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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2004 (10/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 75

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G32/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de julio de 2004 ter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, es política de la actual gestión municipal, promo- ver mecanismos que faciliten el pago de la deuda tributariay administrativa, a través de incentivos que permitan lacaptación de recursos económicos para la prestación efec-tiva de los servicios públicos; así como otorgar el máximode facilidades a los contribuyentes y/o administrados, me-diante un régimen temporal que permita el saneamiento delas deudas tributarias y no tributarias; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8) del Art. 9º y Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipa-lidades Nº 27972 y con el voto UNÁNIME de los miem-bros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámitede lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguienteOrdenanza: ORDENANZA Artículo 1º.- OBJETIVO: La presente ordenanza tiene como objetivo otorgar “UN BENEFICIO EXTRAORDINARIO”, para todos aquelloscontribuyentes y/o administrados que tengan deudas tribu-tarias o no tributarias dentro de la jurisdicción de PuebloLibre, pendientes de pago en vía ordinaria o coactiva, has-ta el 30 de junio del 2004. Artículo 2º.- BENEFICIO TRIBUTARIO Los contribuyentes que tengan deudas tributarias pen- dientes de pago hasta la fecha indicada en el artículo pre-cedente, se acogerán al presente beneficio, que consisteen la condonación del factor de reajuste o actualización einterés moratorio 2004, que se aplicará de la siguiente for-ma: PERÍODO MontoDESCUENTOS (Años) a pagar F actor de Interés Costas ajuste o moratorios y gastos actualización 2004 del procedimiento Hasta 1999 100 %insoluto 100% 100% 100% 2000 - 2001 100 %insoluto 100% 100% 100% 2002 - 2003 100 %insoluto 100% 100% 100% Hasta 30.6.04 100 %insoluto 100% 100% 100% Artículo 3º .- FORMA DE PAGO: 1. Al contado 2. En parte.- Los contribuyentes que paguen bajo esta forma, deberán cancelar la deuda tributaria restante, inde-fectiblemente hasta la fecha del vencimiento de la presenteordenanza. Su incumplimiento producirá la pérdida auto-mática del beneficio, debiendo pagarse el saldo con losajustes e intereses de ley. Artículo 4º.- Aquellos contribuyentes que tengan pendientes de resolver, recursos de reclamación, re-consideración o apelación, deberán previamente desis-tirse de los procedimientos indicados, a cuyo efecto uti-lizarán el formato de solicitud que se les entregará gra-tuitamente. Artículo 5º.- BENEFICIO RELACIONADO CON FRACCIONAMIENTOS REALIZADOS a).- Los contribuyentes que a la fecha gocen de un con- venio de fraccionamiento o hayan sufrido la pérdida de di-cho fraccionamiento, podrán acogerse al presente benefi-cio, sin los intereses de fraccionamiento ni intereses mora-torios si los hubiere, por el saldo de las cuotas insolutaspor vencer o vencidas, aunque se encuentre en cobranzacoactiva. b).- Asimismo, los contribuyentes que hayan suscrito convenios de fraccionamiento, podrán acogerse al presen-te beneficio, pagando al contado o en parte, el saldo de ladeuda tributaria fraccionada, sin el factor de ajustes e inte-reses de ley acotados al momento de suscribir el referidofraccionamiento.Artículo 6º.- BENEFICIO ADMINISTRATIVO Otorgar un beneficio de descuento del 80% en el monto de las multas administrativas impuestas hastael 30 del junio del 2004, con excepción de las multasadministrativas generadas por construir sin la corres-pondiente autorización, establecida en la Ley Nº 27157,que se regirá por lo dispuesto en la Ordenanza Nº 140-MPL. Los infractores que hayan efectuado pagos acuenta por las multas administrativas en monto inferioral 20% de la misma, deberán abonar el saldo con el80% de descuento. Para aquellos contribuyentes que a la vigencia de la presente Ordenanza, hayan efectuado pagos a cuenta porel 20% del total de la multa, se considerará cancelada au-tomáticamente; sin que esto genere devoluciones a los quehayan efectuado pagos que superen el porcentaje indica-do. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Los contribuyentes que hasta el 30 de ju- nio 2004, se encontraran en condición de omisos o sub-valuantes a la presentación de la declaración jurada delImpuesto Predial, pueden efectuarla sin pago de san-ción alguna (Multa Tributaria), durante el plazo de vigen-cia de la presente Ordenanza, en concordancia con laOrdenanza Nº 140-MPL, que establece beneficios admi-nistrativos y tributarios, con ocasión al programa de Ac-tualización Catastral. Segunda.- El ámbito de aplicación de la presente Or- denanza, comprende también, a los contribuyentes fiscali-zados, de conformidad con el artículo 62º del Código Tribu-tario. Tercera.- Para aquellos contribuyentes que hayan cum- plido con cancelar o fraccionar la deuda en cobranza co-activa en su totalidad, con anterioridad a la fecha de vigen-cia de la presente Ordenanza, se les condonará las Cos-tas y Gastos del Procedimiento de Ejecución Coactiva.Asimismo, se condonará las Costas y Gastos pendientespara aquellos vecinos que hasta la fecha de vigencia de lapresente Ordenanza, hayan sido objeto de algún procedi-miento coactivo sobre obligación de hacer. Cuarta.- La presente Ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación hasta el 27 de julio del 2004. Quinta.- Encargar a la Oficina de Administración Tribu- taria, Oficina de Informática y Oficina de Ejecución Coacti-va, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Oficinade Comunicación Social su difusión y a la Oficina de Admi-nistración, su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 12889 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 368-2004-MDPP Puente Piedra, 15 de junio de 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: El Informe Nº 002-2004-GA/MDPP de la fecha 10 de junio del 2004, de la Gerencia de Administración en el que