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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G37/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de marzo de 2004 Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradasy la presentación de documentos por parte del interesado,tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la vali-dez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación de los principios de celeridad y sim- plificación administrativa, se considera pertinente precisarque las instalaciones de los aeropuertos y/o aeródromosprivados podrán ser utilizadas previa autorización de susrespectivos propietarios; Que, en aplicación del artículo 9º literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil es com- petente para otorgar, modificar, suspender o revocar losPermisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendoel presente procedimiento mediante la expedición de laResolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposi- ciones legales vigentes; y con la opinión favorable de lasáreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar en la parte pertinente, el artícu- lo 1º de la Resolución Directoral Nº 003-2003-MTC/12 del7 de enero del 2003, que otorgó a la empresa AEROICAS.R.L. Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trans-porte Aéreo Especial - Turístico, incorporando el materialaeronáutico al ya autorizado en su respectivo Permiso de Operación, de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONÁUTICO: - Cessna 170. - Cessna 172. - Cessna 180.- Cessna 182.- Cessna 185.- Cessna 205.- Cessna 206. - Cessna 207. - Cessna 208.- Cessna 210.- Cessna 402.- Cessna 421.- Pipper 180 Cherokee. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Di- rectoral Nº 003-2003-MTC/12 del 7 de enero del 2003, con-tinúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILSON BENZAQUÉN R. Director General de Aeronáutica Civil 04315 VIVIENDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G71/G75/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G61 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G65/G64/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G46/G6F/G6C/G2D /G6B/G6C/G6F/G72/G65/G20/G79/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G6E/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 090-2004-VIVIENDA Lima, 16 de marzo de 2004 Vistos; la Carta de la Federación Regional de Folklore y Cul- tura de Puno recibida el 3 de marzo del 2004; el Informe TécnicoNº 066-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM del Programa de Equipamiento Básico Municipal y el Memorándum Nº 021-2004- VIVIENDA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Extraordinario Nº 215- PCM-93 se exceptuó al Ministerio de la Presidencia de los procesos de selección a fin que pudiera adquirir directa-mente de distintas firmas chinas: 20,000 máquinas de co- ser con motor eléctrico, 350 equipos de tornos, herra-mientas, taladros, fresadoras y cepilladoras, y 13,094 má-quinas remalladoras; hasta por un valor CIF Callao total de4'296,038.30 (Cuatro Millones Doscientos Noventa y SeisMil Treinta y Ocho con 30/100 Dólares USA), con el objeto de crear y transferir la tecnología apropiada para contribuir a erradicar la pobreza y el mejoramiento de los niveles deingreso de la población, otorgándosele, en tal sentido, losinstrumentos y equipos que permitan la creación y transfe-rencia de tecnología apropiada para el logro de mayoresingresos o alcanzar un mayor nivel de capacitación; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modificó la organización y funciones de los Ministerios,regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del PoderEjecutivo, determinándose el número de Ministerios, entrelos cuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministe-rio de la Presidencia, quedando extinguido para todos susefectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estable- ció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según corresponda, asumía las competencias, funciones, atri- buciones, los derechos y obligaciones, del Viceministerio de In-fraestructura, del Programa de Equipamiento Básico Municipaly los órganos de apoyo, control, defensa judicial y asesoría delMinisterio de la Presidencia que se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento se constituyó como un organismo público integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organiza-ción y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Or-ganización y Funciones aprobado por Decreto SupremoNº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejorarlas condiciones de vida de la población facilitando su acce- so a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, pro- porcionando el ordenamiento, crecimiento, conservación,mantenimiento y protección de los centros de población ysus áreas de influencia, fomentando la participación de lasorganizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e in-versión privada, incluyendo algunas de las funciones asu- midas del extinto Ministerio de la Presidencia como las que a la maquinaria del primer considerando respecta; Que, mediante Carta recibida el 3 de marzo del 2004, el Sr. Denilson Medina Sánchez, Presidente de la Federa-ción Regional de Folklore y Cultura de Puno, provincia dePuno, departamento de Puno, solicitó al Ministerio de Vi- vienda, Construcción y Saneamiento la donación de Ma- quinaria para confecciones, que se detallan en el Anexoque forma parte integrante de la presente Resolución; Que, mediante el Memorándum Nº 027-2004/VIVIENDA- VMCS-PREBAM, el Jefe del Programa de Equipamiento Bá-sico Municipal corrió traslado del Informe Técnico Nº 066- 2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM en el cual se precisa que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada pararecibir e instalar la maquinaria solicitada como donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del PREBAM y actuando de confor-midad con lo dispuesto en la "Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposición de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vi-vienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos",aprobada vía la Resolución de Secretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donaciónde maquinaria para confecciones detalladas en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la dona- ción de las máquinas que se detallan en los Anexos que for-man parte integrante de la presente Resolución a favor de laFederación Regional de Folklore y Cultura de Puno, provinciade Puno, departamento de Puno, con la finalidad de crear y equipar un "Centro de Confección de Vestidos Folklóricos y Afines", que apoye y revalide las diferentes manifestacionesartísticas en pro de su desarrollo cultural, social y económico; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria des- crita en el Anexo que forma parte integrante de la presente