TEXTO PAGINA: 53
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G34/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 26 de marzo de 2004 apelación del postor Laboratorios Bagó del Perú, dicho postor interpuso recurso de revisión ante el Tribunal deContrataciones y Adquisiciones del Estado contra la Re-solución de Gerencia General que declaró infundado surecurso de apelación, el mismo que fue declarado infunda-do a través de la Resolución Nº 554/2002.TC-S2; Que, el 6 de setiembre del 2002, se llevó a cabo el Acto Público de Otorgamiento de la Buena Pro del ítem 333 dela Licitación Pública Nº 0199L00231, siendo adjudicado conla Buena Pro el postor Tecnofarma S.A., acto que fue im-pugnado por el Consorcio Baires Pharma S.A. Sucursaldel Perú - Importadora Portex Medical S.A. y resuelto conResolución de Gerencia General Nº 784-GG-ESSALUD-2002, declarándose fundado y sin efecto el Otorgamientode la Buena Pro a favor de Tecnofarma S.A., retrotrayén-dose el proceso de selección a la Etapa de Evaluación Téc-nica; Que, el 29 de octubre del 2002, se llevó a cabo el Acto Público de Otorgamiento de la Buena Pro del ítem 333 dela Licitación Pública Nº 0199L00231, resultando adjudica-do con la Buena Pro el Consorcio Baires Pharma S.A. Su-cursal del Perú - Importadora Portex Medical S.A., actoque fue impugnado por Tecnofarma S.A.; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 937- GG-ESSALUD-2002, se declaró infundado el recurso deapelación interpuesto por Tecnofarma S.A. y mediante Re-solución de Gerencia General Nº 950-GG-ESSALUD-2002,se declaró nula la Licitación Pública Nº 0199L00231 res-pecto del ítem 333, retrotrayéndose el proceso respectode dicho ítem a la Etapa de Evaluación Técnica; Que, con el fin de dar cumplimiento a lo señalado en la Resolución de Gerencia General Nº 950-GG-ESSALUD-2002, el Comité Especial de la Licitación Pública Nº0199L00231 procedió a realizar una nueva evaluación téc-nica y en Acto Público de Otorgamiento de la Buena Pro,del 23 de enero del 2003, se adjudicó la Buena Pro al Con-sorcio Baires Pharma S.A. Sucursal del Perú - Importado-ra Portex Medical S.A., acto que fue impugnado por la em-presa Tecnofarma S.A.; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 072- GG-ESSALUD-2003 del 10 de febrero del 2003 se declarónula la Licitación Pública Nº 0199L00231 en lo referente alítem 333, dejándose sin efecto el Otorgamiento de la Bue-na Pro a favor Consorcio Baires Pharma S.A. Sucursal delPerú - Importadora Portex Medical S.A. y retrotrayéndoseel proceso de selección respecto de dicho ítem a la etapade Evaluación Técnica; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 950- PE-ESSALUD-2003, de fecha 25 de noviembre del 2003,se declaró de oficio la nulidad de las Resoluciones de Ge-rencia General Nºs. 950-GG-ESSALUD-2002 y 072-GG-ESSALUD-2003, referentes al ítem 333 de la LicitaciónPública Nº 0199L00231 "Adquisición de Medicamentos"; Que, mediante Carta Nº 533-GCA-ESSALUD-2004, de fecha 1 de marzo del 2004, la Gerencia Central de Adquisi-ciones solicitó la cancelación del ítem 353 - Oxaliplatino100 mg. - de la Licitación Pública según relación de ítemsNº 0399L00041, puesto que al no ser impugnada la Reso-lución de Presidencia Ejecutiva Nº 950-PE-ESSALUD-2003, generó que quede consentida la Buena Pro respec-to de dicho ítem (Oxaliplatino 100 mg.) a favor del Consor-cio Baires Pharma S.A. Sucursal del Perú - ImportadoraPortex Medical S.A.; Que, el artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estableceque en cualquier estado del proceso de selección, hastaantes del Otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad que loconvoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor ocaso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adqui-rir o contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el pre-supuesto asignado tenga que destinarse a otros propósi-tos de emergencia declarados expresamente; Que, a partir de lo señalado en la Carta Nº 533-GCA- ESSALUD-2004 y al encontrarse adjudicado el medica-mento Oxaliplatino 100 mg. con suministro asegurado paradoce meses, se observa que habría duplicidad de requeri-mientos, toda vez que de continuarse con la Licitación Pú-blica según relación de ítems Nº 0399L00041, respecto delítem 353, se adquiriría productos en cantidades que noson necesarias, generando un sobre stock y el consecuentepago por ellos, lo cual ocasionaría un perjuicio económicoa la Institución; Que, en tal sentido, se desprende que ha desaparecido la necesidad de adquirir los productos, configurándose unode los supuestos establecidos en el artículo 34º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado; Que, conforme al artículo 34º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, lacancelación de un proceso de selección deberá formali-zarse mediante resolución del mismo o superior nivel queaquél que dio inicio al expediente de contratación; Que, de acuerdo al artículo 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, correspon-de a la Entidad comunicar su decisión dentro del día siguien-te y por escrito al Comité Especial, así como publicar, poruna sola vez, en el Diario Oficial El Peruano y en el que sehubiera publicado en la convocatoria, dentro de los cinco(5) días posteriores a la adopción de la decisión; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE:1. CANCELAR la Licitación Pública según relación de ítems Nº 0399L00041 "Adquisición de Medicamentos",respecto del ítem 353. 2. DISPONER la publicación de la presente Resolución dentro de los cinco (5) días siguientes de su expedición,de acuerdo a Ley. 3. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisicio- nes comunique por escrito la decisión adoptada a travésde la presente Resolución, a los miembros del Comité Es-pecial de la Licitación Pública según relación de ítems Nº0399L00041, dentro del día siguiente de su expedición. 4. DISPONER que el Comité Especial comunique la presente Resolución a los adquirientes de las Bases de laLicitación Pública según relación de ítems Nº 0399L00041,dentro del plazo de Ley. Regístrese y comuníquese.CARLOS SOTELO BAMBAREN Gerente General (e) 05991 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 115-GG-ESSALUD-2004 Lima, 22 de marzo del 2004 VISTAS:La Carta Nº 1503-GCA-ESSALUD-2003 y las Cartas Nºs. 514 y 530-GCA-ESSALUD-2004 de la Gerencia Cen-tral de Adquisiciones, mediante las cuales solicita la can-celación de la Licitación Pública según Relación de ÍtemsNº 0399L00041 "Adquisición de Medicamentos", respectode los ítems 158 y 166; y la Carta Nº 986-OCAJ-ESSA-LUD-2004 de la Oficina Central de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante aviso publicado el 15 de enero del 2003 en el Diario Oficial El Peruano se realizó la convocatoriade la Licitación Pública Nº 0199L00231, con el objeto decontratar el suministro de medicamentos a nivel nacional,por un valor referencial de S/. 45'984,593.26 (Cuarenticincomillones novecientos ochenticuatro mil quinientos noventi-trés con 26/100 Nuevos Soles); Que, se presentaron para el ítem 147 "Enalapril 10 mg." las empresas Química Suiza S.A., Corporación MedcoS.A.C., Hersil S.A., Laboratorios Industriales Farmacéu-ticos, Corporación Infarmasa S.A., Albis S.A., ConsorcioEske y Laboratorios Induquímica, Drokasa Perú S.A., Ilen-der Perú S.A., Newpharm S.A., Laboratorios AC Farma S.A.y Cipa S.A.; y para el ítem 155 "Eritromicina (base, este-reato, etilsuccinateo) 200-250 mg./5 ml suspensión oral 60ml (FR)" las empresas Química Suiza S.A., CorporaciónInfarmasa S.A., Hersil S.A. Laboratorios IndustrialesFarmacéuticos, Instituto Quimioterápico S.A. LaboratoriosFarmacéuticos, Albis S.A. y Drokasa Perú S.A.; Que, el 28 de marzo del 2003, se llevó a cabo el Acto Público de Adjudicación de la Buena Pro del referido pro-ceso de selección, siendo adjudicado a prorrata el ítem147 a las empresas Química Suiza S.A., Corporación Me-dco S.A.C., Hersil S.A., Laboratorios Industriales Farma-céuticos, Corporación Infarmasa S.A., Albis S.A., Consor-cio Eske y Laboratorios Induquímica y Cipa S.A., así comoel ítem 155 a las empresas Química Suiza S.A., Corpora-