada mediante Ley Nº 26486, es fun-ción de la institución desarrollar programas de educación elec- toral que permitan crear conciencia cívica en la ciudadanía; Que, la participación del Jurado Nacional de Eleccio- nes en la actividad señalada hará posible el intercambio de conocimientos y experiencias sobre la capacitación elec-toral, lo que es de interés institucional y nacional; Que, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en sesión privada de fecha 9 de junio del 2004, autorizó elviaje del señor doctor Roly Pacheco Alarcón, Gerente de Educación Electoral, y de la señora Gladys Elizabeth Ven- tura Ponce, Especialista en Capacitación Electoral de laGerencia de Educación Electoral, a la República de Co- lombia, a fin de que participen en el evento mencionado; De conformidad con el inciso k) del artículo 15 de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, Nº 28128, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que regulan la autorización de viajes alexterior de servidores y funcionarios públicos que ocasio- nen gasto al Estado; El Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de las facultades que le otorga el artículo 21º del Regla- mento de Organización y Funciones aprobado por la Re- solución Nº 658-2002-JNE; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, entre el 7 al 10 de julio del presente año, el viaje del señor doctor Roly Pacheco Alarcón,Gerente de Educación Electoral, y de la señora Gladys Eliza- beth Ventura Ponce, Especialista en Capacitación Electoral de la Gerencia de Educación Electoral, para asistir a la II ReuniónEspecializada de Unidades de Capacitación del Protocolo de Tikal que se realizará en la República de Colombia. Artículo Segundo.- Dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje, el señor doctor Roly Pa- checo Alarcón y la señora Gladys Elizabeth Ventura Ponce deberán presentar un informe detallado describiendo lasacciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje. Artículo Tercero.- El Jurado Nacional de Elecciones sufragará los gastos señalados a continuación, corres-pondientes al viaje mencionado en el primer artículo: Roly Pacheco Gladys Elizabeth Alarcón V entura Ponce Viáticos de ley por 4 días US$ 800.00 US$ 800.00 Viáticos adicional por US$ 200.00 US$ 200.00 gastos de instalacióny traslado Pasajes Aéreos: US$ 299.41 US$ 299.41Lima / Bogotá / Lima Impuesto de Aeropuertos US$ 76.00 US$ 76.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA Presidente del Jurado Nacional de Elecciones 12658 ONPE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G2D /G62/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G22/G49/G49/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E /G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G70/G61/G63/G69/G2D /G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G73/G6D/G6F/G73/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G65/G73/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G74/G6F/G63/G6F/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G69/G6B/G61/G6C/G22 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 127-2004-J/ONPE Lima, 5 de julio de 2004