Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2004 (18/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, martes 18 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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sustente la causal invocada, en especial aquella que acredite el interes de parte de algunos de los miembros del Concejo en la contratacion de la empresa anteriormente citada, lo que no ha sido debidamente probado, deviniendo en infundado el recurso presentado; Estando a lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y con el MORDAZA mayoritario de los presentes el Concejo Municipal integrado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA Casanova MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, MORDAZA MORDAZA Paz Puelles, MORDAZA Alcedo De La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidalon, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, las abstenciones de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duarte, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con la ausencia justificada del Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de revision, entendido como de reconsideracion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el Acuerdo de Concejo Nº 028-2004, de fecha 16 de MORDAZA del 2004, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 09400

Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de productos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 056-2004 San MORDAZA de Porres, 14 de MORDAZA de 2004 Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio Nº 065-CE/LPN-002-2004/PVL-MDSMP de la Presidente del Comite Especial y el Informe Nº 056-004DLYVS/MPVL, del 11.5.2004, de la Gerencia del Programa de Vaso de Leche, informan que la Licitacion Publica Nacional del Ejercicio Fiscal del ano 2004 se ha declarado desierto el Item I., leche evaporada entera de tarro de 410 g.; en este sentido solicita se declare en situacion de Urgencia por 90 dias calendario la adquisicion de Leche, a fin de atender a 117,820 beneficiarios; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, senala que las Municipalidades son los organos de Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo establecido por el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Ley Nº 24059 se creo el Programa del Vaso de Leche destinado a la atencion de la poblacion MORDAZA Infantil con derecho a la provision diaria por parte del Estado a traves de los Municipios y sin costo alguno de leche o alimento equivalente, y por disposicion de la Ley Nº 26637 las Municipalidades Distritales de MORDAZA Metropolitana asumiendo la Administracion del referido programa; Que, mediante Oficio Nº 065-CE/LPN-002-2004/PVLMDSMP de la Presidente del Comite Especial y el Informe Nº 056-004-DLYVS/MPVL, del 11.5.2004, de la Gerencia del Programa de Vaso de Leche, informan que la Licitacion Publica Nacional del Ejercicio Fiscal del ano 2004, se ha declarado desierto el Item I., leche evaporada entera de tarro de 410 gr.; en este sentido solicita se declare en si-

tuacion de Urgencia por noventa (90) dias calendario la adquisicion de leche, a fin de atender a 117,820 beneficiarios, hasta que se otorgue la Buena Pro en la MORDAZA convocatoria, toda vez que se considera que un MORDAZA de Licitacion Publica tiene una duracion de aproximadamente cuarenta y cinco (45) dias habiles, sumado a ello los plazos de las impugnaciones y absoluciones en MORDAZA instancia ante CONSUCODE; Que, en este sentido se ha configurado el supuesto previsto por el Articulo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001PCM Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en la cual "se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda"; Que, el numeral 6.5. de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobado por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE, dice: "La parte resolutiva del instrumento que aprueba la exoneracion de MORDAZA de seleccion debera precisar el MORDAZA y la descripcion basica de los bienes, servicios u obras materia de exoneracion, el valor referencial, la fuente de financiamiento, la cantidad o el tiempo que se requiere adquirir o contratar mediante exoneracion, segun corresponda, asi como determinar la dependencia u organo encargado de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion"; Estando a lo informado por la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 679-2004-GAJ/MDSMP. y el Memorandum Nº 300-04-MSMP/GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA en mayoria del Concejo Municipal integrado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, MORDAZA MORDAZA Paz Puelles, MORDAZA Alcedo De La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidalon, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, el MORDAZA en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duarte, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Casanova MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y con la ausencia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en "Situacion de Urgencia" por el periodo de noventa (90) dias calendario, a partir de la fecha de publicacion del presente acuerdo, la adquisicion de Productos del Programa del Vaso de Leche para adquirir 706,920 unidades de latas de leche evaporada entera de 450gr., cada una. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de Seleccion contemplado en el inciso c) del articulo 19º TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Autorizar a la Unidad de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas para que proceda a la adquisicion de 706,920 unidades de latas de leche evaporada entera de 450 gr. cada una, por un valor referencial de S/. 1'230,040.80, y por la fuente de financiamiento 17 Recursos Ordinarios para Gobiernos Locales; que se requiere para la atencion normal del programa del Vaso de Leche mediante procedimiento de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la remision de MORDAZA certificada del presente Acuerdo y del Informe Tecnico Legal a la Contraloria General de la Republica, y a CONSUCODE dentro del plazo de diez (10) dias naturales, contados a partir de la fecha de su expedicion. Articulo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas cumpla con la publicacion del pre-

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