Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2004 (15/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G34/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de julio de 2004 con sede en la ciudad de Kiev; como asesor del señor Ministro de Relaciones Exteriores; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y fun-cionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio deDefensa, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, DecretoSupremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero del 2004y Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de juniodel 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comi- sión del Servicio a la República de Ucrania, del 12 al 18de julio del 2004, al Mayor General FAP MENGONI VI-CENTE Augusto Venancio, con la finalidad que realice una visita a la fábrica y a la estación reparadora de los aviones Antonov, con sede en la ciudad de Kiev. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, deacuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: US$ 3,720.00 x 1 Oficial Viáticos: US$ 260.00 x 7 días x 1 Oficial Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 28.24 x 1 Oficial Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión,sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Oficial General, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002y la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrenda- da por el Presidente del Consejo de Ministros y por elMinistro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 13217 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72 /G64/G65/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G76/G69/G73/G69/G74/G61/G72/G20/G45/G73/G63/G75/G65/G6C/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G4F/G66/G69/G2D/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G53/G75/G62/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G75/G65/G72/G7A/G61/G20/G41/GE9/G2D/G72/G65/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 295-2004-DE/SG Lima, 9 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requi- sitos para la Autorización y Consentimiento para el In-greso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Repú-blica", establece que la autorización de ingreso al terri-torio peruano del personal militar extranjero sin armasde guerra por razones protocolares, de asistencia cívi- ca, actividades académicas, de entrenamiento o simila-res debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se deben especificar los motivos, la identifica-ción del personal militar, la relación de equipos transeún-tes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS) Nº 342 de fecha 18 de junio del 2004, el Director General para Asuntos de Seguri- dad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en mérito a la información proporcionada por la Embaja-da de la República de Chile, solicita se expida la autoriza-ción para el ingreso al territorio de la República, sin ar-mas de guerra, de personal militar de la Fuerza Aéreade Chile, del 2 al 8 de agosto del presente año, con la finalidad de visitar las Escuelas de Oficiales y Subofi- ciales de la FAP, en relación al "Programa de Intercam-bio de Personal en actividades de Carácter Profesional",en el marco de acuerdos bilaterales entre la Fuerza Aé-rea de Chile y la Fuerza Aérea del Perú; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Re- pública, sin armas de guerra, al personal militar de laFuerza Aérea de Chile, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 2 al 8 de agosto del 2004, con la finalidad de visitar lasEscuelas de Oficiales y Suboficiales de la Fuerza Aéreadel Perú. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligen- cia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas delCongreso de la República, en el plazo de 24 horas de suexpedición, conforme lo estipula el artículo 5º de la LeyNº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio-res. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros yEncargado de la Cartera de Relaciones Exteriores ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 13107 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G75/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G2D /G74/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G72/G6F/G2D/G56/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G20/G22/G41/G6C/G6D/G69/G2D /G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G47/G72/G61/G75/G22/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G64/G65/G6C /G50/G65/G72/GFA/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 297-2004-DE/MGP Lima, 9 de julio de 2004 Visto el Oficio B.1000-231 del Director de Infraestruc- tura Terrestre, de fecha 18 de marzo del 2004, medianteel cual solicita regularizar la situación de los bienes in-muebles que se indican en la parte considerativa; CONSIDERANDO: Que, la Asociación Pro-Vivienda "Almirante Grau" (APAG), es propietaria de un terreno de 2,400 m2 ubica-do en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica Nº 70254985 del Registro de la PropiedadInmueble del Callao; Que, el terreno indicado en el considerando preceden- te, se encuentra subdividido en CUATRO (4) UnidadesInmobiliarias, según Resolución Directoral Nº 024-2002/