Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2004 (03/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G37/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de marzo de 2004 por las disposiciones del Capítulo II (“Procedimiento San- cionador”) del Título IV (“De los Procedimientos Especia- les”) de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Del Reglamento del Consejo de Deporte Escolar, del Registro Nacional del Deporte y de la Co- misión Nacional Antidopaje Los Reglamentos del Consejo de Deporte Escolar, del Registro Nacional del Deporte y de la Comisión Nacional Antidopaje, son aprobados mediante Resolución del Presi- dente del IPD, en un plazo de noventa (90) días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento. Segunda.- Del Reglamento del Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte El Reglamento del Consejo Superior de Justicia Depor- tiva y Honores del Deporte es elaborado y aprobado por la Sala Plena de este órgano, en un plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir del acto de instalación del Con- sejo, que está a cargo del Presidente del IPD. Tercera.- Del plazo para las convocatorias y desig- naciones Las convocatorias para la elección de los miembros del Consejo Directivo, de los Consejos Regionales del Deporte, del Consejo del Deporte Escolar, la Comisión Nacional Antidopaje y el Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte, deben ser realizadas en un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, con- tados a partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento, bajo responsabilidad de las autoridades competentes. En el caso de las designaciones, las autoridades competentes deben formalizarlas y comunicar éstas al Presidente del IPD, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles contados a partir de la entrada en vi- gencia del presente Reglamento. Para la renovación del Consejo Directivo, de los Con- sejos Regionales del Deporte, del Consejo del Deporte Escolar, Comisión Nacional Antidopaje y del Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte, el proceso de designación y convocatoria de elección de los miembros debe llevarse a cabo durante el último trimestre del año calendario previo al que culminan sus funciones. Cuarta.- De las normas derogadas Deróguese el Decreto Supremo Nº 07-86-ED y otras normas que se opongan al presente Reglamento. 04393 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G73/G65/G72/G2D/G76/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6F/G2D/G64/G65/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 069-2004-PCM Lima, 2 de marzo de 2004 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 423-2001-PCM se designó, entre otros, al señor Julio Velarde Flores como miembro del Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, en representación del Poder Ejecutivo; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 27594; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el se- ñor Julio Velarde Flores, como miembro del Directorio delBanco Central de Reserva del Perú, en representación del Poder Ejecutivo, dándosele las gracias por los serviciosprestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 04487 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C /G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G73/G65/G72/G76/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6F/G64/G65/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 070-2004-PCM Lima, 2 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 069-2004-PCM se aceptó la renuncia del señor Julio Velarde Flores comomiembro del Directorio del Banco Central de Reserva delPerú, en representación del Poder Ejecutivo; Que, es necesario designar a un nuevo miembro del Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, en re- presentación del Poder Ejecutivo; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 27594; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como miembro del Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, en representación delPoder Ejecutivo al señor Luis Julián Martín Carranza Ugar-te. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 04488 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G4F/G4E/G41/G4A/G55 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 071-2004-PCM Lima, 2 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacio- nal de la Juventud, se creó el Consejo Nacional de laJuventud - CONAJU, como un ente sistémico que serige por los principios de identidad, transparencia,participación, concertación, coordinación, representa- ción e institucionalidad democrática y descentralizada, conformado por el Comité de Coordinación del CO-