Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2004 (19/05/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

Pag. 268684

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, miercoles 19 de MORDAZA de 2004

del 2004 a fin de desempenar las funciones inherentes a su cargo de Observador Militar y por el periodo de un ano; Que, los gastos de viaticos, pasajes, alojamiento y alimentacion, seran provistos por la Organizacion de las Naciones Unidas (ONU), no irrogando gasto al Tesoro Publico; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, los viajes al extranjero que no ocasionen ningun MORDAZA de gasto al Estado, seran autorizados mediante Resolucion del Titular del sector correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 Ley que regula los viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a Kenia, del 23 al 31 de MORDAZA del 2004, al Mayor FAP MACERA MANNUCCI MORDAZA MORDAZA, con la finalidad de participar en un curso de entrenamiento a realizarse en la MORDAZA de Nairobi. Articulo 2º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a Burundi, del 1 de junio del 2004 y por el periodo de un ano, al Mayor FAP MACERA MANNUCCI MORDAZA MORDAZA, con la finalidad que desempene funciones inherentes a su cargo. Articulo 3º.- El Comandante General de la Fuerza Aerea queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere los articulos 1º y 2º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- Los gastos de viaticos, pasajes, alojamiento y alimentacion, seran provistos por la Organizacion de las Naciones Unidas (ONU), no irrogando gasto al Tesoro Publico. Articulo 5º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 09441

Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a los Estados Unidos de MORDAZA, del 23 al 29 de MORDAZA del 2004, al Personal FAP que se indica a continuacion, con la finalidad que participen en una visita de orientacion al mencionado pais:
Mayor General MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA E.C. E.C. E.C. FAP MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP TAMAYO ZUMAETA MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP DUPEYRAT MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA FASCE MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP LARREA CASTELLANO MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP MORETTI RUBIO MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA COZ MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP SERVAT SALA MORDAZA MORDAZA FAP VINAS PERPENTE MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MISAD MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA COLUMBUS MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA DE HIRSH MORDAZA Director de la Escuela Superior de MORDAZA Aerea (ESFAP) Jefe del Curso Alto Mando Jefe del Dpto. de Planes Jefe del Dpto. a Distancia y Tecnologia Educativa Oficial Alumno Oficial Alumno Oficial Alumno Oficial Alumno Oficial Alumno Oficial Alumno Oficial Alumno Oficial Alumno Oficial Alumno Oficial Alumno Oficial Alumno Oficial Alumno Asesor Asesora Asesora.

Articulo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aerea queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 3º.- Los gastos de alojamiento, transporte y alimentacion seran solventados por la Institucion anfitriona, no irrogando gasto al Tesoro Publico. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 09442

EDUCACION
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 570-2004-DE/FAP-CP MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2004 Visto el Oficio Nº 723 DGPE/B/01 del 18 de marzo del 2004 del Director General de Politica y Estrategia del Ministerio de Defensa, Oficio V-50-SGFA-CIPO-Nº 1028 del 16 de MORDAZA del 2004 y Mensaje SGFA-201755 de MORDAZA del 2004, ambos, del Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a los Estados Unidos de MORDAZA, del 23 al 29 de MORDAZA del 2004, del Personal FAP que se indica en la parte resolutiva, con la finalidad que participen en una visita de orientacion al mencionado MORDAZA, por cuanto las experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia de la Fuerza Aerea del Peru; Que, los gastos de alojamiento, transporte y alimentacion seran solventados por la Institucion anfitriona, no irrogando gasto al Tesoro Publico; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, los viajes al extranjero que no ocasionen ningun MORDAZA de gasto al Estado, seran autorizados mediante Resolucion del Titular del sector correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 Ley que regula los viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2004;

Aprueban Reglamento de la Ley de Democratizacion del Libro y de Fomento de la Lectura
DECRETO SUPREMO Nº 008-2004-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28086, Ley de Democratizacion del Libro y de Fomento de la Lectura, se ha declarado de interes y necesidad publicos, la produccion y proteccion del libro, el fomento de la comprension lectora, fundamento de la creacion cientifica y literaria, asi como el desarrollo de la industria editorial del libro; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 28086, dispuso que el Poder Ejecutivo aprobara su Reglamento; Que, en virtud a ello, mediante Resolucion Ministerial Nº 347-2003-PCM, se constituyo la Comision Multisectorial encargada de elaborar el Reglamento de la Ley Nº 28086, Ley de Democratizacion del Libro y de Fomento de la Lectura, encargandose su Presidencia a un representante del Ministerio de Educacion; Que, la Comision Multisectorial ha alcanzado al Ministro de Educacion el proyecto de Reglamento, conforme lo dispuesto en el articulo 6º de la precitada Resolucion Ministerial; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica y el inciso 2) del articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.