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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2004 (15/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 58

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G34/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de julio de 2004 Nº 185, Dpto. 202, distrito, provincia y departamento de Piura, contando además, con un local anexo ubica-do en Jr. Huancavelica Nº 470, en la misma localidad,en donde se atenderá al público; habiéndose cumpli-do con lo dispuesto en la Circular Nº EDPYME 110-2004; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "E" mediante Informe NºDESF "E" 089-2004; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, la Circular Nº EDPYME 110-2004, y en virtud de las facultadesdelegadas por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 deenero de 1998; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME Camco Piu- ra, el traslado de su oficina principal ubicada en Manza-na A - Lote 02, Urb. San Eduardo, distrito, provincia ydepartamento de Piura, hacia un nuevo local, ubicadoen Av. Grau Nº 185, Dpto. 202, distrito, provincia y de- partamento de Piura, y en local anexo en Jr. Huancavelica Nº 470 de la misma localidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 13137 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G45/G6C/G20/G50/G61/G63/GED/G66/G69/G63/G6F/G20/G56/G69/G64/G61/G20/G43/G6F/G6D/G70/G61/GF1/GED/G61 /G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G79/G20/G52/G65/G61/G73/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G61/G20/G73/G75/G73/G74/G69/G74/G75/G69/G72/G20/G73/G75/G61/G72/G63/G68/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G75/G6E/G20/G73/G69/G73/G74/G65/G2D/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G6D/G69/G63/G72/G6F/G61/G72/G63/G68/G69/G76/G6F/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G2C/G20/G63/G6F/G6E/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G78/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G69/G63/G72/G6F/G67/G72/G61/G62/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN SBS Nº 1089-2004 Lima, 6 de julio de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por El Pacífico Vida Compa- ñía de Seguros y Reaseguros, para que se le autorice la sustitución del archivo de documentación que utili- zan para desarrollar sus actividades, tales como póli-zas de seguro, estados de cuentas bancarias, solicitu-des de seguros, fichas de emisión, copias de documen-tos de identidad del asegurado y/o contratante, solicitu-des rechazadas, formatos de modalidad de pago, cuestionarios de salud, anexos de pólizas, formatos de solicitud de cambios en las pólizas (cambio de benefi-ciarios, cambio de cuenta, cambio de dirección, entreotros), anexos de solicitudes, cartas de reclamos, ac-tas de defunción, certificados médicos, solicitudes depago de beneficios, atestados policiales, documentos de las áreas de Recursos Humanos, Contabilidad y Te- sorería, entre otros documentos, por un sistema de mi-choarchivo especializado; CONSIDERANDO: Que, mediante Circular Nº S-536-92 de fecha 30 de octubre de 1992, esta Superintendencia estableció lasnormas referidas a la sustitución de archivos, utilizando procedimientos técnicos de micrograbación o microfilma- ción; Que, el Decreto Legislativo Nº 681, su modificatoria y Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-92-JUS y demás normas modificatorias y complementarias,aprobaron las normas que regulan el uso de tecnologías avanzadas en materia de archivo de documentos e infor- mación y reconocen valor legal a los conservados me-diante imágenes digitalizadas, con procedimientos téc- nicos de micrograbación. Asimismo, el indicado DecretoLegislativo, dispone en su artículo 14º, que las empre-sas sometidas a la supervisión de la Superintendenciade Banca y Seguros podrán acogerse a las reglas esta-blecidas en el mismo, previa autorización de este Órga- no de Supervisión y Control; Que, El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Rease- guros ha cumplido con remitir la documentación exigidapor la Circular Nº S-536-92, el Decreto Legislativo Nº 681, su Reglamento, modificatorias y leyes complementarias y el numeral 69 del Texto Único de Procedimientos Ad-ministrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aproba-do mediante Resolución SBS Nº 131-2002 y modificadopor la Resolución Nº 1724-2003; Que, el volumen del archivo de los mencionados do- cumentos que mantiene El Pacífico Vida Compañía deSeguros y Reaseguros, hace necesaria la utilización deun archivo con microformas producidas mediante el usode tecnologías avanzadas en materia de archivo de do- cumentos e información; Que, el archivo que solicita organizar El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros se circunscribe alo dispuesto en el artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 681, encargando la labor de micrograbación a la empre- sa RANSA COMERCIAL S.A., en el marco de lo señala-do en el artículo 31º, literal b), del Reglamento del De-creto Legislativo Nº 681, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 009-92-JUS; Que, la empresa RANSA COMERCIAL S.A. cuenta con el Certificado vigente de Idoneidad Técnica en Mi-crograbación y de Cumplimiento de las Normas Técni-cas, expedido por SGS del Perú S.A., para la producciónde microformas mediante el uso de medios de archivo electrónico; Que, de la revisión de la documentación que susten- ta la solicitud de El Pacífico Vida Compañía de Segurosy Reaseguros se establece que esta aseguradora cum- ple con los requisitos y condiciones de acuerdo a Ley; Estando a lo informado por el Departamento de Aná- lisis y Supervisión del Sistema de Seguros "B" medianteInforme Nº 037-2004-ISB, por el Departamento Legal me- diante Informe Nº 564-2004-LEG y por el Departamento de Riesgos de Operación mediante Memorándum Nº 23-2004/DERO; Contando con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Seguros y la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Ge- neral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a El Pacífico Vida Compa- ñía de Seguros y Reaseguros a sustituir el archivo dedocumentación que utilizan para desarrollar sus activi-dades, tales como pólizas de seguro, estados de cuen- tas bancarias, solicitudes de seguros, fichas de emi- sión, copias de documentos de identidad del asegura-do y/o contratante, solicitudes rechazadas, formatos demodalidad de pago, cuesionarios de salud, anexos depólizas, formatos de solicitud de cambios en las póli-zas (cambio de beneficiarios, cambio de cuenta, cam- bio de dirección, entre otros), anexos de solicitudes, cartas de reclamos, actas de defunción, certificadosmédicos, solicitudes de pago de beneficios, atestadospoliciales, documentos de las áreas de Recursos Hu-manos, Contabilidad y Tesorería, entre otros documen-tos, por un sistema de michoarchivo especializado que se ubicará fuera de la Oficina Principal, con servicio externo de micrograbación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 13123