Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2004 (13/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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PPM1 FAPPM FTC FTAPBP

NORMAS LEGALES PROYECTO
= Precio de la Potencia de Punta, actualizado, en S/./kW-mes. = Factor de Actualizacion del Precio de la Potencia de Punta. = Factor por variacion del MORDAZA de Cambio. = Factor por variacion de la Tasa Arancelaria para la importacion del equipo electromecanico de generacion. = Factor por variacion de los Precios al Por Mayor. = Componente de moneda extranjera del Precio Basico de la Potencia. = Componente de moneda nacional del Precio Basico de la Potencia. = MORDAZA de Cambio. Valor de referencia para el Dolar de los Estados Unidos de MORDAZA, determinado la Superintendencia de Banca y Seguros del Peru, correspondiente a la "COTIZACION DE OFERTA Y DEMANDA ­ MORDAZA DE CAMBIO PROMEDIO PONDERADO" o el que lo reemplace. Se tomara en cuenta el valor venta al ultimo dia habil del mes anterior, publicado en el Diario Oficial El Peruano. = MORDAZA de Cambio inicial, en S/./US$. = Tasa Arancelaria vigente para la importacion de turbinas a gas de potencia superior a 5000 kW correspondiente a la partida arancelaria 8411.82.00.00 o la que la sustituya. = Tasa Arancelaria inicial. = Indice de Precios al Por Mayor, publicado por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. Se tomara el valor del ultimo mes, publicado en el Diario Oficial El Peruano. = Indice de Precios al Por Mayor inicial.

MORDAZA, martes 13 de MORDAZA de 2004 a) Cuando se requiera que la seleccion del MORDAZA de unidad sea revisada debido a que la operacion en la punta se efectue con un combustible mas economico. En caso se descontinue la publicacion de la revista GTWH y se requiera, en consecuencia, tomar otra referencia para la capacidad estandar y costo FOB de la unidad de punta. Cuando se presente una variacion significativa de la distribucion de cargas en el Sistema Interconectado Nacional que amerite una revision de la ubicacion de la unidad de punta y se determine su ubicacion fuera de la MORDAZA de Lima. Cuando al aplicar la Formula de Actualizacion del Precio de la Potencia de Punta exista una variacion mayor al ±15% respecto del valor determinado en la fijacion tarifaria inmediatamente anterior. Cuando una modificacion en las disposiciones del Articulo 126º del RLCE implique necesariamente la revision del procedimiento.

b)

FPM a b TC

c)

d)

e)

11.2

TCo TA_PBP

TA_PBPo IPM

La revision del procedimiento sera llevada a cabo por el OSINERG de oficio o a propuesta del COES-SINAC o los interesados siempre y cuando se verifique el cumplimiento de alguna de las condiciones descritas previamente. El MORDAZA procedimiento debera aprobarse con una anticipacion de por lo menos 3 meses a su entrada en vigor. En tanto no se apruebe dicho procedimiento, el OSINERG debera seguir las directivas generales establecidas en el Articulo 126º del RLCE. En caso que, como resultado de la revision, se requiera modificar el procedimiento se seguira lo dispuesto en el Reglamento General del OSINERG para la aprobacion de los reglamentos y normas de alcance general que dicte este organismo en cumplimiento de sus funciones.

11.3

IPMo

11. Revision del Procedimiento
11.1 Para la revision del procedimiento se debera tomar en cuenta la ocurrencia de una de las siguientes condiciones:

13050

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas al siguiente correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Seccion MORDAZA aprobada por Decreto Supremo N°. 080-2001-PCM, se presentara en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra.

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