Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2004 (19/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, miercoles 19 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
Subpartida Nacional 3705.90.00.00 4802.55.00.90 4802.61.00.10

Pag. 268691
Descripcion Las demas. Los demas. Con un contenido total de fibras obtenidas por procedimiento mecanico superior al 10% de anchura superior a 15 cm, excepto el papel de seguridad. Los demas. De peso inferior o igual a 60 g/m2 Los demas. De peso superior a 150 g/ m2 Los demas. Papel estucado o cuche ligero (liviano) (L.W.C) Los demas. Los demas. Maquinas y aparatos Partes Maquinas para componer por procesamiento fotografico. Partes de estas maquinas, aparatos o material. Alimentados con bobinas. Los demas. Partes Maquinas automaticas para tratamiento o procesamiento de datos, analogicas o hibridas. Maquinas automaticas para tratamiento o procesamiento de datos, digitales, portatiles, de peso inferior o igual a 10 Kg. que esten constituidas, al menos, por una unidad central de MORDAZA, un teclado y un visualizador. Las demas.

TITULO IX DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las solicitudes de inscripcion de Proyectos Editoriales presentadas ante la Biblioteca Nacional del Peru en el periodo comprendido desde la publicacion de la Ley y del presente Reglamento, deberan adecuarse a lo dispuesto en el Titulo II de la presente MORDAZA en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario. Segunda.- Lo dispuesto en el numeral 4 del articulo 39º solo resultara de aplicacion para las adquisiciones efectuadas a partir de la vigencia de la presente norma. Tercera.- De manera excepcional, hasta el 30 de junio del 2006, el valor total del impuesto consignado en cada uno de los documentos a que se refiere el numeral 5 del articulo 39º, que MORDAZA gravado la adquisicion y/o importacion del insumo, materia prima o el bien de capital y servicios segun corresponda, no debera ser inferior a 0.5 UIT. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El Ministerio de Educacion dictara las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de las funciones que le otorga la Ley Nº 28086, Ley de Democratizacion del Libro y de Fomento de la Lectura, y el presente Reglamento. Segunda.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Biblioteca Nacional del Peru aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2002-ED, a fin de incorporar el procedimiento de inscripcion en el Registro de Proyectos Editoriales en los siguientes terminos:
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DERECHO CALIFICADE PAGO DE PAGO CION S/. % UIT AUTORIDAD

4805.25.00.90 4810.13.11.00 4810.13.19.00 4810.13.20.00 4810.19.00.00 4810.22.00.00 4810.29.00.00 4901.99.00.00 8440.10.00.00 8440.90.00.00 8442.10.00.00 8442.40.00.00 8443.11.00.00 8443.19.00.00 8443.90.00.00 8471.10.00.00 8471.30.00.00

Inscripcion en el Solicitud de InsS/. 16,00 Registro de Pro- cripcion: (Valor de yectos Editoriales - Ficha de inscrip- carpeta) cion Base Legal: - Ficha de ProyecLey Nº 28086 y to Editorial su Reglamento. - Recibo de pago - Fotocopia legalizada o autenticada por el Fedatario de la Biblioteca Nacional del Peru de los documentos establecidos en el Reglamento.

0.5

NEGATIVO 1.ª Director Nacional

2.ª Ministro de Educacion

8471.60.90.00

SERVICIOS SERVICIOS DE PREPRENSA Y GRAFICOS - Obtencion de matrices digitales o fotolitos - Impresion y/o encuadernacion de libros - Servicios de plastificacion y/o barnizado con UV - Servicio de costura de hilo o grapas de los pliegos que componen el libro - Servicios de diseno diagramacion - Produccion de CDs de audio y/o imagen para libros hablados - Produccion de DVDs de audio y/o imagen para libros interactivos - Servicios de produccion de libros en sistema Braile - Servicios de corrector y corrector de estilo

Tercera.- Son de aplicacion supletoria, para lo que no se MORDAZA normado en forma especifica en el presente Reglamento, las disposiciones establecidas en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las disposiciones pertinentes del Codigo Civil y las demas del ordenamiento juridico vigente que le MORDAZA aplicables. Cuarta.- La Biblioteca Nacional del Peru queda facultada a dictar las demas disposiciones que MORDAZA necesarias para el funcionamiento del Registro de Proyectos Editoriales, dentro del MORDAZA de la Ley Nº 28086, Ley de Democratizacion del Libro y de Fomento de la Lectura y del presente Reglamento. ANEXO "A" LISTADO DE INSUMOS Y SERVICIOS
INSUMOS Subpartida Nacional 3208.90.00.00 3215.11.00.00 3215.19.00.00 3506.91.00.00 3701.30.10.00 3702.43.00.00 3702.44.00.00 3705.10.00.00 Descripcion Los demas. Negras. Las demas. Adhesivos a base de polimeros de las partidas 39.01 al 39.13 o de caucho. Placas metalicas para artes graficas. De anchura superior a 610 mm y de longitud inferior o igual a 200 mm. De anchura superior a 105 mm, pero inferior o igual a 610 mm. Para la reproduccion ofsett.

ANEXO "B" LISTA DE LIBROS Y PRODUCTOS EDITORIALES AFINES QUE ESTAN EXONERADOS DEL IGV
Subpartida Nacional 4901.10.00.00 4901.91.00.00 4901.99.00.00 4902.10.00.00 Descripcion En hojas sueltas, incluso plegadas. Diccionarios, enciclopedias, incluso fasciculos. Publicaciones en Sistema Braile Solo publicaciones periodicas no noticiosas que no contengan horoscopos, fotonovelas, modas, juegos de azar. Solo publicaciones periodicas con contenido cientifico, educativo o cultural, excepto publicaciones que contengan fotonovelas, modas, juegos de azar y publicaciones pornograficas y sucedaneos Musica manuscrita o impresa, incluso con ilustraciones o encuadernada.

4902.90.00.00

4904.00.00.00

09525

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