TEXTO PAGINA: 32
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G36/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 18 de mayo de 2004 Las adquisiciones serán financiadas con recursos de la Partida de Transferencias del Tesoro Público para el Pro- grama del Vaso de Leche. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Comité Especial; responsable de la conducción de la Licitación Pública Na- cional Nº 001-2004-CE-MDR, la realización del proceso de adquisición de los productos citados. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría Gene- ral la publicación del presente Acuerdo, así como la comuni- cación y remisión de copia del mismo e Informe Técnico- legal a la Contraloría General de la República dentro del plazo de Ley. Dado en el local del Concejo a los diez días del mes de mayo del año dos mil cuatro. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 09433 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G61/G6E/G69/G76/G65/G72/G2D /G73/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G72/G65/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2004-MDSL San Luis, 4 de mayo de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS CONSIDERANDO: Que, el próximo 23 de mayo se conmemora el Trigési- mo Sexto Aniversario de la Creación Política del distrito de San Luis, en la provincia de Lima; Que, en consecuencia, corresponde se ostente el Sím- bolo Patrio del Pabellón Nacional en la fachada de los in- muebles de la jurisdicción distrital; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades confe- ridas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de todos los inmuebles del distrito de San Luis, a partir del día 14 hasta el día 31 de mayo del año en curso, con carácter obligatorio. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Ima- gen Institucional su difusión, y a la Gerencia de Servicios a la Ciudad su observancia y cumplimiento. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 09384 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G61/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G72/G73/G65 /G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G61/G72/G20/G73/G75/G6D/G61/G64/G65/G20/G64/G69/G6E/G65/G72/G6F/G20/G65/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G6E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G62/G69/G72/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65 /G69/G6E/G74/G65/G72/G65/G73/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 043-2004 San Martín de Porres, 23 de abril de 2004Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Expediente Nº 10733-2004, presentado por CompañíaAREA ASESORES S.R.LTDA., quien propone una fórmulade transacción para el pago de la deuda ascendente a dos-cientos cuarenta y dos mil trescientos cincuenta y seis y19/100 nuevos soles (S/. 242,356.19); y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 47º de la Constitución Política del Perú establece que “la defensa de los intereses del Estadoestá a cargo de los Procuradores Públicos conforme a ley. El Estado está exonerado del pago de gastos judi- ciales”; Que, el artículo 29º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgáni- ca de Municipalidades, dispone que “la representación ydefensa de los intereses y derechos de las municipalida-des en juicio, se ejercitan a través del órgano de defen- sa judicial conforme a ley, el cual está a cargo de procura- dores públicos municipales y el personal de apoyo querequiera”; Que, el artículo 9º inciso 23) de la acotada Ley Orgáni- ca de Municipalidades dispone que “Son atribuciones delConcejo Municipal, autorizar al procurador público munici- pal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse pro-cesos judiciales contra los funcionarios, servidores o ter-ceros respecto de los cuales el órgano de control internohaya encontrado responsabilidad civil o penal; así comoen los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes”; Que, el Concejo Municipal, en cumplimiento de sus obligaciones establecidas taxativamente en la Ley Nº 27972,está facultada de tomar decisiones en salvaguarda de losintereses de la población y la Institución Municipal; Que, el artículo 15º del Decreto Ley Nº 17537 estable- ce que los Procuradores son los únicos que prestarán con- fesión en juicio en representación del Estado y podrán con-venir en la demanda, desistirse de ella o transigir los jui-cios, sin otro trámite que la expedición de la Resoluciónautoritativa en los tres últimos casos; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27584 sustituido en su contenido por el artículo 1º de la Ley Nº 27684 publicada el 16.3.2002, regula el procedimiento de la ejecución de obli-gaciones de dar suma de dinero, que tienen calidad de cosaJuzgada y en la que el Estado es parte; Que, la determinación de la demanda global de los gas- tos para la prestación de los servicios y funciones que de- sarrollan los Pliegos para cada Año Fiscal se programan en el marco de los Artículos 17º y 18º de la Ley Nº 27209 -Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; Que, el Decreto Supremo Nº 175-2002-EF del 17.11.2002, establece que las Obligaciones de Pago, de-berán ser atendidas única y exclusivamente con cargo a la asignación presupuestal disponible del Pliego Presupues- tal, y sólo se podrá disponer hasta un 3% de la asignaciónpresupuestal anual, con cargo a la Categoría del Gasto 5Gastos Corrientes, en el Grupo Genérico 3, Bienes y Ser-vicios, de la fuente de financiamiento de Recursos Ordina-rios, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Numeral 42.3) del Artículo 42º de la Ley Nº 27584; Que, la Compañía AREA ASESORES S.R.LTDA., efec- tuó trabajos para esta Comuna desde 1994 hasta el 31 dediciembre de 1995 en el Procesamiento de todos los Tribu-tos Municipales, entre ellos el Impuesto al Valor del Patri-monio Predial, los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario, generando una Base de Datos y archivo maestro de Cuenta Corriente, emitiendoLiquidaciones y Notificaciones de Pago con moras e inte-reses de Contribuyentes morosos de diversos Impuestosy Tasas. Asimismo se encargó de procesar la Cuenta Co-rriente General de contribuyentes con todos sus pagos; realizar el mantenimiento y actualización constante de la Base de Datos, la atención permanente al público, instala-ción de equipos; Que, al incumplimiento de los pagos de los honorarios por parte de la Comuna, la citada Compañía inició unaacción de Obligación de Dar Suma de Dinero ante el Juz- gado Especializado en lo Civil del Cono Norte de Lima, Expediente Nº 1998-00315-0-0901-JR-CI-08, el cual me-diante Resolución Nº 12 de fecha 29.5.2004, se declarófundada en parte la demanda y ordena que la Municipa-