Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2004 (15/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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RELACIONES EXTERIORES
Designan delegacion que participara en la Reunion de Consultas con Colombia y Ecuador, preparatoria de la III Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio con EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0552-2004-RE

MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que es objetivo de la Politica Exterior del Peru promover los intereses del MORDAZA, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su MORDAZA de insercion a nivel global; Que es conveniente para el interes nacional una participacion activa del Ministerio de Relaciones Exteriores en las negociaciones orientadas a concretar un Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos de America; Que la III Ronda de Negociaciones para el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de MORDAZA se llevara a cabo en MORDAZA, del 26 al 30 de MORDAZA de 2004; Que con miras a la mencionada III Ronda de Negociaciones, las delegaciones de Colombia, Ecuador y Peru han programado su reunion de coordinacion, la misma que se realizara los dias 15 y 16 del presente, en Bogota, Colombia; Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo al esquema de trabajo propuesto por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para las Negociaciones de un Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de MORDAZA, participa en el Comite Tecnico Negociador

y en los distintos grupos de trabajo encargados del TLC con los Estados Unidos de America; Que la Resolucion Ministerial Nº 0120/RE de 24 de febrero de 2004, que designa al Grupo Negociador del Ministerio de Relaciones Exteriores para las negociaciones de un Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de America; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GPX) Nº 3240, del Gabinete de Coordinacion del Secretario de Politica Exterior, de 12 de MORDAZA de 2004; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; en concordancia con el articulo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; los articulos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y el articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la delegacion peruana que participara en la Reunion de Consultas con Colombia y Ecuador, preparatoria de la III Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de MORDAZA, que se llevara a cabo en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, el 15 y 16 de MORDAZA de 2004, conformada por los siguientes funcionarios: - Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reinel, Subsecretario de Asuntos Economicos; - Ministra Consejera en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionaria de la subsecretaria de Asuntos Economicos; y,

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Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE

COMUNICADO Nº 004-2004 (PRE)
VIGENCIA DE LA LEY Nº 28267 QUE MODIFICA DIVERSOS ARTICULOS DEL TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
EL CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO ­ CONSUCODE HACE DE CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL Y, EN PARTICULAR, DE LOS OPERADORES DE LA NORMATIVA SOBRE CONTRATACION PUBLICA QUE, CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 5º DE LA LEY Nº 28267, LAS NORMAS QUE MODIFICAN EL TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO ENTRARAN EN VIGENCIA A LOS TREINTA (30) DIAS DE LA PUBLICACION DE LOS DECRETOS SUPREMOS QUE APRUEBAN UN MORDAZA TEXTO UNICO ORDENADO Y UN MORDAZA REGLAMENTO. EN CAMBIO, LAS NORMAS REFERIDAS A LA INSCRIPCION DE LOS PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS, DISTINTOS A LOS DE CONSULTORIA Y EJECUCION DE OBRAS, ENTRARAN EN VIGENCIA A LOS SEIS (6) MESES DE LA PUBLICACION DE LOS MENCIONADOS DECRETOS SUPREMOS. EN TAL SENTIDO, Y EN TANTO NO ENTRE EN VIGENCIA LA LEY Nº 28267, LAS BASES DE LOS PROCESOS DE SELECCION CONVOCADOS POR LAS ENTIDADES NO PUEDEN EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE LAS MODIFICACIONES QUE TRAE CONSIGO, NI QUE LOS PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS, DISTINTOS A LOS DE CONSULTORIA Y EJECUCION DE OBRAS, DEBAN INSCRIBIRSE DESDE YA EN EL REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DE 2004. 13201

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