Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2004 (25/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, jueves 25 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 007-2004-MTC

pone restringir al minimo indispensable los viajes al exterior del MORDAZA en comision de servicio que irroguen gastos al Estado, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, estos seran aprobados por Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministerio del sector correspondiente, con excepcion de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaran por resolucion del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA ha convocado a la XII Reunion del Consejo de Ministros de Transportes y Obras Publicas de la Comunidad MORDAZA, que se llevara a cabo el dia 26 de marzo del 2004, en la MORDAZA de Manta, Republica de Ecuador; Que, dicho evento tendra como finalidad analizar el desarrollo de las distintas areas del Sector Transportes en los paises Miembros de la Comunidad Andina; conocer los avances en la aplicacion de los Instrumentos Internacionales referidos al Sector aprobados en el seno del referido organismo; continuar la evaluacion acerca del establecimiento de una politica comun referida al Sector Transportes a nivel regional e informar acerca de la implementacion de los Ejes de Integracion Fisica en el MORDAZA de la Iniciativa para la Integracion de Infraestructura Regional Sudamericana (IIRSA), entre otros objetivos de suma importancia para los procesos de integracion regional; Que, siendo una de las metas del Estado Peruano, a traves del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, integrar interna y externamente al MORDAZA y fortalecer las relaciones del Peru con los demas paises de la region,resulta sumamente importante para los intereses de nuestro MORDAZA participar en el referido evento, para cuyo fin se ha considerado necesario autorizar el viaje del senor Henrry MORDAZA MORDAZA, Asesor de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº 27619, Nº 27791 y Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del senor Henrry MORDAZA MORDAZA, Asesor de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto de dicha entidad, a la MORDAZA de Manta, Republica de Ecuador, el 26 de marzo del 2004, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasaje aereo : US$ 357,55 - Viaticos : US$ 200,00 - Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto : US$ 28,24 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la persona mencionada en el articulo 1º de la presente Resolucion Suprema, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe detallado al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 06012

Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 007-2004MTC, publicada en nuestra edicion del dia 24 de marzo de 2004. DICE: Articulo 1.- (...) - Sr. MORDAZA MORDAZA Guercia MORDAZA, quien lo presidira (...) DEBE DECIR: Articulo 1.- (...) - Sr. MORDAZA MORDAZA Guerola MORDAZA, quien lo presidira (...) 06016

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgados de Paz en diversos centros poblados de los departamentos de San MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 032-2004-CE-PJ MORDAZA, 25 de febrero del 2004 VISTOS: El Oficio Nº 2098-2002-P-CSJSM/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, y el Informe Nº 178-2002-SEP-GP-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor de San MORDAZA de Paujilzapa, Distrito de Buenos Aires, provincia de Picota, departamento de San MORDAZA, solicitada por las autoridades y pobladores de la referida circunscripcion; Que, la solicitud de creacion se fundamenta en tener poblacion aproximada de 1208 habitantes conjuntamente con el Centro Poblado Menor de MORDAZA MORDAZA de Paujilzapa, y los Caserios de Buena Fe, La Fortaleza, Firmeza, Progreso y MORDAZA Bagua; asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas cercano se encuentra ubicado en Buenos Aires a una distancia de 12 kilometros, lo que representa para los pobladores transitar a pie por un MORDAZA de herradura durante tres horas como minimo, por cuya razon no tienen acceso a un oportuno y eficaz servicio de administracion de justicia; Que, el Informe Nº 178-2002-SEP-GP-GG, de la Gerencia General de Poder Judicial, concluye que es factible la creacion de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor de San MORDAZA de Paujilzapa; Que, por el numero de habitantes de la comunidad a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza Civil: deudas; Familia: separacion, alimentos; Otros: tramites y legalizaciones; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado el de administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta atendible la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el Informe de fojas 41 a 43, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse de

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