Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2004 (15/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2004

E s t e b e n e f i c i o i n c l u ye a l o s c o nve n i o s d e fraccionamiento celebrados en merito a la imposicion de sanciones administrativas, para lo cual deberan acreditar o cancelar al contado las cuotas correspondientes que representen por lo menos el 80% de la sancion insoluta, debiendo indicarse que cualquier exceso sobre dicho porcentaje no sera materia de devolucion alguna. El pago de la Multa Administrativa, no implica la interrupcion de las sanciones no pecuniarias impuestas, o la ejecucion de estas segun sea el caso. Articulo Tercero.- Del Pago Fraccionado Los deudores tributarios que no opten por el pago al contado y que cuenten con deudas superiores a los S/. 320.00 nuevos soles, podran fraccionarlas, sin intereses, ni moras segun el Articulo MORDAZA, numeral 1) inciso a) de la presente Ordenanza en un MORDAZA de 4 cuotas iguales, para lo cual deberan cumplir con las formalidades establecidas en la Ordenanza Nº 130-MDMM. Los deudores tributarios que hayan suscrito convenios de fraccionamiento de pago respecto de obligaciones tributarias o aquellos que hayan perdido el beneficio de pago fraccionado, podran acogerse a los beneficios otorgados en la presente Ordenanza, en la modalidad de refinanciamiento de deuda, al cual podran acumular nuevas deudas y pagarlas en cuatro cuotas iguales de acuerdo al parrafo anterior. Articulo Cuarto.- De los Recursos Tributarios y Administrativos en Tramite Los deudores tributarios y/o infractores que mantengan recursos tributarios y/o administrativos pendientes de pronunciamiento de parte de la administracion y que deseen acogerse a los beneficios otorgados mediante la presente Ordenanza, presentaran original y fotocopia autenticada del escrito de desistimiento de la impugnacion formulada y/o deberan pagar las deudas tributarias reclamadas. Articulo Quinto.- Reconocimiento de Deuda Queda entendido que los deudores tributarios y/o infractores que se hayan acogido a cualquiera de los beneficios mencionados, reconocen expresamente la obligacion materia de regularizacion, por lo que no podran presentar futuras reclamaciones o recursos administrativos respecto a las deudas canceladas al MORDAZA de estos beneficios. Articulo Sexto.- Garantia o Medidas Cautelares Las garantias que se encuentren otorgadas o las m e d i d a s c a u t e l a r e s e j e c u t a d a s a favo r d e l a Municipalidad, se mantendran en tanto se concluya la cobranza de la deuda tributaria, salvo que el deudor tributario la sustituya por otra garantia a satisfaccion de la Municipalidad. Articulo Septimo.- Vigencia El beneficio establecido en la presente Ordenanza estara vigente durante el periodo comprendido entre el 15 de MORDAZA y el 6 de agosto del presente ano. Transcurrido dicho plazo se procedera a ejecutar la cobranza del integro de las deudas tributarias y no tributarias. Articulo Octavo.- Facultades del MORDAZA Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion y/o ampliacion de la presente Ordenanza. Articulo Noveno.- Del Cumplimiento de la Ordenanza Encarguese a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, Departamento de Ejecutoria Coactiva, Departamento de Multas, Departamento de Informatica y Estadistica, Gerencia de Administracion y Finanzas, el cumplimiento de la presente Ordenanza, al Departamento de Imagen Institucional su difusion y a Secretaria

General la publicacion de la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 13180

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 010-2004-MDSL

San MORDAZA, 17 de junio de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital (C.C.L.D.); y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de lo establecido en los Articulos 17º y 42º, inciso g) de la Ley de Bases de la Descentralizacion, el Articulo 102º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; el Concejo Distrital de San MORDAZA mediante Ordenanza Nº 0002-2004-MDSL de fecha 22 de enero del 2004, llevo a cabo el MORDAZA de Eleccion de los Integrantes del Consejo de Coordinacion Local Distrital de San Luis; Que, el Consejo de Coordinacion Local Distrital se rige por el Reglamento aprobado por Ordenanza Distrital durante el Primer Trimestre de su Funcionamiento, a propuesta del Consejo de Coordinacion Local Distrital, conforme lo dispone el Articulo 105º de la Ley Nº 27972; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, luego del debate correspondiente en Sesion Ordinaria de la fecha, POR MAYORIA se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE SAN MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA, el mismo que tendra VI Capitulos, 21 Articulos y tres Disposiciones Complementarias, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Imagen Institucional y Cooperacion Internacional la difusion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13169

Aprueban Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo de la municipalidad
ORDENANZA Nº 011-2004-MDSL

San MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2004

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