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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2004 (15/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 63

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G34/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 352-2004- INPE/P de fecha 21 de mayo de 2004, se resuelve ins-taurar proceso administrativo disciplinario al servidor dela Dirección Regional Lima del Instituto Nacional Peni- tenciario: Agente Penitenciario HERNAN RODRIGUEZ VARILLAS, por haber incurrido en ausencias injustifica-das consecutivas y no consecutivas en un período detreinta días calendario, a su centro de trabajo cuandolaboraba en el Establecimiento Penitenciario de Proce-sados Cambio Puente Chimbote, del 12 al 16, del 19 al 23 y del 26 al 29 de agosto; del 2 al 6 de setiembre; los días 9 y 16 de diciembre correspondiente al año 2002.Asimismo, del 13 al 17 de enero; los días 4, 17, 18, 24 y25 de febrero; del 4 al 7 y del 17 al 31 de marzo del año2003; lo cual hace un total de cincuenta (50) días deausencia; Que, de la revisión y análisis del descargo presenta- do por el servidor HERNAN RODRIGUEZ VARILLAS,quien refiere en su defensa que la resolución de apertu-ra de proceso no es precisa en cuanto a las faltas que sele imputan, sin embargo, reconoce en parte las inasisten-cias esgrimidas en la misma; por otro lado refiere que, sus faltas se debieron a factores de nivel familiar y socio económico que lo obligaron a incurrir en inasistencias asu centro de trabajo, el Establecimiento Penitenciario deProcesados Cambio Puente Chimbote; Que, los argumentos vertidos por el servidor HER- NAN RODRÍGUEZ VARILLAS, no enerva las imputaciones formuladas en su contra, toda vez que no presenta documentación alguna que corrobore suversión o en todo caso justifique sus inasistencias asus labores los días del 12 al 16, del 19 al 23 y del 26al 29 de agosto; del 2 al 6 de setiembre; los días 9 y16 de diciembre correspondiente al año 2002. Asimis- mo, los días 4, 17, 18, 24 y 25 de febrero; del 4 al 7 y del 17 al 31 de marzo del año 2003; sin embargo, cabeefectuar la aclaración respecto a las inasistencias delos días del 13 al 17 de enero de 2003 consideradasen la resolución de instauración de proceso adminis-trativo y que según el Informe Nº 056-2003-INPE-17- 209-ORH de fecha 2 de junio de 2003, documento que obra a fojas 39 del expediente, refiere que fueron jus-tificadas con certificado médico, por lo que en esteextremo no cabe imputarle dichas faltas, quedando portanto acreditado sus inasistencias a su centro de tra-bajo por espacio de 45 días; Que, el referido servidor al haber registrado 45 días de inasistencias injustificadas a su centro de trabajo hainfringido lo dispuesto en los artículos 10º y 39º inciso b)del Reglamento de Control de Asistencia, Puntualidad yPermanencia para los Trabajadores del Instituto Nacio-nal Penitenciario aprobado por Resolución de la Presi- dencia de la Comisión Reorganizadora Nº 503-98-INPE- CR-P de fecha 16 de noviembre de 1998; e incumplidosus obligaciones previstas en los incisos a) y c) del artí-culo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Basesde la Carrera Administrativa y de Remuneraciones delSector Público, faltas administrativas disciplinarias pre- vistas en los incisos a) y k) del artículo 28º de la acotada norma legal; Estando a lo informado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, con lasvisaciones de los miembros del Consejo Nacional Peni-tenciario y de las Oficinas Generales de Administración y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM,Reglamento de la Carrera Administrativa, ResoluciónMinisterial Nº 040-2001-JUS, Reglamento de Organiza-ción y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, y en uso de las facultades conferidas por Resolución Su- prema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- IMPONER la medida disciplinaria de DESTITUCIÓN al servidor Agente Penitenciario HER- NAN RODRIGUEZ VARILLAS, nivel STB, del Estableci-miento Penitenciario de Procesados Cambio PuenteChimbote de la Dirección Regional Lima del InstitutoNacional Penitenciario, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- La medida disciplinaria a que se refiere el artículo 1º, surtirá efecto una vez que haya quedadofirme la presente resolución o se haya agotado la víaadministrativa, conforme lo establecen los artículos 192º y 216º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General. Artículo 3º.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a través de la Oficina de Recursos Humanos del InstitutoNacional Penitenciario para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Presidente 13128 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G66/G69/G73/G2D/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 509-2004-J-OPD/INS Lima, 12 de julio del 2004 Visto los Informes Nº 254-2004-DG-OGA/INS y Nº 217-2004-DG-CNSP/INS de los Directores Generales de la Oficina General de Administración y del Centro Nacio- nal de Salud Pública del Instituto Nacional de Salud, re-feridos a la inclusión en el Plan Anual de Adquisicionesde la Adjudicación Directa Selectiva para la contratacióndel "Servicio de Consultoría para la Capacitación en elDesarrollo y Evaluación de Cultivos Celulares, Prueba de Diagnóstico Viral, Serológico y Producción de Antí- genos Virales"; CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Salud como Organismo Público Descentralizado del Sector Salud, requiere la pro- visión de bienes y servicios que aseguren el logro de losobjetivos programados para el presente ejercicio presu-puestal; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 012-2004-J- OPD/INS del 12 de enero de 2004, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Salud del año 2004, el cual se modificó amérito de la Resolución Jefatural Nº 329-2004-J-OPD/INS del 13 de mayo de 2004, en el cual no se programóla Adjudicación Directa Selectiva "Servicio de Consulto-ría para la Capacitación en el Desarrollo y Evaluación de Cultivos Celulares, Pruebas de Diagnóstico Viral, Serológico y Producción de Antígenos Virales"; Que, el Artículo 6º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S.Nº 013-2001-PCM, establece que el Plan Anual de Ad-quisiciones y Contrataciones contendrá las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicaciones Directas y opcionalmente información relativa a las Adjudicacio-nes de Menor Cuantía; Que, el numeral 6 de las Disposiciones Específicas de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, aproba-da mediante Resolución Nº 200-2001-CONSUCODE/ PRE, en concordancia con los Artículos 7º y 8º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, precisa que el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones puede ser modificado en cualquier mo-mento durante el respectivo ejercicio presupuestal deconformidad con su respectiva asignación presupuestal o la debida reprogramación de las metas propuestas; Que, en los mencionados cuerpos normativos se es- tablece que toda modificación al Plan Anual de Adqui-siciones y Contrataciones por inclusión o exclusión delos procesos de selección, deberá ser aprobada por elTitular del Pliego o la máxima autoridad administrativa