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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G38/G36/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de mayo de 2004 Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Inter- nacionales y del señor Gustavo Bedoya Robinson, profe- sional del Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Pucón, República de Chile, del 24 de mayo al 6 de juniode 2004, para que asistan a las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 481,00 x 2 = US$ 962,00 Viáticos US$ 2 600,00 x 2 = US$ 5 200,00Tarifa CORPAC US$ 28,24 x 2 = US$ 56,48 Artículo 3 º.- Dentro de los quince días calendario si- guientes a la realización del viaje, los funcionarios autori- zados mediante el artículo 1º, presentarán al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadasy los logros obtenidos en las reuniones a las que asistirán y las correspondientes rendiciones de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no li- bera ni exonera del pago de impuestos o de derechos adua- neros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 09371 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G46/G41/G50/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G2D /G73/G65/G6D/G70/G65/GF1/G61/G72/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C /G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G61/G7A/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4E/G4E/G2E/G55/G55/G2E/G20/G65/G6E/G20/G48/G61/G69/G74/GED RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 567-2004-DE/FAP-CP Lima, 14 de mayo de 2004Visto el Fax Nº 466-EMCFFAA/6TA DIV/OP del 6 de mayo del 2004 del Jefe del Estado Mayor del ComandoConjunto de las Fuerzas Armadas y Papeleta de Trámite Nº 2030-SGFA del 10 de mayo del 2004 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, el Mayor FAP BONIFAZ DELGADO Julio Daniel, ha sido propuesto para ser nombrado como miembro del Centro de Operaciones de Mantenimiento de la Paz de lasNaciones Unidas en Haití por un período inicial de seis meses; Que, el citado Oficial Superior deberá encontrarse en la ciudad de Puerto Príncipe el día 22 de mayo del 2004, por lo que es necesario autorizar su viaje al exterior en Comisión de Servicio al mencionado país, a partir del 20de mayo del 2004 y por el período de 6 meses, a fin de desempeñar las funciones inherentes a su cargo; Que, los gastos de viáticos, pasajes, alojamiento y ali- mentación, serán provistos por la Organización de las Na- ciones Unidas (ONU), no irrogando gasto al Tesoro Público; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, los viajes al extranjero que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Reso-lución del Titular del sector correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 - Ley que regula los viajes al exterior de Servidores y Fun-cionarios Públicos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el año Fiscal 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a Haití, del 20 de mayo del 2004 y por el perío-do de seis meses, al Mayor FAP BONIFAZ DELGADO Ju- lio Daniel, con la finalidad que desempeñe funciones inhe- rentes a su cargo como miembro del Centro de Operacio- nes de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidasen el mencionado país. Artículo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aé- rea queda facultado para variar la fecha de inicio y términode la autorización a que se refiere el artículo 1º sin exce- der el total de días autorizados. Artículo 3º.- Los gastos de viáticos, pasajes, alojamien- to y alimentación, serán provistos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), no irrogando gasto al Tesoro Público. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 09439 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G2D /G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 567-A-2004 DE/SG Lima, 14 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 972 DE/SG de fecha 20 de junio del 2003, se designó a la señora inge- niera Rosa Mariela ARAMBURÚ GARCÍA, como Directora de Administración del Ministerio de Defensa; Que, la mencionada funcionaria ha renunciado al cargo que venía desempeñando; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 "Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públi- cos", el Decreto Legislativo Nº 560 "Ley del Poder Eje-cutivo", la Ley Nº 27860 "Ley del Ministerio de Defen- sa"; y el Decreto Supremo Nº 004-DE-SG "Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defen-sa"; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar a partir del 14 de mayo del 2004, la renuncia formulada por la señora Ingeniera Rosa Mariela ARAMBURÚ GARCÍA, como Directora de Admi- nistración del Ministerio de Defensa, cargo considerado deconfianza, dándosele las gracias por los importantes ser- vicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 09479 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G46/G41/G50/G20/G70/G61/G72/G61 /G64/G65/G73/G65/G6D/G70/G65/GF1/G61/G72/G20 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G63/G6F/G6D/G6F/G4F/G62/G73/G65/G72/G76/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G4D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G61/G73/G20/G4E/G4E/G2E/G55/G55/G2E/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G44/G65/G6D/G6F/G63/G72/GE1/G74/G69/G63/G61 /G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G67/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 568-2004-DE/FAP-CP Lima, 17 de mayo de 2004 Visto el Oficio V-900-SGFA-EMPE-Nº 0813 del 25 de marzo del 2004 y Papeleta de Trámite Nº 1874-SGFA del 27 de abril del 2004, ambos, del Secretario General de laFuerza Aérea del Perú;