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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (16/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G37/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 16 de junio de 2004 Política de Protección Patrimonial, la cual implica velar, con los organismos nacionales pertinentes, por el estricto cum-plimiento de las disposiciones internacionales en los sitiosperuanos inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GPX) Nº 2669, del Gabinete de Coordinación del Secre- tario de Política Exterior, de 8 de junio de 2004; De conformidad con la Cuarta Disposición Complemen- taria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de laRepública; en concordancia con el artículo 830º del Decre-to Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Ba-ses de la Carrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorización de viajes al exteriorde servidores y funcionarios públicos; y, el artículo 15º dela Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el año fiscal 2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, José Alberto Ca-rrión Tejada, Director Ejecutivo de la Subsecretaría de Po- lítica Cultural Exterior, para que participe en la 28ª sesión del Comité del Patrimonio Mundial, a realizarse en Suzhou,República Popular China, del 28 de junio al 7 de julio de2004. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumpli- miento de la presente resolución por concepto de pasajes Lima-París-Lima US$ 1 359,00, viáticos US$ 3 120,00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 28,00 serán cubiertospor el Pliego Presupuestal del Ministerio de RelacionesExteriores, debiendo el citado funcionario rendir cuentadocumentada en un plazo no mayor de quince días al tér-mino de la citada comisión. El pasaje París-Suzhou-París será cubierto por la Comisión Nacional China de Coopera- ción con la UNESCO. Artículo Tercero.- Dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes al término de la citada comisión, elmencionado funcionario deberá presentar ante el señorMinistro de Relaciones Exteriores un informe de las accio- nes realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente resolución no da dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros deninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 11344 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 O N P E /G44/G65/G66/G69/G6E/G65/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73 /G44/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G2D/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G74/G61/G20/G50/G6F/G70/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G76/G6F/G63/G61/G2D/G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G61/G6E/G64/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G31/G37/G20/G64/G65 /G6F/G63/G74/G75/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 108-2004-J/ONPE Lima, 14 de junio de 2004. Vistos; la Resolución Nº 072-2004-JNE de fecha 21 de abril de 2004, mediante la cual el Jurado Nacional de Elec- ciones convoca a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales para el domingo 17de octubre de 2004 y las Resoluciones Nº 076-2004-JNE yNº 090-2004-JNE del Jurado Nacional de Elecciones, envirtud de las cuales se incluyen diversas jurisdicciones enla convocatoria a Consulta Popular de Revocatoria delMandato de Autoridades Municipales efectuada mediante Resolución Nº 072-2004-JNE; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Elec- torales, Nº 26487, es función esencial del citado organis-mo electoral velar por la obtención de la fiel y libre expre-sión de la voluntad popular manifestada a través de los pro-cesos electorales, de referéndum y otros tipos de consultapopular a su cargo; Que, en el artículo 49º de la Ley Orgánica de Elecciones, Nº 26859, se establece que los Jefes de las Oficinas Des-centralizadas de Procesos Electorales, los funcionarios delas mismas y los coordinadores de local de votación sondesignados por el Jefe de la Oficina Nacional de ProcesosElectorales, mediante Concurso Público; Que, en consecuencia, corresponde definir a los funcio- narios de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Elec-torales para la Consulta Popular de Revocatoria del Man-dato de Autoridades Municipales, que serán seleccionadospor Concurso Público; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5º, literales c) y g), y 13º de la Ley Orgánica de la Oficina Na- cional de Procesos Electorales, Nº 26487 y artículo 9º, li-teral u), de su Reglamento de Organización y Funciones,aprobado por Resolución Jefatural Nº 051-2004-J/ONPEdel 27 de febrero de 2004; Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Definir como funcionarios de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales parala Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autori- dades Municipales, convocada para el domingo 17 de oc- tubre de 2004, a ser designados mediante Concurso Públi-co, a quienes desempeñen los siguientes cargos: a) Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales. b) Asistente Administrativo de la Oficina Descentraliza- da de Procesos Electorales. c) Coordinador de Local de Votación. Artículo Segundo.- Poner la presente Resolución Jefatu- ral en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO TUESTA SOLDEVILLA Jefe 11345 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G70/G72/G6F/G70/G6F/G72/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G2D /G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G61/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 340-2004-JEF/RENIEC Lima, 11 de junio de 2004 VISTOS: El Oficio Nº 3039-2004-GO/RENIEC y el In- forme Nº 589-2004-GAJ/RENIEC de fecha 4 de junio del2004, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, en-