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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G33/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 13 de julio de 2004 De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inver-sión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamen- to General del OSINERG, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 054-2001-PCM y sus modificatorias; en el Decre-to Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93- EM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación, en el Diario Ofi- cial El Peruano y en la Página Web del OSINERG: www.osinerg.gob.pe, del proyecto de norma que esta-blece el “Procedimiento para la Determinación del Pre- cio Básico de Potencia”, conjuntamente con su exposi- ción de motivos. Artículo 2º.- Definir un plazo de quince (15) días ca- lendario, contados a partir de la fecha de la publicación a que se refiere el Artículo 1º de la presente resolución,para que los interesados remitan por escrito sus comen- tarios a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERG, sito en la Av. Canadá Nº 1460 San Borja,Lima. Los comentarios también podrán ser remitidos vía fax al número telefónico 2240491 o, vía correo electrónico ala siguiente dirección: preciopotencia@osinerg.gob.pe. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Re- gulación Tarifaria, la recepción y análisis de los comen-tarios que se presenten al proyecto de norma, así como la presentación de la propuesta final al Consejo Directi- vo del OSINERG. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACIÓN DEL PRECIO BÁSICO DE LA POTENCIA ÍNDICE 1. Objeto 2. Alcance 3. Base Legal 4. Definiciones y Glosario de Términos5. Metodología 6. Selección de la Unidad de Punta 6.1 Tipo de Unidad Generadora 6.2 Ubicación de la Unidad de Punta 6.3 Capacidad estándar de la unidad de punta (CE I- SO) y número de unidades requeridas (NUR) 7. Determinación de la Anualidad de los Costos de Inversión 7.1 Costo Total de Inversión de la Central Termoeléc- trica (CTICT) 7.2 Costo Total de Inversión de la Conexión Eléctrica (CTICE) 7.3 Anualidad de la Inversión (aINV) 8. Determinación del Costo Fijo anual de Opera- ción y Mantenimiento estándar 8.1 Costos Fijos de Personal y Otros (CFPyO) 8.2 Costos Fijos de Operación y Mantenimiento (CFO- yM) 8.3 Costo Fijo anual de Operación y Mantenimiento estándar (CFaOyMe) 9. Costo de Capacidad por unidad de potencia 9.1 Costo de Capacidad por unidad de potencia es- tándar (CCUPS) 9.2 Potencia Efectiva de la unidad de punta (PEF) 9.3 Factor de Ubicación (FU)9.4 Costo de Capacidad por unidad de potencia efec- tiva (CCUPE) 10. Precio de la Potencia de Punta 10.1 Tasa de Indisponibilidad Fortuita de la unidad (TIF) y Margen de Reserva Firme Objetivo del sistema (MRFO) 10.2 Precio Básico de la Potencia (PBP) 10.3 Precio de la Potencia de Punta (PPM) 10.4 Fórmula de Actualización del Precio de la Poten- cia de Punta 11. Revisión del Procedimiento Procedimiento para la Determinación del Precio Básico de la Potencia 1. Objeto El presente procedimiento tiene por objeto estable- cer los criterios, lineamientos y parámetros necesa- rios para la determinación del Precio Básico de laPotencia, de conformidad con lo dispuesto por el Ar- tículo 126º del Reglamento de la Ley de Concesio- nes Eléctricas. 2. Alcance La presente norma es de aplicación para el cálculodel Precio Básico de la Potencia dentro de los pro- cesos regulatorios de fijación y/o revisión de Tarifas en Barra de la Gerencia Adjunta de Regulación Ta-rifaria (en adelante “GART”) del OSINERG. 3. Base Legal La Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Re- guladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; el Reglamento General del Organismo Su-pervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléc-tricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Su- premo Nº 009-93-EM; Ley Nº 27838, Ley de Trans- parencia y Simplificación de los Procedimientos Re-gulatorios de Tarifas; Ley Nº 27444, Ley del Proce- dimiento Administrativo General (en adelante “LPAG”); incluyéndose en todos los casos, las nor-mas modificatorias, complementarias y conexas a los dispositivos citados; y las normas que los modi- fiquen o sustituyan. 4. Definiciones y Glosario de Términos Cuando en el presente documento se utilicen lossiguientes términos en singular o plural se deberá entender por: 4.1. COES : Organismo técnico denominado Comité de Operación Económica del Sistema conforma- do por los titulares de las centrales de genera-ción y de sistemas de transmisión, cuyas ins- talaciones se encuentren interconectadas, con la finalidad de coordinar su operación al míni-mo costo, garantizando la seguridad del abas- tecimiento de energía eléctrica y el mejor aprovechamiento de los recursos energéticos. 4.2. DGE : Dirección General de Electricidad del Ministe- rio de Energía y Minas. 4.3. MEM : Ministerio de Energía y Minas.4.4. GART : Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERG. 4.5. LCE : Ley de Concesiones Eléctricas – Decreto Ley Nº 25844. 4.6. OSINERG : Organismo Supervisor de la Inversión en Ener- gía. 4.7. RLCE : Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctri- cas. 4.8. CE ISO: Capacidad estándar de la unidad de punta. 4.9. CCBGNISO: Capacidad nominal ISO, en carga base con gas natural, a condiciones estándar ISO 2314, de-/G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F