TEXTO PAGINA: 45
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G34/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 26 de marzo de 2004 ta Catalina, San Lorenzo, Buenos Aires, Nuevo Bagazán, Puerto Libre, Alfa y Omega, Conta, y Reyno Unido; asícomo en la necesidad de contar con una autoridad judicial,teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más cercano seencuentra ubicado en el centro poblado de Tierra Blanca, auna distancia de 30 kilómetros al cual se accede por víafluvial; lo que representa para los pobladores una demorano menor de 40 minutos movilizándose en lancha con mo-tor fuera de borda, por cuya razón no tienen acceso a unoportuno y eficaz servicio de administración de justicia; Que, el Informe Nº 166-2002-SEP-GP-GG, de la Ge- rencia General de Poder Judicial, concluye que es factiblela creación del Juzgado de Paz en el Caserío "Miguel Grau"; Que, por el número de habitantes de la comunidad a los que beneficiaría el Juzgado de Paz, entre los que sepresentan conflictos de naturaleza Civil: daños y perjui-cios; Penal: homicidio, violaciones, maltratos físicos; Fa-milia: abandono, alimentos, violencia familiar; Otros: lega-lizaciones; y siendo objetivo principal de este Poder delEstado el de administrar justicia en forma rápida y eficaz,resulta atendible la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo esta-blecido en el inciso 24 del artículo 82º del Texto Único Or-denado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de confor-midad con el Informe de fojas 55 a 56, sin la intervencióndel señor Consejero José Donaires Cuba, por encontrarsede vacaciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unani-midad; RESUELVE:Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Ca- serío "Miguel Grau", distrito de Sarayacu, provincia de Uca-yali, departamento y Distrito Judicial de Loreto, con com-petencia además en los centros poblados de Ramón Cas-tilla, Boca de Santa Catalina, San Lorenzo, Buenos Aires,Nuevo Bagazán, Puerto Libre, Alfa y Omega, Conta, y Re-yno Unido. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Repú-blica, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia deLoreto, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para suconocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.HUGO SIVINA HURTADOWÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉNEDGARDO AMEZ HERRERALUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ05968 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 039-2004-CE-PJ Lima, 25 de febrero del 2004 VISTOS:El Oficio Nº 0843-2002-PJ/CSJLO-P, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, y el Informe Nº175-2002-SEP-GP-GG, de la Gerencia General del PoderJudicial; y, CONSIDERANDO:Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto remite a este Órgano de Gobierno propuesta decreación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Me-nor de Huanta, Bajo Amazonas, distrito de Pevas, provin-cia de Mariscal Ramón Castilla, departamento de Loreto,solicitada por el Alcalde y las autoridades de la referidacircunscripción; Que, la solicitud de creación se fundamenta en tener población aproximada de 1585 habitantes conjuntamentecon los centros poblados de Huanta, Zapatilla I Zona, San-ta Isabel de Chambira, Apayacu, Zabalillo, Fernando Loresde Chambirillo, Nuevo Oriente, Puerto Rico de Barranqui- lla, Estrecho de Magallanes, Fray Martín de Porres, NuevaVida, San Juan de Oroza, Palometa, Palometillo y SantaAmelia; así como en la necesidad de contar con una auto-ridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Pazmás cercano se encuentra ubicado en el centro pobladode Islandia, a una distancia de 26 kilómetros río abajo; loque representa para los pobladores una demora de 40 mi-nutos movilizándose en lancha con motor fuera de borda,por cuya razón no tienen acceso a un oportuno y eficazservicio de administración de justicia; Que, el Informe Nº 175-2002-SEP-GP-GG, de la Ge- rencia General de Poder Judicial, concluye que es factiblela creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Me-nor de Huanta; Que, por el número de habitantes de la comunidad a los que beneficiaría el Juzgado de Paz, entre los que sepresentan conflictos de naturaleza Civil: deudas; Penal:violación sexual; Familia: alimentos; Otros: violencia fami-liar; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado elde administrar justicia en forma rápida y eficaz, resulta aten-dible la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Po- der Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo alo establecido en el inciso 24 del artículo 82º del TextoÚnico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,de conformidad con el Informe del señor ConsejeroWálter Vásquez Vejarano, sin la intervención del señorConsejero José Donaires Cuba, por encontrarse devacaciones, en sesión ordinaria de la fecha, porunanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Cen- tro Poblado Menor de Huanta, Bajo Amazonas, distrito dePevas, provincia de Mariscal Ramón Castilla, departamentoy Distrito Judicial de Loreto, con competencia además enlos centros poblados de Huanta, Zapatilla I Zona, SantaIsabel de Chambira, Apayacu, Zabalillo, Fernando Loresde Chambirillo, Nuevo Oriente, Puerto Rico de Barranqui-lla, Estrecho de Magallanes, Fray Martín de Porres, NuevaVida, San Juan de Oroza, Palometa, Palometillo y SantaAmelia. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Repú-blica, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia deLoreto, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para suconocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.HUGO SIVINA HURTADOWÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉNEDGARDO AMEZ HERRERALUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ05969 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G64/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G43/G6F/G6E/G6F/G20/G4E/G6F/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G61/G6C/G20/G56/G6F/G63/G61/G6C/G20/G44/G65/G63/G61/G6E/G6F RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 085-2004-P-CSJCN/PJ Independencia, veinticuatro de marzo del dos mil cua- tro VISTA: La Resolución Administrativa Nº 042-2004-CE-PJ, de fecha dieciocho de marzo del dos mil cuatro; y,