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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G34/G39/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de julio de 2004 para garantizar el desarrollo urbano en el distrito, la per- manencia de su exigencia debe evaluarse en función a lademanda que exige la formalización y acceso al mercadoque requiere licencia de funcionamiento; Que, se debe de establecer un trámite simplificado para aquellos establecimientos cuyo giro no afecta el ca- rácter urbanístico del distrito, sin perjuicio que luego de la autorización municipal se corra traslado al área de con-trol urbano para la verificación de los cambios estructu-rales donde están ubicados los establecimientos; Que, el Decreto Supremo Nº 013-2000-PCM, Regla- mento de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil, establece un sistema diferencial de inspección téc- nica de Defensa Civil, existiendo dos tipos de inspeccio-nes: básicas y de detalle, cuya disimilitud está referida ala capacidad de aforo; Que, resulta necesario cautelar algunos giros espe- ciales que de conformidad con la norma indicada en el párrafo anterior, requieran el trámite obligatorio para la inspección técnica de detalle para los giros de: centroseducativos de gran alumnado, universidades, institutos,clínicas, centros comerciales, centros de recreación, es-tablecimientos de hospedaje, industrias livianas y me-dianas, talleres, discotecas, karaokes, night club, entre otros giros de igual complejidad o cuando los inspecto- res de seguridad de inspección básica lo determinen; Que, estas modificaciones al Texto Único de Procedi- mientos Administrativos no requiere de la ratificación dela Municipalidad de Lima, por cuanto sólo se ha creadonuevos procedimientos y requisitos, manteniendo los de- rechos administrativos aprobados por Ordenanza Nº 94- MSS y sus modificatorias aprobadas por Decreto de Al-caldía Nº 01-2004-MSS; Estando a lo expuesto en el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Desarrollo Local, Seguridad Ciuda-dana, Tránsito y Transporte Urbano y Defensa Civil yAsuntos Jurídicos Nº 001-2004-CDL-CSCTYDF-CAJ- MSS y en uso de las facultades conferidas en los artícu-los 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Muni-cipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectu-ra y aprobación del acta, por Unanimidad aprobó lo si-guiente: ORDENANZA QUE MODIFICA DIVERSOS PROCEDIMIENTOS DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Artículo 1º.- Aprobar las modificaciones del Texto Úni- co de Procedimientos Administrativos de la Municipali-dad de Santiago de Surco, el cual quedará redactado conforme se detalla en el Anexo adjunto. Artículo 2º .- Incorporar las modificaciones detalla- das en el anexo adjunto al Texto Único de Procedimien-tos Administrativos aprobado por Ordenanza Nº 94-MSS. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento de los numerales 38.1 y 38.2 del artículo 38º de la Ley del ProcedimientoAdministrativo General Nº 27444, no aplicándose el ter-cer párrafo de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Económico y a la Subgerencia de Defensa Civil el cum- plimiento de la presente norma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstosdeberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 P OR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU