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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G32/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de julio de 2004 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 088-2004/SBN-GO-JAR La Molina, 28 de junio de 2004 Visto el Expediente Nº 073-2004/SBN-JAR, correspon- diente a la inscripción en primera de dominio a favor delEstado del terreno eriazo de 9 083,26 m², ubicado al no-reste del Asentamiento Humano Villa El Carmen Sector I,distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete,departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económicode los bienes del Estado en armonía con el interés social,promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidady estableciendo mecanismos para su registro, inscripcióny fiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se iden-tificó un terreno libre de inscripción, ubicado al noreste delAsentamiento Humano "Villa El Carmen" Sector I, distritode San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departa-mento de Lima; Que, con fecha 25 de mayo de 2004, se realizó la inspec- ción técnica, en la cual se verificó que se trata de un terre-no eriazo de 9 083,26 m², conformado por la cumbre y fal-das del cerro Candela; Que, mediante Informe Técnico Nº 2268/2004-SU- NARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 28 de mayo de 2004, la Ofi-cina de Catastro de la Zona Registral IX - Sede Lima - Ca-ñete de la Superintendencia Nacional de los RegistrosPúblicos, concluye que el terreno de 9 083,26 m², corres-pondiente a una fracción de un área mayor consultada, seubica en zona donde no se observa anotaciones de ins-cripciones registrales; Que, conforme al Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 22 de abril de 2004, el Registro Predial Urbano se-ñaló que según el Informe Técnico Nº 00038-2004-SU-NARP-RPU/OC-CAÑETE de fecha 6 de abril de 2004,emitido por su Oficina de Catastro, el terreno submateria,se ubica en un área donde no se aprecian inscripciones endicho Registro; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que aprueba el "Estatuto de la Superin-tendencia de Bienes Nacionales" señala que los terrenoseriazos o ribereños se consideran bienes de propiedadestatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscrip-ción de dominio del terreno antes descrito, de conformidadcon el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001,Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, queaprueba el "Reglamento General de Procedimientos Admi-nistrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y la Direc-tiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite de inscripciónde la primera de dominio de predios a favor del Estado,aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modificada porla Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por ResoluciónNº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu- ción de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que apruebael "Reglamento de Organización y Funciones de la Super-intendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefaturade Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terre-nos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorpo-rarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primerainstancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposi- ción Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modifi-cado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, DecretoSupremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintenden-cia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrati-vos de los Bienes de Propiedad Estatal", modificado por elDecreto Supremo Nº 107-2003-EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0165-2004/SBN-GO-JAR, de fecha 28 de junio de 2004;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de do- minio a favor del Estado del terreno eriazo de 9 083,26m², ubicado al noreste del Asentamiento Humano "VillaEl Carmen" Sector I, distrito de San Vicente de Cañete,provincia de Cañete, departamento de Lima, según elplano y la memoria descriptiva que sustentan la presen-te Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral IX - Sede Lima - Oficina de Cañete de la Superintendencia Nacional de los Regis-tros Públicos, por el mérito de la presente Resolución efec-tuará la primera inscripción de dominio a favor del Estadodel terreno descrito en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese.LILIANA ALCIRA CERRÓN BALDEÓN Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 12798 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G64/G65/G6C/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 230-2004-REGIÓN CALLAO-PR Callao, 9 de julio de 2004 VISTOS;El Informe Nº 03-2004-COMISIÓN REGIONAL DE CONCURSO-LAG de fecha 5 de julio de 2004, remitidopor el Presidente de la Comisión Regional de Concursodel Director Regional de Salud del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 355- 2003-REGIÓN CALLAO-PR, publicada en el Diario OficialEl Peruano el 14 de noviembre del 2003, se convocó aConcurso de Selección del Director Regional de Salud delCallao; Que, según Informe de Vistos, la Comisión señala que después de haberse llevado a cabo las etapas deevaluación de los postulantes inscritos al concurso; estoes, las etapas de Evaluación Curricular, Examen de Co-nocimientos y Entrevista Personal; se declaró ganadordel concurso al Dr. BENJAMIN PAREDES AYALA y quede conformidad al inciso b) del numeral 4.4 de las Ba-ses del Concurso estableció que los dos postulantesque siguieron en orden de méritos fueron el Dr. LUISCHUNGA TICSE y la Dra. MARIA DEL CARMEN CA-LLE DAVILA; Que, los postulantes LUIS CHUNGA TICSE, BEN- JAMIN PAREDES AYALA, LORENZO LUIS MAMANI CAS-TILLO, WALTER JOSE PORTUGAL BENAVIDES y VIC-TOR RAUL CONCHA SERRANO, interpusieron Recursode Apelación cuestionando su puntuación obtenida; Que, con Informe Nº 01-2004-COMISIÓN REGIONAL DE CONCURSO-LAG de fecha 17 de febrero del 2004, seremitió al Secretario Técnico del Consejo Nacional de Des-centralización las apelaciones interpuestas por los postu-lantes, a fin de que resuelva de conformidad con lo esta-blecido en las Bases del Concurso; Que, mediante Resoluciones Secretariales Nºs. 012, 013, 015, 016 y 017-CND-ST-2004, el Secretario Técnicodel Consejo Nacional de Descentralización, resolvió lasapelaciones declarando NULO el concurso por los funda-mentos expuestos en cada resolución;