Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2004 (08/03/2004)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, lunes 8 de marzo de 2004

VISTO: El Informe Nº 001/MDP/EPP, del area de Economia, Planificacion y Planificacion; correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2004, donde informa la necesidad de aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Pucusana; CONSIDERANDO: Que, el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y los articulos 5º, 6º, 7º, 8º y 9º de su Reglamento, establecen que las entidades del Sector Publico deben elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que prevea los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el Ejercicio Presupuestal, asi como el monto del Presupuesto requerido para su contratacion o adquisicion, el mismo que una vez aprobado debera ser remitido al CONSUCODE y PROMPYME dentro de los plazos establecidos; Que, de conformidad al Art. 6º del Reglamento de la Ley MORDAZA acotada, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 078-2001-PCM, establece que dicho Plan debe contener la informacion de Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adquisiciones Directas a realizarse durante el periodo correspondiente a cada ejercicio fiscal; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 012-04, de fecha 22 de enero de 2004, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal 2004 de la Municipalidad Distrital de Pucusana; Y, estando a las facultades que la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, le confiere a la Alcaldia en su Art. 20º Inc. 6); SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Pucusana, correspondiente al Ejercicio Presupuestal del ano 2004, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Gerente Municipal, efectuar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y la remision de un ejemplar del mismo al CONSUCODE y PROMPYME, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese, cumplase y luego archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04760

Que, los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y financiera en los asuntos de su competencia, y le otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, en concordancia con lo senalado en el articulo II de la Ley Organica de Municipalidades, Ley 27972; Que, el articulo 60º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, senala que de conformidad a lo establecido por el articulo 74º y 195º inciso 4) de la Carta Magna del Peru, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones dentro de los limites que fije la ley; Que, de conformidad con los articulos 66º y 68º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 776, se establece que las Municipalidades podran crear tasas por la prestacion de un servicio publico que se brinde dentro de la jurisdiccion de su distrito; Que, el Concejo Municipal cumple funcion normativa de acuerdo a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion del Estado, asi como del articulo 9º incisos 8) y 9) de la Ley Organica de Municipalidades MORDAZA citada; Que, la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA ejerce su funcion normativa, entre otros dispositivos a traves de Ordenanzas, las cuales tienen el rango de leyes, de conformidad a lo dispuesto por el articulo 200º inciso 4) de la Constitucion Politica y a la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, Decreto Supremo Nº 135-99-EF.; Que, mediante la presente Ordenanza se establece el MORDAZA Legal del Regimen Tributario Aplicable a los Arbitrios de Gestion de Residuos Solidos y de Areas Verdes, en la Jurisdiccion del Distrito, a fin de facilitar su administracion y para garantizar su equitativa distribucion entre los contribuyentes; Que, se considera prioridad para la actual gestion municipal, revertir la situacion ambiental del distrito y avanzar en la construccion de una "Comunidad saludable, limpia y verde", en concordancia con el Plan Integral de Desarrollo, el Plan de Gestion Ambiental para el ano 2004, el Plan Integral de Manejo de Residuos Solidos y el Plan Integral de Manejo de los Espacios Publicos destinados a areas verdes; Que, resulta necesario adoptar las medidas pertinentes para asegurar la continuidad en unos casos y la implementacion en otros del Buen Funcionamiento de los Servicios Publicos financiados por los Arbitrios mencionados en el considerando anterior; Estando a lo informado, de conformidad a lo dispuesto por los articulos 9º incisos 8) y 9), 10º, 40º, 69º, 73º y 85º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, asi como los articulos pertinentes senalados anteriormente de la Constitucion Politica del Estado, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA:

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Aprueban MORDAZA Legal del Regimen Tributario de los Arbitrios de Gestion de Residuos Solidos y de Areas Verdes
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 079-MVES

MORDAZA LEGAL DEL REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE GESTION DE RESIDUOS SOLIDOS Y DE AREAS VERDES

MORDAZA El MORDAZA, 27 de febrero del 2004 Visto: El Memorandum Nº 01-2004-CRLPEMA/MVES del 18.2.2004, asi como el Dictamen emitido por la Comision de Limpieza Publica, Ecologia y Medio Ambiente.

Articulo 1º.- AMBITO DE APLICACION.- En uso de la potestad Tributaria Municipal prevista en la Constitucion Politica del Estado y leyes complementarias, se establece en el Distrito de MORDAZA El MORDAZA el MORDAZA Legal del Regimen Tributario de los Arbitrios de Gestion de Residuos Solidos y de Areas Verdes. Articulo 2º.- HECHO GENERADOR.- El Hecho generador de la Obligacion Tributaria es la prestacion y/o mantenimiento en forma general de los Servicios Publicos Locales que se mencionan en el articulo anterior. Articulo 3º.- SUJETOS OBLIGADOS.- Estan considerados al pago de los Arbitrios Municipales en condicion de Contribuyentes o Responsables, los propietarios de los predios ubicados en la jurisdiccion del Distrito, aun cuando se encuentren desocupados o cuando un

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