Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2004 (10/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 10 de MORDAZA de 2004

Que, mediante documento de fecha 6 de MORDAZA del 2004, el postulante MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hace saber a la Entidad que ha interpuesto Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion Secretarial Nº 013-CND-ST-2004, por el cual se resolvio su apelacion declarando NULO el concurso que lo dio como ganador; Que, mediante Oficio Nº 1009-2004-SG/MINSA de fecha 10 de junio del 2004, la Secretaria General del Ministerio de Salud hace saber que el Despacho Ministerial ha tomado conocimiento que el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha interpuesto Recurso de Reconsideracion y en tanto no se resuelva solicita postergar la convocatoria a un MORDAZA concurso; Que, mediante Oficio Nº 827-2004-CND/ST de fecha 28 de junio del 2004, el Secretario Tecnico del Consejo Nacional de Descentralizacion hace llegar al Gerente General Regional y Presidente de la Comision Regional de Concurso del Director Regional de Salud del Callao, MORDAZA del documento con que resuelve el Recurso de Reconsideracion interpuesto por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, declarandolo IMPROCEDENTE, por lo que la Resolucion Nº 013-CND-ST-2004, que declaro NULO el Concurso del Director Regional de Salud del Callao, ha quedado CONSENTIDA; Que, por lo expuesto precedentemente se hace necesario formalizar la declaracion de NULIDAD del Concurso del Director Regional de Salud del Callao, por parte del Gobierno Regional del Callao, en su condicion de convocante de dicho concurso; Que, la presente Resolucion cuenta con la conformidad de la Gerencia General Regional y la visacion de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, De conformidad con las atribuciones conferidas por el inciso d) del articulo 21º, concordante con el inciso a) del articulo 41º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y Articulo 18º, numeral 4 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional del Callao, aprobado por Ordenanza Regional Nº 002-2004CR/RC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la NULIDAD del concurso de seleccion del Director Regional de Salud del Callao, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Comunicar la presente resolucion al Ministerio de Salud a fin de que proceda a modificar las Bases del Concurso teniendo en cuenta lo observado por el Consejo Nacional de Descentralizacion. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, el Diario Regional del Callao y su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional del Callao. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA CANCHES MORDAZA Presidente Regional 12952

EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHORRILLOS Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 059/CAL-MDCH del 29 de junio del 2004 sobre Reconsideracion de la Ordenanza Nº 069-MDCH que REGULA EL MORDAZA DE PLANEAMIENTO DEL DESARROLLO CONCERTADO Y PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Y LA INCORPORACION DE LA SOCIEDAD CIVIL NO ORGANIZADA COMO AGENTES PARTICIPANTES. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades en su Art. 53º establece que las Municipalidades se rigen por presupuesto participativo anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formula, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con lo planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion; Que, la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto participativo ­ establece como MORDAZA rector la igualdad por la cual las organizaciones de la sociedad tiene las mismas oportunidades para intervenir y participar si discriminacion de caracter politico, ideologico, religiosos, racial o de otra naturaleza en los procesos de planificacion y presupuesto participativo; Que, el Reglamento de la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del presupuesto participativo, en el literal d) del Art. 1º sobre Agentes Participantes precisa " Entiendase como agentes participantes a quienes participan con voz y MORDAZA en la discusion y toma de decisiones del MORDAZA del presupuesto participativo" concordante con lo establecido en el literal g) del numeral 5 " Glosario de Terminos" del Instructivo Nº 001-2004-EF/76.01 ­ Instructivo para el Planeamiento y Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo; Que, el Instructivo Nº 001-2004-EF/76.01, Instructivo para el Planeamiento y Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo, en el literal b) del Nº 1.2 establece la caracteristica principal del Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo, permitiendo la participacion de quienes no detentan el mandato popular en la toma de decisiones, aludiendo al derecho de participar con voz y voto; Que, respecto a la incorporacion de la sociedad civil no organizada como agentes participantes, se debe indicar que el Art. 5º del Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, establece que el "Gobierno Regional o Local mediante Ordenanza, dispondra las medidas necesarias para reglamentar el MORDAZA de identificacion y acreditacion de agentes participantes, particularmente de aquellos de la Sociedad Civil. Para estos efectos el Gobierno Regional o Gobierno Local establecera los mecanismos de registros complementaria a los ya existentes. Con el proposito de lograr una amplia participacion y representatividad de la Sociedad Civil Organizada y no Organizada, el Gobierno Regional o Local difundira por los medios adecuados el inicio del MORDAZA de identificacion de los Agentes Participantes en el MORDAZA del MORDAZA del presupuesto participativo; Que, el Instructivo Nº 001-2004-EF/76.01, Instructivo para el MORDAZA de Planeamiento de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo., aprobado por Resolucion Directoral Nº 010-2004-EF/76.01, en el numeral 3 del acapite 4.1 Capitulo IV sobre Desarrollo del MORDAZA Participativo establece que la identificacion de los Agentes Participantes debe incluir la mayor participacion y representatividad de la sociedad organizada y no organizada. Asimismo, precisa que el Gobierno Regional o Local establecera las formas de registro de los Agentes Participantes, complementarias a las ya existentes en las que asegure la mayor participacion, principalmente de la sociedad no organizada; Que, en consecuencia de acuerdo a los considerandos anteriores en necesario modificar el Art. 4º de la Ordenanza Nº 069-MDCH, que finalmente debera decir

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Modifican Ordenanza Nº 069-MDCH que regula MORDAZA de planeamiento del desarrollo concertado y presupuesto participativo
ORDENANZA Nº 070-MDCH Chorrillos, 8 de MORDAZA del 2004

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