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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G34/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 26 de marzo de 2004 mita copia de la misma y del Informe Técnico - Legal que la sustenta a la Contraloría General de la República, dentrode los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de suaprobación. Artículo Quinto.- El Vicerrectorado Administrativo, así como los Jefes de las Oficinas Centrales de Planificación,Económico Financiera y, de Logística y Servicios Auxilia-res, dictarán las medidas necesarias para el cumplimientode la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.JOSÉ MARÍA VIAÑA PÉREZ Rector 06104 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G22/G42/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G45/G73/G2D /G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G43/G4E/G4C/G20/G2D/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G61/G20/G45/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G6F/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G74/G72/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G52/G65/G2D/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G75/G64/G61/G20/G42/G41/G4E/G43/G4F/G20/G44/G45 /G43/G52/GC9/G44/G49/G54/G4F/G20/G44/G45/G4C/G20/G50/G45/G52/GDA/G22 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 018-2004-EF/94.45 Lima, 19 de marzo de 2004 VISTOS: El Expediente Nº 2003/14956 presentado por el BAN- CO DE CRÉDITO DEL PERÚ y el Informe Interno Nº 036-2004-EF/94.45.2 de fecha 19 de marzo de 2004 de la Ge-rencia de Mercados y Emisores. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 14 del artículo 221º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sis-tema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros, Ley Nº 26702, las empresas banca-rias pueden emitir y colocar bonos y demás instrumen-tos representativos de obligaciones, en moneda nacio-nal o extranjera, siempre que sean de su propia emi-sión; Que, mediante acuerdo de Junta General de Accio- nistas de BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ de fecha 24de marzo de 2000 se aprobó la emisión de instrumentosrepresentativos de deuda hasta por la suma de doscien-tos millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos deAmérica (US$ 200 000 000,00) a emitirse en moneda ex-tranjera, moneda nacional y/o moneda nacional sujeta alíndice VAC (valor de actualización constante) fijado porel Banco Central de Reserva o cualquier otro índice dereajuste que pueda establecerse, en uno o más progra-mas de emisión de valores; Que, asimismo, en dicha Junta se delegó en el Di- rectorio, de manera expresa y de la forma más ampliaque permiten las leyes aplicables y el estatuto social,todas y cada una de las facultades necesarias para de-terminar los términos, características y condiciones –incluyendo la determinación del tipo de instrumento re-presentativo de deuda- de las emisiones a ser realiza-das dentro del marco de los Programas de Emisión deInstrumentos Representativos de Deuda, incluyendo tam-bién aquellos referidos a la modalidad de inscripción delos Programas de Emisión en el Registro Público delMercado de Valores de la Comisión Nacional Superviso-ra de Empresas y Valores, inclusive bajo la modalidadde trámite anticipado; Que, adicionalmente se delegó en el Directorio la fa- cultad de determinar el plazo de duración, monto de cadauna de las emisiones, número de emisiones, número deseries de cada una de ellas, valor nominal del instru-mento, denominación, moneda, tasa de interés, preciode colocación, fechas de emisión, plazos de pago de in- tereses y de amortización de capital, opción de rescatede ser el caso, garantías, designación del representantede los obligacionistas, contratación de las sociedadesclasificadoras de riesgo, destino de los fondos, modali-dad de colocación, mecanismo de negociación y demáscondiciones de las emisiones, incluyendo expresamen-te la facultad de someter a la institución a las regulacio-nes y disposiciones de la Bolsa de Valores de Lima,CAVALI ICLV S.A. y cualquier otra entidad según el Di-rectorio estime necesario; Que, la delegación se extiende a que pueda adoptar en su seno o en su Comité Ejecutivo todas las decisio-nes necesarias al efecto, así como para ejecutar o ejer-cer las atribuciones que le han sido delegadas incluyen-do, pero sin limitarse a, realizar, negociar, estipular sustérminos y autorizar la suscripción de todos y cada unode los actos, contratos y demás documentos públicos yprivados que resulten necesarios para llevar a cabo laemisión, registro, oferta, negociación, colocación o ven-ta de los instrumentos a emitirse dentro de los Progra-mas de Emisión que se autoriza, incluyendo las modifi-caciones a los documentos o contratos respectivos queel Directorio estime necesarias; Que, en virtud de los acuerdos antes señalados, el Directorio del BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ, reuni-do en sesión de fecha 29 de mayo de 2003, aprobó elSegundo Programa de Instrumentos Representativos deDeuda hasta por un monto total de cien millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US $100 000 000,00) o su equivalente en moneda nacional ylas características de dicho Programa, autorizándose,además, a los señores Raimundo Morales Dasso, Bene-dicto Cigueñas Guevara, Mario Ferrari Quiñe, WalterBayly Llona y/o Javier Maggiolo Dibós, para que indis-tintamente, dos de ellos, en representación del BANCODE CRÉDITO DEL PERÚ suscriban todos y cada unode los actos, contratos y demás documentos públicos yprivados que resulten necesarios para llevar a cabo laemisión, registro, oferta, negociación, colocación o ven-ta de los Instrumentos Representativos de Deuda a emi-tirse en el Programa de Emisión, incluyendo las modifi-caciones y/o precisiones que estimen convenientes ; Que, con fecha 11 de julio de 2003, los señores Be- nedicto Cigueñas Guevara y Mario Ferrari Quiñe en re-presentación del BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ, hansolicitado a CONASEV la aprobación del trámite antici-pado, la inscripción del segundo programa de emisiónde instrumentos representativos de deuda denominado“Segundo Programa de Instrumentos Representativos deDeuda BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ” hasta por unmonto máximo de emisión de cien millones y 00/100Dólares de los Estados Unidos de América (US $100 000 000,00) o su equivalente en Nuevos Soles, y elregistro del Prospecto Marco correspondiente en el Re-gistro Público del Mercado de Valores, los mismos quefueron aprobados mediante Resolución Gerencial Nº 061-2003-EF/94.45; Que, mediante comunicación de fecha 12 de marzo de 2004, el BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ solicitó lainscripción de los valores mobiliarios denominados “Bo-nos Estructurados CLN – Segunda Emisión del Segun-do Programa de Instrumentos de Representativos deDeuda BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ” hasta por unimporte máximo de US$ 50 000 000,00, y el registro delComplemento del Prospecto Marco correspondiente enel Registro Público del Mercado de Valores, según lostérminos y delegaciones acordadas en sesión de Direc-torio del 30 de octubre de 2003 y memorandos de modi-ficaciones del 28 de noviembre de 2003 y 19 de febrerode 2004; Que, en el presente caso se ha cumplido con pre- sentar la información requerida por el Reglamento deOferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobilia-rios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, así como sus normas complementarias y modifi-catorias; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53 y siguien- tes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado deValores, el artículo 14 del Reglamento de Oferta PúblicaPrimaria y de Venta de Valores Mobiliarios, así como loestablecido en sesión del Directorio de CONASEV defecha 24 de enero de 2000, de acuerdo a lo cual el Ge-rente de Emisores y Empresas de CONASEV, hoy Ge-rente de Mercados y Emisores, se encuentra facultadopara aprobar el trámite anticipado de inscripción de va-lores y/o registro de prospectos de bonos de arrenda-